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OPINIÓN - VIERNES, 5 DE MARZO DE 2009

 
OPINIÓN / CARTAS AL DIRECTOR

Por una policía local de primera

Por CSI.F


Se hace evidente que esta central sindical lleva razón cuando dice que el rendimiento de un policía se mide en función del número de sanciones que impone y las detenciones que realiza, ya que el propio superintendente así lo ha reconocido, dejando de este modo patente que poco importa que se prevengan infracciones, lo que importa es sancionar, -al ciudadano al que le han obstaculizado la puerta de su garaje, le gustara, o no, que sancionen al culpable, pero más le gustaría, eso seguro, que no le hubiesen obstaculizado, igual que al que le han robado, o la que han agredido, seguro que serían más felices si eso no les hubiera ocurrido- De hecho creemos que es una de las labores fundamentales de los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado, la prevención, deben velar por el cumplimiento de las ordenanzas y normas, puesto que lo importante es que no se conduzca hablando por el móvil, se utilice el cinturón de seguridad, no se aparque en doble fila o en lugares prohibidos, etc. esto es lo que realmente mejora la convivencia, el cumplimiento de las normas y ordenanzas. Lo importante es evitar que esas infracciones se produzcan, de ahí el doble sentido de la sanción, “resarcir (o pagar la multa) y persuadir”, ¿por qué no se basan en la prevención para valorar la profesionalidad y el rendimiento de los policías?, este factor no se ha tenido en cuenta para nada, ¿qué importa cuantas multas pone un policía? ¿No importa más cuantas infracciones evita que se produzcan?... esto es lo que nos preguntamos desde CSI.F. Por supuesto, cuando alguien comete una infracción debe ser sancionado, y estos compañeros por supuesto, sancionaban cuando veían infracciones, pero al parecer no estaban dentro de la “media” adecuada para los jefes de la policía local. El número de sanciones impuestas y detenciones practicadas no puede ser un factor objetivo para determinar el rendimiento de los policías locales.

El Sr. Superintendente también hizo alusión a otras causas que motivaron el traslado, como son: la recogida de indigentes, o menores (que suponemos se trata de los menores no acompañados, o MENA), este factor no viene avalado por ningún razonamiento, pues algunos de los trasladados estaban destinados a labores que nada tenían que ver con retirar indigentes o MENAS de las calles, ¿Cómo van a retirar menores e indigentes de las calles, si les han encomendado específicamente otros trabajos?, inexplicable. Otro de los factores a los que se alude es el absentismo laboral, alusión, por otro lado que no viene respalda por expediente disciplinario, tal como debería, si no, no es reprochable, (de hecho algunos de los trasladados, han faltado menos de 3 días en un año al trabajo, a partir del tercer día es cuando se considera baja médica…. Nos parece que pocos son los que pueden decir que han faltado menos al trabajo). Y lo que llama poderosamente la atención sobre todas las cosas es que a un grupo de ocho policías con, según el superintendente, un elevado absentismo laboral, se les encomienda la función de sustituir las bajas y vacaciones de otros compañeros… esto no tiene ni pies ni cabeza.

En cuanto a la unidad “polivalente”, no es un lugar físico que necesita protección, es decir, no esta ubicado en ninguna parte. Es, supuestamente, un servicio dentro de la distribución del personal de la policía local, del mismo modo que lo sería el 092 o la U.I.R., decimos supuestamente, por varias razones, la primera de ellas es que, no se encuentra recogida dentro de la organización o estructura internas de la policía local, ni nunca lo ha estado, a pesar de que la crearon, supuestamente, hace ya más de 6 meses. La segunda es que no esta dotada de material de trabajo, vehículos, documentos, ordenes, dependencias, ni siquiera de un turno de trabajo, nada, de lo que cualquiera entendería necesario para trabajar. Otra razón es que carece de personal, solo estando formada por estos ocho policías y un subinspector, parece más bien una unidad hecha a medida, incluso nos preguntamos ¿por qué no se le ha dado la opción a todos los miembros de la policía local de acceder a un puesto dentro de esta unidad, en lugar de hacer un traslado forzoso?

Por todo esto es por lo que esta central sindical se refiere a esta situación como “castigo”, a través de un traslado “extraño” a una unidad “inventada”, ya que, se ha desprestigiado a estos miembros de la policía, se les han mermado sus retribuciones y se les ha cambiado el turno de trabajo, afectando, evidentemente, de lleno a sus vidas, y todo ello utilizando argumentos como, pocas detenciones y pocas multas. Si esto no es un castigo nos preguntamos qué será.

Y por supuesto entendemos que con este tipo de actos o “castigos” solo se pueden perseguir dos objetivos (como con todos los castigos); el resarcimiento, como no has multado lo suficiente, ni detenido bastante te cambio de servicio, con todas los perjuicios que eso conlleva; y lanzar un mensaje, la persuasión, si no multáis bastante y no detenéis lo suficiente, ya sabéis a lo que os exponéis.
 

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