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economía - JUEVES, 13 DE MAYO DE 2010


jesús de manuel. fidel raso.

ELECCIONES A LA CÁMARA
 

El presidente de la Junta electoral reconoce que la candidatura de Bulaix se benefició de filtraciones

Jesús de Manuel lo enmarcó en el plano de la “habilidad”, mientras que la directora provincial de Comercio dijo desconocer el cómo aunque admitió el hecho
 

CEUTA
Antonio Gómez

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El presidente de la Junta Electoral para el proceso de elecciones abierto a la renovación del Plenario de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ceuta, Jesús de Manuel, ha reconocido que los siete candidatos ahora admitidos -de la candidatura de Karim Bulaix- tras haberse admitido la subsanación de sus avales, se han beneficiado “de una filtración” por la que conocieron, varios días antes de hacerse público, los candidatos desestimados y qué defectos tenían esas candidaturas excluidas en una primera proclamación, para acudir a la vía de la subsanación sin que la Junta lo notificara.

El proceso que se sigue a las elecciones para la renovación del Plenario de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Ceuta viene provocando cierta perplejidad causada fundamentalmente por la operativa seguida, donde se deja demasiado espacio a interpretaciones de incoherencia o incongruencia.

Los 3.778 empresarios ceutíes con derecho a voto en estas próximas elecciones, se debaten en una tesitura confusa donde la dirección de orquesta marca al tiempo compases de 2 y de 3 por 4 y donde la armonía se convierte en utopía. El resultado es una desafinación chirriante.

Vamos por partes. Para ir desgranando, y lo que es peor, intentar ir comprendiendo un proceso en el que, ‘a según’ -como diría el de pueblo- se echa mano de una u otra regla del juego, debemos acudir al inicio de este periodo electoral:

Hasta el pasado 24 de abril, los empresarios de los distintos sectores económicos de la ciudad tenían plazo para presentar sus candidaturas a formar parte del futuro Plenario. Aspirantes que, en función del sector, debían contar con un mínimo de avales procedentes de la misma categoría por la que se presentaba el candidato

A fecha de 24 abril, día limite de presentacion, se dan por presentadas 43 candidaturas, polarizadas de la siguiente manera: 22 con Luis Moreno Naranjo a la cabeza, y 21 con Karim Bulaix al frente. Tras este primer paso, la siguiente fecha que debemos tener presente es la del 30 de abril. Ese día, el último viernes del pasado mes, la Junta Electoral formada por seis personas (un presidente, un secretario, un vocal y tres empresarios sorteados) se reúne para analizar una a una las candidaturas y comprobar que cumplían o no los requisitos exigidos en el artículo 18 bis del Real Decreto 1133/2007, de 31 de agosto, criterios de admisibilidad y condiciones ‘si ne qua non’ que han de cumplirse entre los candidatos.

Tras las comprobaciones pertinentes, al Junta excluye, en su reunión interna, a 10 de los candidatos “por defectos en la presentación de avales”, recordó a EL PUEBLO, el presidente de la propia Junta Electoral, Jesús de Manuel. No sería hasta el 5 de mayo [cumpliendo los plazos legales marcados] cuando se hiciera público el listado de candidatos admitidos y excluidos.

Sin embargo, y dado el número de candidatos resultantes distribuidos por los sectores que han de estar representados en el Plenario, la Junta Electoral, decidió proclamar oficialmente candidatos electos. Por lo que la deducción de ‘insubsanabilidad’ de los avales defectuosos parecía ciertamente evidente ante la proclamación de candidatos electos.

Sin elecciones

De este modo, y acudiendo al punto 3 del artículo 18 bis del RD 1733/2007, de 31 de agosto, se establece la “no necesidad de celebración de elecciones” en las categorías de Industria [con dos candidatos proclamados electos], de Navegación [con un electo], y de Servicios donde se produce el hecho de que hay menos candidatos válidos que puestos [5 de 6]. En este sector, se decide adoptar la decisión amparada en lo que figura en el apartado segundo del RD 1733/2007, de 31 de agosto. Se precisa un plazo de 8 días para proceder a la elección del sexto miembro entre los empresarios del censo vinculados a esta categoría.

Finalmente, se establece como definitivo el hecho de que los 13 sillones del sector Comercio en el Plenario han de disputarse entre 25 candidatos que optan con sus avales válidos y en regla para someterse a la elección.

