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sociedad - SÁBADO, 8 DE AGOSTO DE 2009

 

sindicatos

El Juzgado declara legal el convenio de la limpieza pública

CEUTA
Redacción

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El Juzgado de lo Social de Ceuta ha desestimado, según informó ayer CCOO, la demanda interpuesta por el sindicato CSIF cuya pretensión era la declaración de nulidad del artículo 54 del convenio colectivo por considerarlo contrario a lo establecido en el artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores y en el artículo 24 del mismo convenio.

El referido artículo 54 garantiza el derecho a la promoción interna de los trabajadores del turno diario cuando se produzca una vacante de superior categoría, de forma que resulta imposible su cobertura por los componentes de la plantilla de fin de semana, que sólo podrán incorporarse al turno diario por la categoría de peón, independientemente de la que tuvieran en el turno de fin de semana.

Evitar los “enchufes”


Para CCOO, organización sindical redactora del texto del convenio que se pactó en su día con la representación empresarial, este artículo pretendía evitar los “enchufes”, de manera que el personal contratado como capataces u oficiales en el turno de fin de semana “no ocupase puestos equivalentes en el turno de diario en perjuicio de otros trabajadores de ese mismo turno que veían como un imposible sus posibilidades de ascenso por impedirlo los trabajadores del fin de semana de superior categoría, en muchos casos contratados por recomendación de cargos públicos o por su filiación política”.
 

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