PortadaCorreoForoChatMultimediaServiciosBuscarCeuta



PORTADA DE HOY

Actualidad
Política
Sucesos
Economia
Sociedad
Cultura
Melilla

Opinión
Archivo
Especiales

 

ACTUALIDAD - SÁBADO, 20 DE DICIEMBRE DE 2008


Luis Vicente Moro. archivo.

la sala de lo penal admite parcialmente el recurso
 

El Supremo salva a
Moro de ir a la cárcel

El Alto Tribunal absuelve al ex delegado
del Gobierno de los delitos de prevaricación
e injurias y reduce su pena de veintiséis a veintiún meses de prisión por el ‘caso
Tesón’, al que deberá pagar 30.000 euros

CEUTA
Gonzalo Testa

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Salvo que la Audiencia Provincial estime lo contrario el ex delegado del Gobierno en Ceuta Luis Vicente Moro no irá finalmente a la cárcel por ordenar al comisario de la Policía Nacional en 2001 de forma “arbitraria” e “injusta” redactar un informe para desacreditar al magistrado Fernando Tesón y posteriormente filtrarlo a la prensa. Por este último delito, revelación de secretos, el Tribunal Supremo, que le retiró el agravante de continuado, le ha impuesto una pena de 21 meses de cárcel y cuatro de inhabilitación especial para cargo o empleo público. Franca es, con un año de cárcel y 3 de inhabilitación, el segundo condenado por estos hechos.

El Tribunal Supremo (TS) ha estimado parcialmente el recurso de casación 181/2008 “por infracción de Ley, infracción de precepto constitucional y quebrantamiento de forma” interpuesto por el ex delegado del Gobierno en Ceuta Luis Vicente Moro (PP) tras haber sido condenado en septiembre del año pasado por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta por delitos de prevaricación, injurias graves con publicidad y revelación de secretos a dos años y dos meses de cárcel, absolviéndole de los dos primeros y condenándole por el último a las penas de un año y nueve meses de prisión y cuatro años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por el denominado ‘caso Tesón’.

La reducción de su pena de cárcel se basa en que el Supremo no admite lo continuado en la revelación de secretos que sí le atribuyó la Audiencia. Además, Moro se ahorra ocho de los doce años de inhabilitación a los que había sido condenado al considerar la Sala de lo Penal que no prevaricó cuando ordenó al comisario Del Valle redactar un informe con falsedades sobre el juez y no deberá pagar la multa de 15 euros diarios durante diez meses que se le había impuesto como autor de un delito de injurias graves con publicidad, que el Supremo cree prescrito.

En la práctica, la decisión del Alto Tribunal llevó ayer a todas las fuentes consultadas a prever que el último titular de la institución de la Plaza de los Reyes con Aznar en La Moncloa no tendrá que pasar ni un solo día entre rejas, ya que en su persona no concurren las condiciones que el artículo 80 del Código Penal establece como prioritarias para que los jueces motiven la suspensión de condenas de menos de dos años de cárcel: peligrosidad criminal del sujeto y existencia de otros procedimientos penales en contra.

En cualquier caso, su devenir dependerá de la Audiencia Provincial, que será la encargada de ejecutar el auto del Supremo de forma irrecurrible y que podría tener en cuenta otros argumentos como el escándalo social generado por el delito cometido para enviarle a prisión.

Además, Moro deberá indemnizar (“la suspensión de la ejecución de la pena no será extensiva a la responsabilidad civil derivada del delito o falta penados”, establece el Código Penal) al magistrado Fernando Tesón “en concepto de daños morales y con la responsabilidad subsidiaria del Estado en la cantidad de 30.000 euros. La Sala VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta había condenado a Moro a dos años y dos meses de prisión, doce años de inhabilitación para cargo público y 120.000 euros de multa.

Franca, culpable también

La sentencia del Supremo mantiene literalmente la condena dictada por la Sección VI de la Audiencia Provincial sobre el que en el momento en el que sucedieron los hechos juzgados (entre diciembre de 2001 y febrero de 2002) era jefe de Prensa de la Delegación, Roberto Franca, a quien se le impone una pena de un año de prisión y tres de inhabilitación especial empleo o cargo público “como autor de un delito de revelación de secretos”.

