PortadaCorreoForoChatMultimediaServiciosBuscarCeuta



PORTADA DE HOY

Actualidad
Política
Sucesos
Economia
Sociedad
Cultura

Opinión
Archivo
Especiales  

 

 

ACTUALIDAD - MIÉRCOLES, 16 DE JULIO DE 2008


Yolanda Bel. reduan.

INFORME DEL MAP
 

La Ciudad no abonará las dos
pagas extras completas a sus empleados “por imperativo legal”

Bel anuncia que el informe de Administraciones Públicas confirma
el dictamen de los Servicios de
Intervención del Gobierno: que es
ilegal superar el 1% de la masa salarial

CEUTA
Rober Gómez

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Los representantes de las secciones sindicales en el Ayuntamiento, la Unión General de Trabajadores (UGT), Comisiones Obreras (CCOO) y la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-CSIF), conocieron en la noche del lunes el contenido del informe del MAP, que llegó a la Ciudad Autónoma esa misma tarde. El presidente de la Ciudad Autónoma, Juan Jesús Vivas, les reunió para comunicarles el contenido del documento, que prácticamente confirma punto por punto lo ya dicho por los Servicios de Intervención, que el incremento salarial contemplado durante el año 2008 es ilegal.

Yolanda Bel, por su parte, comunicó ayer a los medios de comunicación que “por imperativo legal” no se podrá pagar lo acordado a nivel nacional y local, esto es, que antes de 2009 todos los funcionarios y personal laboral de las distintas administraciones debían cobrar catorce pagas íntegras anuales.

El informe, que fue solicitado al MAP por Pedro Gordillo y Ángel Javier Díez Nieto, consejero de Presidencia y viceconsejero de Recursos Humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma, respectivamente, preguntaba sobre la posibilidad de rebasar el incremento del uno por ciento de la masa salarial previsto en la Ley estatal de Presupuestos, con objeto de poder cumplir las previsiones retributivas respecto del abono del complemento específico en las pagas adicionales de junio y diciembre.

El informe clarifica que el uno por ciento de la masa salarial tiene “carácter limitativo” y, por tanto, establece “la inaplicabilidad de cualquier cláusula de acuerdo, convenio o pacto que pudiera contener previsiones que superasen el techo del citado incremento”.

De esta forma, el informe ministerial deja poco margen de acción a las centrales sindicales, pero es que además incluye jurisprudencia constitucional que apoya el carácter limitativo, como sendas sentencias del Tribunal Constitucional de 1986 y 2002, en las que se aceptaba “la fijación por el Estado de límites al incremento retributivo de los funcionarios como una legítima medida económica general de carácter presupuestario dirigida a concretar la expansión relativa a uno de los componentes esenciales del gasto público” y “que tiene fundamento en el límite de la autonomía financiera que establece el principio de coordinación con la Hacienda Estatal”.

Ambas sentencias niegan la superación del límite de incremento retributivo fijado en la Ley estatal, aún cuando dimane de pactos o convenios, considerándolos “inaplicables y desplazados de su eficacia jurídica”.

Asimismo, el informe rechaza la concesión de créditos extraordinarios y sumplementos de crédito para alcanzar el fin del acuerdo con la Administración local.

El documento del MAP cita además otra sentencia del Tribunal Constitucional, esta de mayo de 2005, en la que da la posibilidad a la Administración local “de reaccionar frente a dichos acuerdos ante los órganos judiciales”.

Por último, el informe recuerda que la obligatoriedad de la consignación y cumplimiento de los criterios básicos recogidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado ha sido recordada recientemente por la Dirección General de Desarrollo Autonómico mediante carta “a efectos de su observancia en las próximas leyes de presupuestos autonómicos”.

En consecuencia, el Ministerio de Administraciones Públicas concluye que “el incremento del uno por ciento de la masa salarial constituye un límite infranqueable y ha de prevalecer sobre cualquier pacto o acuerdo en contrario; y que es un límite al que se ha de subordinar incluso la consecución del objetivo retributivo perseguido con el repetido incremento de la masa salarial”.
 


Bel revela que se ha solicitado otro informe para saber cuánto puede pagar el Gobierno a su personal

Yolanda Bel, portavoz de la Ciudad Autónoma de Ceuta, reveló ayer, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, que se ha solicitado a los Servicios de Intervención que calcule hasta dónde se pueden incrementar las nóminas del personal teniendo como límite el uno por ciento de la masa salarial. “Hemos encargado un informe para darle cumplimiento”, señaló Bel, “donde se determinen las cantidades que podrían abonarse en cada uno de los años de vigencia del acuerdo que se firmó a nivel nacional –2007, 08 y 09– y las posibles medidas que habrían de ser aplicadas”. Podría darse el caso, por tanto, de que el límite del uno por ciento se haya superado ya con la paga del 66% del complemento específico de las pagas extraordinaridas durante este año, por lo que no se descarta que la Intervención de la Ciudad determine que las nóminas de diciembre no contemplen el tanto por ciento ya consolidado. De esta forma, gracias a este “imperativo legal”, la Ciudad Autónoma palia en parte los problemas económicos que atraviesa el capítulo 1 de los Presupuestos Generales –se ahorra un millón de euros–, destinado al gasto de personal.
 


NOTICIAS RELACIONADAS

“El Gobierno ha tomado una decisión muy grave”, señala José Mata (UGT)

CSI-CSIF pide que se exijan “responsabilidades a quien corresponda”

CCOO “no renunciará a un solo centímo de lo logrado en la negociación colectiva”

 

Imprimir noticia 

Volver
 

 

Portada | Mapa del web | Redacción | Publicidad | Contacto