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OPINIÓN - LUNES, 12 DE OCTUBRE DE 2009

 

OPINIÓN / AL SUR DEL SUR

Reforma del Estatuto
 


Juan Carlos Trujillo Muñoz
juancarlostrujillo@elpueblodeceuta.com

 

Hoy, lunes 12 de octubre, es el día en el que se conmemora la efeméride histórica del Descubrimiento de América por Cristóbal Colón, la Fiesta Nacional de España o el Día de la Hispanidad por ello, he decidido escoger esta fecha para compartir mis reflexiones en relación a otro hecho histórico para nuestra ciudad, enmarcado en marzo de 1995, fecha en la que las Cortes Generales aprobaron el proyecto presentado de Estatuto de Ciudad Autónoma de Ceuta, desde ese día, nuestra ciudad ha gozado de su propio régimen de autogobierno por decisión mayoritaria de los ceutíes. Un Estatuto, que nos ha permitido participar legítimamente en todos los foros autonómicos existentes, gestionar directamente algunos impuestos especiales cedidos por la Administración General del Estado así como, recibir los diferentes fondos de compensación interterritorial que nos ha permitido alcanzar los mejores años de nuestra corta historia democrática.

Un Estatuto, que junto al de la Ciudad hermana de Melilla, completaron el sistema autonómico recogido en la Constitución Española de 1978 para posteriormente, a partir del año 2004, iniciarse un profundo proceso de actualización de algunos de los ya existentes, que introdujeron mejoras importantes, que les ha beneficiado en muchos aspectos destacando entre todos ellos, el de la financiación autonómica a través de, una serie de conceptos entre los que debemos destacar el denominado “deuda histórica”.

Por tanto, quizás sea el momento propicio para iniciar los trabajos de Reforma de nuestro Estatuto, actualizándolo y equiparándolo a los de las autonomías, que ya han sido aprobados por las Cortes Generales al objeto, de no quedar descolgados del actual marco autonómico, introduciendo las mejoras necesarias. Debo recordar, que este proceso recogido por la Constitución Española señala tácitamente la necesidad de alcanzar un acuerdo por la mayoría absoluta de todos los miembros de la Asamblea y su posterior aprobación por las Cortes Generales.

No obstante, el inicio de cualquier trabajo debería ser, sin ninguna duda, alcanzar el máximo rango, el de Comunidad Autónoma lo que subsanaría perfectamente, la diferenciación actual existente entre comunidades autónomas y ciudades autónomas, que tanto nos ha perjudicado a lo largo de nuestra corta historia democrática al posibilitar la reiteración en las peticiones ilegitimas de soberanía provenientes del país vecino, que serían acalladas inmediatamente. Por tanto, es momento de integrar voluntades en torno a este objetivo concreto en beneficio de la ciudadanía en general sin distinción de credos religiosos.
 

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