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economía - DOMINGO, 16 DE NOVIEMBRE DE 2008


Francisco Márquez. reduan

impuestos
 

La Ciudad “flexibilizará” el pago del IPSI a todas las empresas locales

Márquez atenderá la petición cursada
por la Cámara de Comercio volviendo a
dar hasta 90 días para el abono del tributo atendiendo al historial de los empresarios
 

CEUTA
Gonzalo Testa

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La Consejería de Hacienda atenderá la petición que le ha trasladado la Cámara de Comercio y la Asociación de Empresarios de los Polígonos del Tarajal y “flexibilizará” los plazos para la liquidación del IPSI a los empresarios locales, que podrán volver a realizar los pagos en un plazo de hasta 90 días “atendiendo al historial de cada empresario y a la coyuntura económica” y, según advirtió ayer Francisco Márquez, sin permitir en ningún caso la morosidad.

La Ciudad Autónoma de Ceuta abrirá ligeramente la mano para ayudar a los empresarios que se vean más asfixiados por el pago del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI) permitiendo realizar el devengo hasta en un plazo máximo de 90 días.

Así lo aseguró ayer el consejero de Hacienda, Francisco Márquez, después de recibir diferentes solicitudes en ese sentido de distintas fuentes, entre ellas el presidente de la Cámara de Comercio, Luis Moreno, y la Asociación de Empresarios de los Polígonos del Tarajal, de cuya petición dio cuenta en su edición de ayer este periódico.

Márquez recordó ayer que la liquidación ante la Administración del IPSI se rige “exactamente por los mismos criterios” que la del IVA. “En el mismo momento en que se produce el devengo, la operación que conlleva aparejado el pago del impuesto, nace la obligación de cumplir con el abono del tributo, pero desde 1991 se vino dando hasta 90 días de margen a los empresarios para el desembolso”, contextualizó Márquez.

“Este año”, completó el consejero, “hemos intentado reducir esos plazos, pero atendiendo a la coyuntura económica flexibilizaremos de nuevo ligeramente esta obligación, tal y como se nos ha solicitado”.

La Ley 8/1991 aprobó el Arbitrio sobre la Producción y la Importación en las ciudades de Ceuta y Melilla, un gravamen específico adaptado a “las especiales circunstancias económicas y fiscales de estas ciudades, pero que se integra en la normativa general recogida en la Ley Reguladora de Haciendas Locales, de 28 de diciembre de 1988.
 


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