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ACTUALIDAD - SÁBADO, 24 DE ABRIL DE 2010

 

laboral

En vigor las nuevas cláusulas sociales para los contratos de obras públicas que promuevan la Ciudad y sus sociedades

CEUTA
Tamara Crespo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Las nuevas cláusulas sociales de obligado cumplimiento en los contratos de obra que realicen la Ciudad y las entidades de ella dependientes entraron en vigor ayer, tras la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad (BOCCE) del decreto firmado al efecto por el consejero de Hacienda, Francisco Márquez.

Tal como se recuerda en los antecedentes de hecho del Decreto, la posibilidad de incluir cláusulas sociales en la contratación administrativa es una opción que ha estudiado el Gobierno de la Ciudad desde el año 2001, si bien no ha sido claramente tipificada en la legislación vinculante hasta la entrada en vigor de la reciente Ley de Contratos del Sector Público (Ley 30/2007, de 30 de octubre). La referida norma, establece, en su exposición de motivos, que una de las principales novedades contempladas en la nueva Ley afecta a la previsión de mecanismos que permiten introducir en la contratación pública consideraciones de tipo social y medioambiental, configurándolas como condiciones especiales de ejecución del contrato o como criterios para valorar las ofertas, prefigurando una estructura que permita acoger pautas de adecuación de los contratos a nuevos requerimientos éticos y sociales.

Con fecha 30 de julio de 2008, y por decreto del consejero de Hacienda se dispuso la inclusión de cláusulas sociales de obligado cumplimiento para las empresas adjudicatarias de los contratos de obras públicas promovidos por la Ciudad y Entidades de ella dependientes, siempre que los referidos contratos excedan de 350.000 euros y tengan un plazo de ejecución superior a 3 meses.

Por su parte, el Pleno de la Asamblea, en sesión celebrada el 24 de julio de 2008, adoptó el acuerdo de instar el Gobierno de la Ciudad para que llevara a cabo las actuaciones necesarias para la implantación de cláusulas sociales en la contratación de obras públicas, que impliquen la contratación de, al menos, un 10% de desempleados en riesgo de exclusión social. En la resolución ahora vigente se indica que “la realidad de la eficacia de esta medida ha de considerarse al menos como moderada, y además de difícil comprobación, por lo que se propone una modificación del anterior decreto en aras a la simplificación de las cláusulas, el incremento de sus impactos y el establecimiento de un método simple de control”.

Estas condiciones especiales, recogidas en detalle en el decreto publicado ayer, tendrán la consideración de obligaciones esenciales del contrato y su ámbito de aplicación se extiende a toda contratación de obra, excluidos los menores de 50.000 euros. Las adjudicatarias habrán de comprometerse a la inserción laboral de desempleados en la obra adjudicada en un porcentaje computado en base al importe neto de la obra y a su plazo de ejecución, computados en base a parámetros que establece esta normativa, que también recoge las obligaciones de las empresas que en su caso subcontrate la adjudicataria.

De la resolución se ha dado traslado al Negociado de Contratación de la Consejería de Hacienda, a la Intervención General de la Ciudad, la Presidencia de las Sociedadades Municipales Procesa, Acemsa, Emvicesa, Servicios Turísticos, Amgevicesa, Obimasa, Obimace, Parque Marítimo del Mediterráneo y RTVCE, a la Generancia del ICD, la Gerencia del Organismo Autónomo de Servicios Tributarios (OAST) y a la Presidencia de la Fundación Premio Conviencia.
 

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