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ACTUALIDAD - DOMINGO, 2 DE DICIEMBRE DE 2007


imagen de La nave de Acuicultura. e.p.

decisión judicial
 

Un juez frena la venta de activos de Acuicultura a empresarios del Tarajal

El consejo de administración de la sociedad determinó en 2006 adjudicar los activos a
otra mercantil después de lanzar la preceptiva y legal oferta pública de venta
 

CEUTA
Antonio Gómez

local
@elpueblodeceuta.com

La ‘maldición’ que persigue a la fatídica sociedad municipal ‘Acuicultura’ en manos de Procesa, ha vuelto a hacerse presente, esta vez, en forma de resolución judicial.

El magistrado juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de los de la ciudad, Javier Romero Jiménez ha dispuesto estimar las medidas cautelares solicitadas por la mercantil ‘Mejillones y Mariscos de Ceuta SL’ y ha obligado a Procesa [que tutela Acuicultura] a paralizar la venta, de la nave donde se ubicaba, a la Unión de Empresarios del Tarajal que, representados por el apoderado, Antonio Díaz Sanz, habían llegado a un acuerdo con la Sociedad de Fomento municipal posterior al acuerdo de adjudicación tomado por el Consejo de Administración en concurso público desde donde se adquirió el compromiso de venta por 2.450.000 euros a ‘Mariscos y Mejillones SL’.

Vayamos por partes. En uso de las facultades de Acuicultura, se decidió publicitar una oferta de venta parcial de sus activos. Concurrieron tres mercantiles que optaban por la compra: Alice, la UTE del Tarajal y ‘Mariscos y Mejillones’. El resultado de esta oferta pública fue la adjudicación a ‘Mariscos y Mejillones’ tras perfeccionarse la concurrencia de la oferta en base a algunas condiciones esenciales que fueron aceptadas por parte de la adjudicataria tras la celebración del consejo de administración de la sociedad el pasado 15 de septiembre de 2006.

Cuando todo parecía encarrilado, algo empezó a ‘torcerse’ desde las entrañas de Procesa [en lo que entrará el juez una vez iniciada la maquinaria judicial]. De tal modo que cinco meses después de la aprobación de adjudicación, se emitió un documento proforma de compraventa huérfano de las condiciones esenciales [precio y forma de pago] fijadas en el proceso de adjudicación. Es más, incluso, se argumentó que “por problemas de licencias y segregación de la parcela” aún no se estaba en condiciones de “otorgar la correspondiente escritura pública”. [la nave de Acuicultura no contaba con ninguna licencia municipal, como el resto de las naves del Tarajal, hasta hace bien poco].

De manera bien curiosa, en abril de 2007 se plantea desde la sociedad municipal [que debe velar por el desarrollo y fomento de las actividades económicas en Ceuta proyectando fluidez, cooperación y dinamismo] un nuevo documento proforma de compraventa en el que se incorporan todavía más variaciones; añadiéndose un derecho de tanteo a favor de Acuicultura SA y Procesa por un plazo de 5 años. Un derecho de tanteo que, se anota, se prorrogaría indefinidamente a partir del sexto año.

Situación ésta que daña flagrantemente cualquier fórmula de financiación ya prevista antes de los sucesivos cambios promovidos desde la sociedad de fomento.

Ante estas novedosas circunstancias, la empresa adjudicataria trató de plantear fórmulas para el nuevo escenario unilateralmente fijado. Algo que es reforzado con algún acta notarial. Sin embargo, el silencio en Procesa fue la respuesta al intento de renegociación.

Vuelve a ser curioso que en este ‘interin’, y ya con el nuevo equipo de gobierno tras las elecciones locales de junio, algún medio de comunicación destapó que la intención de Procesa era enajenar los activos de Acuicultura al grupo de empresarios del Tarajal representados por Antonio Díaz quienes además, presuntamente habrían abonado ya unos 240.000 euros.

El juzgado, a donde recurrió por indefensión Mariscos y Mejillones, ha advertido a Procesa que ni se le ocurra vender hasta que resuelva.
 


El Juez trata de evitar cualquier posibilidad de fraude en la venta

El titular del juzgado número 4 ejerce el derecho de tutela judicial efectiva, reconocida y garantizada por la Constitución arbitrando una medida cautelar como lo es la paralización de la venta de activos de Acuicultura a un tercero después de pactar formalmente y de un modo anterior con otro, al que de algún modo se le ha pretendido demorar la entrega de lo adjudicado, “permitiendo con ello al actor que sus expectativas de triunfo en el pleito no se vean defraudadas en la fase de ejecución de sentencia por la desaparición (...) transmisión de lo justamente obtenido debido a la actuación fraudulenta o no, de la otra parte en el procedimiento”, explicita el Juez en sus Fundamentos de Derecho para decretar la paralización cautelar de la venta de los activos de Acuicultura SA.
 

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