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sucesos - LUNES, 31 DE AGOSTO DE 2009


vehiculo de la policia nacional. reduan.

cuerpo nacional de policia
 

El CNP recuerda que un falso
aviso de bomba puede
suponer un año de cárcel

Una falsa alarma comunicada al teléfono de Emergencias 112 obligó el sábado a registrar todos los barcos de la línea marítima entre Ceuta y Algeciras, provocando retrasos
 

CEUTA
Rober Gómez

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El Cuerpo Nacional de Policía (CNP) investiga la llamada telefónica al 112 realizada el sábado en la que se alertaba de la colocación de una bomba en uno de los barcos de la línea marítima, lo que provocó importantes molestias y retrasos. Fuentes policiales recordaron ayer que el Código Penal castiga estas conductas con hasta un año de prisión.

La Policía Nacional intentará identificar al sujeto que al mediodía del sábado comunicó al teléfono de Emergencias 112 de la colocación de una bomba en un barco, amenaza que posteriormente se comprobó como falsa pero que provocó importantes molestias a las distintas Fuerzas de Seguridad y usuarios de la línea, que sufrió retrasos durante toda la tarde.

Estos hechos, a parte de crear gran alarma social y movilizar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ante lo que podría ser una amenaza terrorista, son constitutivos de un delito recogido en el artículo 561 del Código Penal español. Por ello la Policía ha iniciado una investigación con el fin de determinar la identidad del sujeto que efectuó esa llamada.

Si se le lograse identificar y detener, al implicado se le imputaría un delito de desórdenes públicos, por el cual el juez determinaría una pena que puede oscilar entre 6 meses a 1 año de prisión o una multa de 12 a 24 meses.

“Este tipo de conductas no sólo ocasionan un desgaste de los agentes de policía, sino que además deben abandonar otros servicios para atender lo que luego resulta ser una falsa alarma”, advirtieron ayer fuentes del CNP, que añadieron que además “estas llamadas generan intranquilidad en la sociedad y sus autores son y serán perseguidos”.

El Código Penal en su artículo 561 define este delito como: “El que, con ánimo de atentar contra la paz pública, afirme falsamente la existencia de aparatos explosivos u otros que puedan causar el mismo efecto, o de sustancias químicas, biológicas o tóxicas que puedan causar daño a la salud, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses, atendida la alarma o alteración del orden efectivamente producida”.

Sobre las tres y media de la tarde del sábado, el número 112 recibió una llamada en la que una voz con acento arabófono alertaba de la instalación de una bomba en uno de los barcos que cubría la línea entre Ceuta y Algeciras, sin especificar el nombre del buque en concreto ni la compañía naviera.

Las fuerzas de seguridad establecieron el protocolo de emergencias y una vez llegados los barcos que se encontraban en ruta se desalojó al pasaje y los perros especialistas en detectar explosivos revisaron todas las instalaciones, al igual que sucedió con el resto de fast ferry de todas las compañías navieras, sin que se encontrase ningún artefacto explosivo.

Hasta la estación marítima se desplazó el grupo de los TEDAX de la Policía Nacional, expertos en la desactivación de explosivos, sin que fuera, afortunadamente, necesaria su intervención.

No obstante, la falsa alarma de bomba provocó retrasos generalizados en toda la línea, que se fueron estabilizando en torno a la media hora al final de la jornada.

El mismo dispositivo de emergencia se llevó a cabo en la Estación Marítima de Algeciras, producidéndose también esperas más largas de las debidas por parte de los usuarios.

La unidad canina de la Policía Nacional se desplazó también al puerto deportivo y pesquero, debido a los pocos detalles que dio la llamada que comunicó la amenaza de bomba en un barco.
 

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