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melilla - MARTES, 30 DE DICIEMBRE DE 2008

 

OPOSICIONES

Aceptada la equivalencia entre Graduado
y ESO para acceder a la Guardia Civil

MELILLA
Mustafa  Hamed

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Una vez iniciada la oportuna investigación, la institución recibió un primer informe de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, en el que se manifestaba que la equivalencia entre ambos títulos está prevista en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de LOGSE, a los meros efectos profesionales y no a los académicos, por lo que todos los participantes en las pruebas de acceso a la escala de Guardias y Cabos de la Guardia Civil que habían aportado el título de graduado escolar habían sido excluidos por no cumplir los requisitos.

Se argumentaba, en este sentido, que la superación de las pruebas de ingreso a dicha escala, así como la del curso de formación y el de prácticas reconoce a los aspirantes el grado medio de formación profesional, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Régimen de Personal del Cuerpo de la Guardia Civil y que por ello se precisaba el nivel de estudios requerido en el sistema educativo general, para acceder a los centros en los que se obtienen las titulaciones equivalentes a cada uno de los grados.

El Defensor del Pueblo recordó a la Dirección General que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación dispone, en referencia a la vigencia de las titulaciones, que el título de graduado escolar de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa y el título de graduado en educación secundaria de la citada Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo tendrán los mismos efectos profesionales que el título de graduado en educación secundaria obligatoria y que, en consecuencia, es a lo dispuesto en esta última Ley Orgánica a lo que se debía haber atendido.

La institución que preside Enrique Múgica subraya que para enjuiciar el problema, hay que tener en cuenta también que el Tribunal Supremo ha fijado la jurisprudencia de que el único organismo competente para establecer la equivalencia de titulaciones académicas es el Ministerio de Educación y Ciencia y que éste, en el ejercicio de esa competencia, ha venido manteniendo los efectos profesionales de las equivalencias citadas, es decir su validez para el acceso a la función pública y para los procesos de promoción interna.

Sobre la base de estos argumentos, el Defensor del Pueblo resolvió recomendar al citado Centro Directivo que se aceptase, para el ingreso en la Guardia Civil y en las convocatorias de ascenso, la equivalencia entre el título de graduado escolar y el de graduado en educación secundaria obligatoria.
 

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