Por tanto, el pasado 30 de abril, con publicación oficial el 5 de mayo, se produce la proclamación de candidatos y de electos que, como marca lo reglamentado, quedó impreso en las páginas de los diarios de la ciudad.

Recurso de alzada

La Junta Electoral dio trámite de comunicación a los candidatos excluidos aportando en un escrito personalizado las causas de su exclusión y dejando abierta únicamente la vía del recurso de alzada, tal y como se observa en el documento arriba señalado. Cosa que explicó notablemente, en este momento procesal, la directora provincial de Comercio, Victoria Azpiazu. “Los excluidos tienen abierta la posibilidad del recurso de alzada, que podrán presentarlo en el plazo de un mes, para que resuelva la Junta Electoral. Hecho que no supondrá la paralización del proceso”, sentenció.

En ningún momento los candidatos fueron avisados de otra forma de recurso distinto al de alzada. La Junta Electoral no comunicó otra forma de proceder. Nunca requirió a los afectados para que subsanaran deficiencias.

Sorpresa

La sorpresiva decisión, el 11 de mayo, de atender y admitir los escritos de subsanación de los siete excluidos de la candidatura de Karim Bulaix, no ha dejado indiferentes a los candidatos ya electos por proclamación de fecha 5 de mayo.

La Junta Electoral decide admitir como válidos nuevos avales -según reconoció el presidente del órgano, Jesús de Manuel- para regularizar y subsanar pues los defectos que presentaban los candidatos de Bulaix, cuyo grupo utilizó la vía de presentar escrito de subsanación desde una oficina de Correos con matasellos de Alcalá de Henares en fecha de domingo 2 de mayo, tres días antes de conocerse oficialmente la listas de excluidos por defectos.

Cabe preguntarse, ¿Cómo podían estos siete candidatos conocer que tenían defectos, y cómo conocían qué defectos tenían sus candidaturas si no se sabía aún la decisión pública de la Junta Electoral tras su reunión del 30 de abril?. La respuesta la dio el presidente de la Junta Electoral a EL PUEBLO: “Han aprovechado una filtración y han sido hábiles”. Y remató la directora Provincial de Comercio, el organismo tutelante: “No conozco la vía por la que han podido enterarse, pero se han enterado... puede ser por una filtración”, dejó caer.

Extrañezas

Sobre hechos analizados, surgidos de la aplicación lógica del conocimiento y de servicios jurídicos consultados, causa extrañeza que el órgano competente en el proceso electoral decida aplicar, ora sí, ora no un reglamento electoral para unas cosas y una Ley de Procedimiento Administrativo para otras, sin dar curso informativo a todos los candidatos implicados.

Es también extraño que no se comunique, a través de ningún escrito, la apertura de plazo para subsanación de errores, ni que se haya esperado a la subsanación de éstos para proclamar candidatos electos.

Causa extrañeza igualmente que el presidente de la Junta Electoral hable, a toro pasado, de la aplicación del artículo 71 de la Ley 30/92 de Procedimiento Administrativo como el apoyo legal en que se ha basado el órgano para admitir como válidas las subsanaciones presentadas de los 7 candidatos, inicialmente excluidos. Y todo ello cuando este artículo dice textualmente “... se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta...” El propio presidente de la Junta reconoce que desde ese órgano “no se ha requerido” a nadie para la subsanación de errores. Por tanto, se quiebra el principio de igualdad

Nueva medida

La Junta Electoral adopta el 11 de mayo una nueva medida, la de incluir en las listas de admitidos a los siete candidatos con los avales ya subsanados en una nueva proclamación oficial y pública. La segunda en una semana.

La primera pregunta evidente sería la de ¿se ha comunicado, o se ha dado trámite de audiencia a los candidatos electos proclamados, por si pudieran sentirse afectados por la nueva medida adoptada?. Según los afectos, no.

La directora provincial de Comercio, amparándose en que los escritos de subsanación afectaban a siete candidatos, una cifra considerada por el órgano tutelante, como relevante en su aspecto proporcional, decidió suspender el proceso electoral, para retomarlo más adelante.

Varios candidatos que se consideraban electos tras lo oficializado por la Junta el pasado 5 de mayo, consultan en estos momentos la vía de asesoría jurídica, ante la posibilidad razonable -entienden- de acudir a la jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
 

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