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sucesos - SÁBADO, 20 DE SEPTIEMBRE DE 2008


menores ceutíes con gesto amable. e.p.

tribunales / JURISDICCIÓN DEL MENOR
 

¿Cómo funciona la justicia
con los jóvenes?

José Luis Puerta, Fiscal de Menores de Ceuta, explicó el proceso jurídico que se lleva a cabo cuando los jóvenes ceutíes cometen cualquier delito y las medidas, en lugar de penas, que se toman para la reeducación de los mismos

CEUTA
Cristina Marzán

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Siempre existen motivos suficientes para atentar contra la ley, de alguna u otra forma e incluso a cualquier edad. Hasta los más jóvenes, por conseguir un dinero extra, incurren en delitos, en la mayoría de los casos, contra la seguridad vial, salud pública o robos de motocicletas.

Aunque a la hora del juicio, todo callan y asientan la cabeza. Tal y como explicó, en la mañana de ayer, José Luis Puerta, Fiscal de Menores de Ceuta, “con los jóvenes no se puede acudir al ámbito penal debido a la protección de menores. No se dictan sentencias ni penas, sino medidas porque nuestro objetivo es la reeducación”. Desde los catorce hasta los dieciocho años, los acusado por algún delito van directos al Juzgado de Menores, tal y como expresa la normativa actual. “Antes concretábamos desde los 16 a los 18, pero estamos detectando que cada vez delinquen más jóvenes”, añadió. En cuanto a un perfil sociológico, “son personas que no estudian, que no van al colegio, no tienen actividad laboral y necesitan dinero fácil. Y no existen diferencias de clases sociales, sexos, edades o religión. Hay de todo”, sintetizó el fiscal. “Hemos tenido casos de familias que venden droga en el domicilio, en el hogar, y utilizaban a los menores para el transporte de los estupefacientes de un lado a otro”, contó.

Desde el punto de vista jurídico, según la legislación, estos menores que incurren en un delito son sometidos a un proceso de reeducación, con lo cual no se dictan sentencias, sino que se toman medidas correctoras para que el delincuente no cometa de nuevo infracciones. ¿Y cómo? “Existen medidas que van desde el internamiento a prestaciones a favor de la comunidad. Tenemos centro cerrado, del cual el menor no puede salir, centro semiabierto, que alterna salidas, o abierto. O bien medidas con libertad vigilada o internamiento de fines de semana”, informó Puerta. Los juicios de este campo suelen ser muy rápidos, ya que por ejemplo, si un menor ha atentado contra la seguridad vial, es decir, conducir sin carnet, suele ocurrir que le obligue a asistir a un curso de seguridad vial. “No se pretende castigar sino reeducar claro que existen excepciones. Tuvimos un caso de un homicidio, hace un par de años, con un menor de El Príncipe. Un particular le llamó la atención porque estaba destrozando inmuebles y lo mató con un pistoletazo. Evidentemente el menor fue a un centro cerrado”, concluyó.

Otro de los aspectos interesantes y desconocidos para muchos es el cumplimiento de estas medidas, de la que no se responsabilizan en el Juzgado de Menores. “La ejecucicón de las medidas corresponde a la Ciudad, a sus educadores, centros de reforma. Ellos se encargan del cumplimiento en la medida de libertad vigilada, de buscar tareas, cursos y talleres para la reeducación, además de velar porque el menor no se escape”, explicó el fiscal.

Es cierto que la ley, en el caso de los menores, da mucha libertad y con partes generales. “Los delitos más graves conllevan el internamiento pero luego se establecen una serie de criterios sobre los años de reclusión. En los casos de asesinatos y homicidios en edades comprendidas entre los 16 y 18, se establecen 8 años de internamiento, que no se puede transformar en pena de prisión”, finalizó.
 

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