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sociedad - VIERNES, 11 DE SEPTIEMBRE DE 2009


fachada de la delegacion. archivo.

gobierno
 

La Delegación declara ilegal dos artículos del Convenio de Obimasa

CCOO pedirá una reunión urgente con el Consejo de Administración, que ha manifestado su intención de anularlo para realizar una reclasificación del personal
 

CEUTA
Rober Gómez

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Las idas y venidas con el Convenio Colectivo de la sociedad Obras, Infraestructuras y Medio Ambiente de Ceuta (Obimasa) tienen un nuevo capítulo con la resolución adoptada por el Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno, que ha declarado el texto legal, con la única modificación de dos puntos que atentan contra el Estatuto de los Trabajadores y que fueron introducidos por la empresa, según explicó ayer Emilio Postigo, secretario general de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras (FSC-CCOO).

Después de ser firmado por las partes por dos veces, el Convenio Colectivo de Obimasa fue registrado por CCOO en el Área de Trabajo de la Delegación del Gobierno en Ceuta, pese a que un nuevo Consejo de Administración de la sociedad municipal acordó anular el documento para una reclasificación del personal de la empresa.

La resolución del Área de Trabajo de la Delegación del Gobierno ha sido declarar legal el Convenio a excepción de dos puntos que atentan contra la legalidad que establece el Estatuto de los Trabajadores y que hablan concretamente de la reducción de jornada y la excedencia voluntaria.

El Convenio establece que los trabajadores de la empresa podrán acogerse a la reducción de jornada, que deberá ser autorizada tras la previa aceptación de la Comisión Paritaria: una cláusula que, según explica el Aréa de Trabajo de la Delegación, restringe lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, que indica que corresponde al trabajador, dentro de su jornada ordinaria, la concreción horaria y la determinación del periodo de disfrute del permiso de lactancia y de la reducción de jornada, estableciendo tan sólo “la obligación por parte del trabajador de preavisar al empresario con 15 días de antelación la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria”.

Igualmente, la Delegación del Gobierno establece que es ilegal el artículo 13 del Convenio, que restringe a los trabajadores con una antigüedad mínima de tres años para solicitar la excedencia voluntaria, ya que el Estatuto de los Trabajadores establece que debe ser tan sólo de un año.

FSC-CCOO de Ceuta asumió ayer totalmente las modificaciones propuestas y anunció que solicitará una reunión urgente de la Comisión Negociadora para que se modifiquen dichos artículos en el Convenio Colectivo firmado, para que se pueda publicar lo antes posible, puesto que “subsanado lo que exige el Área de Trabajo, no hay razón para lo no aplicación de su contenido”.

“Los trabajadores han demostrado ser responsables en todo momento al paralizar las movilizaciones que se iniciaron hasta demostrar la legalidad del Convenio negociado”, destacó la central sindical, que, a su juicio, “ahora le toca a la Ciudad, si realmente hay voluntad de resolver este conflicto”.

No obstante, la última postura del Consejo de Gobierno de Obimasa hablaba de la necesidad de aprobar, con carácter previo a la aprobación del Convenio Colectivo, la reclasificación profesional del personal de la sociedad, habida cuenta de que, transcurridos más de ocho años desde la creación de Obimasa, el volumen y sobretodo la diversidad, complejidad y competencias de las actuaciones desarrolladas por la empresa municipal han puesto de manifiesto la necesidad de reestructurar los servicios.
 

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