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sociedad - MARTES, 8 DE JUNIO DE 2010


funcionarios de Justicia. ARCHIVO

laboral
 

Los funcionarios serán destinados a un juzgado concreto en la Oficina Judicial

El Consejo de Ministros aprueba la reforma
del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal de dicha Administración
 

CEUTA
Cristina Marzán

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Regular el marco al que se deben ajustar las relaciones de puestos de

trabajo que se elaboren en todos aquellos partidos judiciales en los que, de manera progresiva, se implante la Nueva Oficina Judicial. Este será el objeto del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por el Consejo de Ministros y con un previo acuerdo suscrito con las centrales sindicales.

El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, Francisco Caamaño, ha aprobado la reforma del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del

Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.

La reforma de este Reglamento afecta el artículo 39 y tiene por objeto regular el marco al que se deben ajustar las relaciones de puestos de trabajo que se elaboren en todos aquellos partidos judiciales en los que, de manera progresiva, se implante la Nueva Oficina Judicial, como ocurrirá en la ciudad autónoma. Con esta reforma se otorgan mayores garantías en los concursos de traslados de funcionarios, a la vez que se introduce una mayor precisión y racionalidad en la regulación de esta nueva estructura organizativa. “Mientras que el centro de destino atendía a una localidad ahora hace referencia al órgano judicial concreto para que así los funcionarios cumplan estrictamente con lo establecido en la RPT y no ir variando sus funciones en los juzgados de aquella ciudad donde ha sido destinado”, aclararon desde el sector de Justicia de CCOO.

De esta manera, el contenido de las relaciones de puestos de trabajo, instrumento básico de la ordenación de la actividad del personal en el nuevo modelo, deberá contener aspectos esenciales como la determinación de las funciones atribuidas a cada uno de los cuerpos de la Administración de Justicia, sus nuevos destinos en la Oficina Judicial o la diferenciación de puestos por órdenes jurisdiccionales, en el caso de las unidades procesales de apoyo directo. La modificación reglamentaria que ahora se realiza se enmarca en el proceso de implantación de la Nueva Oficina Judicial y es fruto del consenso con los agentes sociales, materializado en el acuerdo, de 28 de octubre de 2009, entre el Ministerio de Justicia y las organizaciones sindicales CCOO, UGT y el Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia. Estas organizaciones sindicales integran junto a CSI-CSIF, la Mesa Sectorial de la Administración de Justicia. En dicho acuerdo, las RPT de las Unidades de Apoyo Directo (UPAD) vuelven a diferenciarse por órganos colegiados y órganos unipersonales del mismo orden jurisdiccional. Además, en las RPT se deberán definir las funciones a desempeñar por cada Cuerpo para todos los centros de destino, sean UPADs o Servicios Comunes. Además se impide la movilidad funcional, ordenada por el jefe de la unidad, fuera del orden jurisdiccional de destino. Y se recoge expresamente el derecho a optar en los concursos de traslado a los puestos de trabajo así diferenciados por órdenes jurisdiccionales.
 

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