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sucesos - MARTES, 19 DE JUNIO DE 2007


Edificio de Galea/Simoa. E.P

galea-Simoa/ sentencia no firme pero sí condenatoria
 

Condenado un representante de la empresa Punta Almina por coacción

La pena, una multa de 150 euros.
El juez valoró que el acusado utilizara
la fuerza para evitar la entrada de
dos arquitectos al inmueble

CEUTA
Sonia Martínez J.
soniamartinez@elpueblodeceuta.com

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Ceuta dictó sentencia condenatoria para S.G.T por una falta de de coacciones. Los hechos sucedieron el pasado 27 de marzo, cuando dos arquitectos técnicos, requeridos por una vecina del inmueble de la calle Galea esquina con Simoa, no pudieron acceder al edificio por el impedimento mostrado por S.G.T, trabajador de la empresa Construcciones Punta Almina, propietaria de parte del edificio de Galea.

Según denunció uno de los arquitectos, este trabajador le impidió el paso en el edificio esgrimiendo medidas de seguridad y utilizando la fuerza sobre el otro arquitecto.

El juez valoró este hecho y las declaraciones de los testigos sucedidas durante la vista oral para dictar sentencia condenatoria para S.G.T. Ésta versa en los siguientes términos, condenándolo al pago de una multa de 15 días a razón de 10 euros la cuota diaria.

El juez muestra en la resolución de la sentencia que los motivos de seguridad esgrimidos por el acusado no le legitiman para impedir “de forma violenta el acceso a la finca”.

En la sentencia se informa además de que a pesar de que la finca está declarada en ruina inminente existen ocupantes en la vivienda, que además reciben todas la visitas y atenciones que requieren.

La sentencia podrá ser recurrida por el acusado ante la Audiencia Provincial de Ceuta.
 

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