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sociedad - VIERNES, 28 DE NOVIEMBRE DE 2008

 

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

El TSJA da la razón a CCOO en el pago
de las subidas al personal estatutario del ISM

CEUTA
David F. Pascual

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha fallado a favor de Comisiones Obreras (CCOO) de Ceuta para que el Instituto Social de la Marina (ISM) reconozca la petición que Nuria Jiménez Otero había realizado para la implantación de la carrera profesional del personal estatutario de los Servicios de Salud, según informaron desde este sindicato a través de un comunicado. Esta decisión abre la puerta al cobro de ‘complementos de carrera’ que dicho instituto quería derivar al INGESA.

Dicha sentencia iguala a las condiciones en el ISM con el resto del personal estatutario del INGESA ya que “por parte de la Entidad Gestora del ISM se vulnera lo establecido en la legislación aplicable al personal estatutario de la Seguridad Social, en referencia a la obligatoriedad de abonar la carrera profesional con las correspondientes subidas anuales” ya que es contrario al Estatuto Marco.

El ISM conminó, como aclaraba el recurso, que Jiménez Otero reclamase directamente al INGESA el cobro de los 124 euros mensuales que, con carácter retroactivo desde el 1 de julio de 2006, le correspondía. Una obligación que el alto tribunal andaluz ha considerado que corresponde al primero, tal y como había reclamado la demandante.

“La petición se formuló al organismo responsable en el momento en que se realizó y si con posterioridad se ha producido una encomienda de gestión no debe perjudicarse al actor que se dirigió correctamente a la Administración competente”, reza la sentencia, que además dice que “antes al contrario deberá ser el ISM el organismo que ha de abonar los derechos que solicitan el suplico de la demanda, sin perjuicio del derecho a repetir en su caso contra el organismo encargado de la encomienda”.
 

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