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politica - JUEVES, 10 DE JUNIO DE 2010

 

partido socialista

Los socialistas “dan la espalda” a la Ciudad en el voto por la reforma del Código Penal en el Senado

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La senadora del PP por Ceuta, Luz Elena Sanín, lamentó ayer el voto en contra del PSOE a una de las enmiendas presentadas por el Grupo Popular al Proyecto de Ley de Reforma del Código Penal, debatido y votado en el Pleno de la Cámara Alta. “Los socialistas han vuelto a dar la espalda a las especificidades de la sociedad de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla”, criticó la senadora del PP.

Esta enmienda, propuesta por Sanín, pedía que se modificara la redacción dada al apartado 1 del artículo 89 de dicho cuerpo legal y que quedaría de la siguiente manera: “Las penas privativas de libertad inferiores a seis años impuestas por sentencia firme a un extranjero no residente legalmente en España en ciudades españolas limítrofes con terceros países no comunitarios, no podrán ser objeto de sustitución por expulsión”. La impulsora de la enmienda intentó defender en la Cámara Alta las circunstancias específicas a las que se ven sometidas ciudades como Ceuta y Melilla, “puntos de unión entre dos continentes que soportan un importante flujo migratorio que arrastra, no en pocas ocasiones, actividades ilícitas, entre otras, el tráfico de sustancias estupefacientes”. Además añadió el agravante de ser, tanto Ceuta como Melilla, ciudades españolas limítrofes con terceros países no comunitarios, y en especial, frontera terrestre de la Unión Europea.

“La sustitución por expulsión de pena privativa de libertad inferior a seis años impuesta a extranjeros no residentes y procedentes de terceros países no comunitarios por delitos cometidos en ciudades españolas que le son limítrofes, generaría tal impunidad, que tendría un ‘efecto llamada’ para las mafias, que verían en éstas el escenario idóneo para el desarrollo de sus actividades ilícitas”, advirtió la senadora del PP por la Ciudad.

Del mismo modo, Sanín también recalcó el “alarmante” agravio comparativo en relación a ciudadanos españoles y/o residentes legales que, por actividades ilícitas similares “son ingresados en prisión, si la pena impuesta fuese inferior a los seis años”, apuntó.
 

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