DATOS TÉCNICOS:
Documentos gráficos:
1. Documentos en soportes CD o disquette 3 1/2.
2. Estos documentos deben estar realizados en FREEHAND 9.0
(texto trazado), PHOTOSHOP, QUARKXPRESS bajo entorno MAC.
Todo archivo realizado en otro tipo de programa tiene que
estar exportado previamente a formato TIFF o EPS.
3. De igual modo, todos los archivos deben adjuntar las
imágenes y los tipos de letra utilizados en su realización,
así como una prueba impresa de buena calidad del original en
papel, para verificar el contenido del anuncio.
4. No se admiten originales en fotolito.
Recomendaciones:
1. Las imágenes en color deben tener una resolución de 240
ppp y en blanco y negro de 200 ppp.
2. Sus medidas deben ajustarse siempre al tamaño real de
publicación.
3. Los textos de los anuncios oficiales, no deberán ser
inferiores al tamaño de cuerpo 9.
Módulaje:
(ver modulaje con
dimensiones)
1x1, 1x2, 1x3, 1x4,
1x5, 2x1, 2x2, 2x3, 2x4, 2x5, 3x1, 3x2, 3x3, 3x4, 3x5, 4x1,
4x2, 4x3, 4x4, 4x5, 5x1, 5x2, 5x3, 5x4, 5x5, 6x1, 6x2, 6x3,
6x4,7x1, 7x2, 7x3, 7x4, 8x4, 10x1, 10x2, 10x3, 10x4, 3x10 y
10x10.
Tintaje:
Color y B/N |
CONDICIONES GENERALES DE INSERCCIÓN:
1. El Pueblo de Ceuta se reserva el derecho de admisión de
los anuncios, que se pueden aplazar o anular por:
prioridades editoriales; porque esta publicidad pueda causar
daño o perjuicio para terceros; porque esté en contradicción
con lo dispuesto en las leyes vigentes, o pueda motivar una
reacción desfavorable en el público.
2. Los anuncios deberán entregarse en El Pueblo de Ceuta dos
días antes de su fecha de publicación (48 horas). En su
defecto, se procederá a un cambio de fecha de acuerdo con el
cliente. Con este mismo criterio se atenderán cambios de
fecha o anulaciones.
3. Aquellos anuncios cuyos mensajes o configuraciones del
contenido no sea el convencional, como publirreportajes,
comunicados, etc. y que sean aptos para publicar, se
insertarán en recuadros y con la inclusión de la palabra
“Publicidad” o “Publirreportaje” a criterio del Diario
(siempre a un mínimo de 5 mm). La ubicación de la publicidad
o los emplazamientos concertados con clientes podrán variar
en función de las incidencias de la edición del periódico.
4. Toda la facturación esta sujeta a los impuestos
establecidos en la legislación vigente.
5. Las órdenes o contratos de publicidad deberán reflejar
todos los datos pertinentes para proceder a su publicación.
Será fundamental indicar con claridad formatos (no se
admiten 9 módulos de alto), precio, datos de facturación,
fechas de inserción y cualquier observación qeu sea
condicionante para el buen fin de la publicación y
facturación.
6. Las reclamaciones o reparos se deberán remitir al
departamento de Publicidad dentro del mes siguiente al de la
factura.
7. El pago de cada inserción contratada se efectuará única y
exclusivamente contra recibo o giro con la firma y sello de
la administración del diario El Pueblo de Ceuta.
8. La inserción del anuncio en órgano periodístico
perfeccionará el acuerdo basado en el contrato u orden de
publicidad suscrita, sometiéndose para cuantas incidencias
surgiesen por incumplimiento de la misma a la jurisdicción
de los juzgados y tribunales de Ceuta, con expresa renuncia
a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
9. El Pueblo de Ceuta declina su responsabilidad en aquellos
casos en que los originales publicitarios no se ajusten a la
calidad de reproducción necesaria.
10. Esta tarifa anula la anterior. |