El Supremo entiende que la comisión de dicho delito por parte de Moro y Franca es “incuestionable” y que “no ofrece ninguna duda” que con él “se causó grave daño a un tercero, cual es el caso del magistrado Tesón”, pero admite que sí existe controversia a la hora de dictaminar “la consideración como delito continuado [...] a partir del hecho de la existencia de una doble ‘filtración’ de la ‘nota’ a dos diferentes medios de comunicación, los diarios EL PAÍS y EL FARO, a través de un periodista del primero y la directora del segundo”.

“La Audiencia considera que eso constituye una continuidad delictiva, compuesta de dos infracciones independientes, es decir, cada ‘filtración’ como un delito de revelación de secretos pero semejante tesis no puede acogerse, toda vez que, como es obvio, cuando se revela un secreto, y más aún si el destinatario de lo revelado es un profesional de la información, el secreto o la información reservada ha dejado ya de serlo”, argumenta el Supremo al respecto.

Descontada la continuidad delictiva, el Supremo opta por imponer a Franca “las [penas] mínimas legalmente establecidas para esta clase de delitos”, pero en el caso de Moro entiende que “atendiendo a la indudable gravedad de las circunstancias que concurren en el presente supuesto, en el que el condenado desempeñaba un cargo público de la mayor importancia y responsabilidad, como delegado del Gobierno en la ciudad autónoma de Ceuta, y comete su delito con perjuicio para la más alta Autoridad Judicial con residencia en esa localidad, a saber, el Magistrado Presidente de la Sección de la Audiencia de Cádiz allí desplazada, con lo que ello supone de grave quebranto de la confianza de los ciudadanos en las Instituciones” opta por elevar los 12 meses de cárcel y 3 años de inhabilitación especial para cargo o empleo público que le impone a Franca hasta 21 meses y 4 años para el ex delegado.

Los policías, absueltos


Mejor suerte han corrido con su recurso ante el Alto Tribunal, contra el que no cabe recurso más que ante el Constitucional y sólo si se entiende que se han vulnerado los principios de la Carta Magna, los policías nacional Alejandro del Valle, ex comisario en Ceuta, y Mariano Arévalo.

Para ambos, aunque en el caso del segundo ya lo había hecho también así la Audiencia, el Supremo dicta la libre absolución “de todos los delitos que se imputaban”.

La vista del ‘caso Tesón’ sirvió para repasar la tensa relación entre el magistrado y el delegado desde que el primero se negó a archivar las denuncias presentadas contra el segundo por organizaciones de derechos humanos a cuenta de la devolución a Marruecos de menores transfronterizos.

En el juicio se concluyó como hecho probado que Moro fue “arbitrario” e “injusto” cuando ordenó a la Policía Nacional redactar un informe policial que dejaba entrever connivencia del juez con los más conocidos narcotraficantes.

Dicho informe se mandó primero a los organismos institucionales superiores, pero a la vista de que no se le hizo mayor caso su contenido llegó a los medios. ‘Denuncias por el fácil acceso de los narcos al presidente de la Audiencia Provincial’ fue el titular que EL PAÍS publicó en abril de 2002 sobre la presunta relación con algunos narcotraficantes, en concreto con los tres cabecillas de la ciudad, del magistrado titular de la Audiencia.

De esta nota, que fue revisada por el entonces delegado del Gobierno en Ceuta y contó con su visto bueno, se derivó una investigación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a Tesón que fue archivada y la denuncia de éste contra el delegado del Gobierno, su jefe de prensa, Valle y el brigada de la policía que participó en la construcción de una mentira que para Tesón era constitutiva de injurias, calumnias, prevaricación y revelación de secretos. El Supremo le da parcialmente la razón.
 

Imprimir noticia 

Volver
 

 

Portada | Mapa del web | Redacción | Publicidad | Contacto