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ACTUALIDAD - MIÉRCOLES, 12 DE MARZO DE 2008


próximo Congreso Federal en verano. e.p.

el analisis / LA RECONSTRUCCION DEL PSOE CEUT
 

Lo que dicen los Estatutos

Según la Normativa Reguladora del PSOE los militantes de una agrupación disuelta mantienen su antigüedad; son necesarios cinco para crear una nueva agrupación
 

CEUTA
Gonzalo Testa

local
@elpueblodeceuta.com

El proceso de reconstrucción del PSOE de Ceuta tras su disolución, el pasado 10 de octubre, por orden de la Comisión Ejecutiva Federal a propuesta del por aquel entonces presidente de la Gestora que comandaba el partido, Enrique Moya, mantiene varias incógnitas por despejar que ni siquiera los Estatutos Federales del partido, la Constitución socialista, resuelve del todo.

La primera de ellas, a la vista del temor que sigue existiendo en algunos militantes a que se produzca una ‘criba’ del censo vigente en otoño, es qué derechos han perdido durante este periodo y en qué situación se encontrarán los antiguos militantes cuando el partido se reconstituya de nuevo.

En este sentido, los Estatutos socialistas son claros y en su artículo 62 dejan claro que “en caso de disolución de la Agrupación, los antiguos militantes perderán todos sus derechos” y que sólo los cargos públicos y los orgánicos de ámbito superior del mismo pueden pedir “el mantenimiento de su condición de militante”.

“Con posterioridad a la disolución podrá constituirse en la localidad, Agrupación del PSOE con elevación del acta de constitución, de acuerdo con los trámites reglamentarios exigidos para la creación de nuevas agrupaciones”, amplían los Estatutos, que concluyen que “los militantes procedentes de la Agrupación disuelta conservarán su antigüedad en el partido”, tal y como ayer reiteró De la Encina.

Más oscuro es el asunto de la ‘refundación’ de la Federación uniagrupacional ceutí, que sólo tiene encaje en la Normativa Reguladora de la Estructura y Funcionamiento General del Partido dentro del artículo 7 de su Título II, sobre las agrupaciones, donde deja claro que serán constituidas por estructurasa orgánicas superiores.

En este caso se trataría de la Ejecutiva Federal, aunque según dejó claro ayer De la Encina esta le ha dado “carta blanca” para gestionar este proceso, por lo que en teoría debería seguir pasos similares a los previstos para una simple agrupación, para la que se establece que “será preciso un número mínimo de 5 militantes”.

Constitución del nuevo partido

Con ellos (el PSOE cerró la persiana en Ceuta con algo más de 100 militantes en su censo) la Comisión Ejecutiva que salga del Congreso que se convoque debería “remitir a la Secretaría de Organización y Coordinación de la Comisión Ejecutiva Federal la documentación reglamentaria”, es decir, el Acta de Constitución de la nueva organización con la constitución de la Asamblea, la composición de la Mesa, el Orden del Día aprobado, la relación de asistentes (incorporaciones y traslados incluidos), la composición de la nueva Comisión Ejecutiva y otros detalles como la dirección de la sede o del responsable de la Ejecutiva, la documentación de los nuevos militantes y la relación de los posibles traslados (si los hubiere), que se integren en la nueva agrupación.

A partir de ese momento la Federación socialista ceutí volvería a operar como tal dentro de la estructura federal del PSOE con dos representantes en su Comité Federal
 

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