PortadaCorreoForoChatMultimediaServiciosBuscarCeuta



PORTADA DE HOY

Actualidad
Política
Sucesos
Economia
Sociedad
Cultura
Melilla

Opinión
Archivo
Especiales

 

 

deportes - MIÉRCOLES, 6 DE MAYO DE 2009


junta directiva. reduan.

federación de fútbol
 

La Federación de Fútbol
incumple las normas

La Junta Directiva la componen 32 miembros,
mientras que debe estar compuesta por un mínimo de cinco y un máximo de 20; la Comisión Ejecutiva también supera el número y algunos de los seleccionadores no cumplen con los requisitos
 

CEUTA
Manuel Montero

deportes
@elpueblodeceuta.com

Las normas están para cumplirlas. Y en la Federación de Fútbol de Ceuta se vienen contraviniendo algunos artículos de los que componen los estatutos de la propia FFCE. Así, desde que Antonio García Gaona fuera nombrado presidente electo a mediados del mes de noviembre, se están incumpliendo una serie de preceptos, como por ejemplo el número de miembros que componen la Junta Directiva y el número de personas que forman la Comisión Ejecutiva. Además de que algunos seleccionadores no cumplen los requisitos que establece el reglamento orgánico del ente federativo ceutí.

Sobre el número de personas que componen la Junta Directiva, los Estatutos de la propia Federación de Fútbol de Ceuta indican que estará compuesta por un mínimo de cinco miembros y un máximo de veinte. Pues bien, el deseo de que la Federación sea de todos supone que esté compuesta por 32 miembros, sin contar con Antonio Tirado ‘Antonati’, presidente de honor.

 Estos son Antonio García Gaona (Presidente), Antonio Tirado Díaz (Presidente de Honor), Felipe Escane Narváez y Cecilio Castillo Iglesias (Adjunto Presidencia), José María Olivera Moreira (Vicepresidente 1º), Hamido Mohamed Selam (Vicepresidente 2º), Nicolás Rodríguez Jiménez (Vicepresidente 3º), Olga Chaves López (Vicepresidenta 4º), José Manuel Cantero Carbonell (Tesorero) y como vocales a Manuel Luque Ríos (Director Deportivo), Antonio Soto Mariscal (Pte.Comité Árbitros), Rafael Hernández Villares (Dtor.Escuela Entrenadores), Antonio Fernández Prieto (U.A.Ceutí), Sergio Ramos Peula (San Agustín), Mohamed Amar Ayad (Gim.Goyu Ryu), Mohamed Mohamed Ali (G.Ryu), José López Franco (Viajes Revellín), José Antonio Viso Pacheco (A.D.Ceuta), Julio Torrecillas Ramírez (Natación Atº), Juan C. Chacón Muñoz (Inmaculada), Fuad Harrus Chairi (Sporting Ceuta), Yunes Mohamed Mohamed (R.Cajal), Abdelhali Lahasen Lahsen (Hilal Ceuta), Mustafa Dris Selam (Sindibar), José A.Romero Torres (Bomberos), Miguel Solano Albarracín (Real Sociedad), Jose C. Montes Barranco (Puerto G. H.), José A.Ivars Perea (UD Carmelitas), Alvaro López Rodríguez (Los Polillas), Aurelio Murcia Pacheco (Muecoceuta). Más Manuel de la Rubia Nieto (Asesor Jurídico) y José Urbano López Canto (Secretario General). Un total de 32. Estableciendo que habrá, al menos, dos vicepresidentes de los cuáles el primero de ellos será miembro de la Asamblea. No sólo hay cuatro vicepresidentes, sino que hay dos adjuntos a la presidencia, sin que el Vicepresidente 1º sea miembro de la Asamblea, como ordenan los Estatutos.

En cuanto a la Comisión Ejecutiva, su composición se regula en el artículo 54 del Reglamento Orgánico, que dice: “... estará integrada por el presidente de la FFC, sus vicepresidentes, el tesorero y dos miembros más de la Junta Directiva, designados por el presidente. Actuará como Secretario el Secretario General de la FFC. Algo que tampoco se cumple, ya que en la primera Junta Directiva se decidió que la Comisión estará compuesta por los vicepresidentes, presidente de Entrenadores (un cargo vacante todavía), Arbitros y Escuela (una Escuela que no tiene presidente sino director), el presidente del U.A. Ceutí, Mohamed Ali como representante de los jugadores, el tesorero, el asesor Jurídico y el secretario general. Tres personas más de las debidas, más el Asesor Jurídico.

Otro asunto en el que existen irregularidades es en el capítulo de seleccionadores, regulado por el artículo 96 también del Reglamento Orgánico, donde se indica textualmente que “podrán ser designados seleccionadores para las selecciones autonómicas quienes dispongan de la titulación propia de la categoría a que corresponda la Selección, no tenga vínculo alguno con club en la temporada de que se trate y ofrezcan un mínimo de dos temporadas de ejercicio y práctica demostrada como tales”. Algo que no cumplen el seleccionador infantil de fútbol, el seleccionador infantil de fútbol 7, el seleccionador benjamín de fútbol sala, o el seleccionador alevín de fútbol sala. Quienes han entrenado durante la presente temporada a equipos, contraviniendo la normativa.
 


NOTICIAS RELACIONADAS

La actividad de la Escuela de Entrenadores es inexistente

Mañana vuelve a reunirse la Junta Directiva

Competición dará los puntos al Murallas

 

Imprimir noticia 

Volver
 

 

Portada | Mapa del web | Redacción | Publicidad | Contacto