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sucesos - JUEVES, 22 DE JULIO DE 2010


ventana del antiguo inmueble. f. raso.

juzgado
 

Rafael Montero declaró en el juzgado de modo “absurdo e incoherente”, según la magistrada

La jueza desestimó la petición de éste, a través de la mercantil Invesceuta, por la que pretendía “cerrar” la ventana donde él habitó para construir en el terreno del ‘Faro’
 

CEUTA
Nacho Menosella

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El juzgado impide que Montero construya en el solar de El Faro sin que salve la ventana ubicada en la medianera de un edificio que él mismo ordenó edificar hace años para su disfrute y que, pasado el tiempo, tras haber perdido la propiedad, pretendía que la nueva dueña de la finca cerrase tal ventana, con el objetivo de fondo -sin haber sido ésta la excusa ante la jueza- de construir en el solar de su diario un nuevo edificio. Lo podrá hacer, pero sin tapar la famosa ventana.

La juez ha negado a Invesceuta S.L., vinculada a Rafael Montero, su demanda para lograr cerrar una ventana en un edificio anexo a las actuales instalaciones de El Faro por ser considerada servidumbre. A esa conclusión se ha llegado después de que la mercantil demandara a la actual propietaria de la vivienda que disfruta la ventana que en su día, como ha quedado demostrado, fue abierta por orden del propio Rafael Montero “para tener vistas al mar”.

Invesceuta S.L. trataba de que la existencia de la ventana abierta en la pared medianera de dos propiedades perdiera la condición de servidumbre, y se le exigiera a la actual propietaria de la vivienda que cerrase la misma. De fondo, aunque no se expuso a la jueza, se encuentra la intención de Invesceuta S.L. de construir en alto y reformar la actuales instalaciones de El Faro.

Curiosamente, la finca demandada era parte del patrimonio de Rafael Montero, que cedió a Invesceuta S.L en 1997 (ya contaba con la famosa ventana), pero perdió la finca en sentencia judicial en 2004 por separación matrimonial. La citada finca fue vendida un año después y es la actual propietaria, la que fue demandada por Invesceuta S.L.

Para llegar a la adopción de una decisión justa, la magistrada convocó a quienes tuvieron relación con la finca desde sus inicios, el entonces matrimonio Montero-Ávalos.

De tal guisa, que tras las declaraciones de ambos ante la Jueza del número 6, ésta concluye que la declaración de la señora Ávalos es “una declaración creible, espontánea, contundente, coherente, específica y rica y en detalles”, mientras que la declaración de Montero es “incoherente, ilógica y contradictoria”. Es más, advierte la magistrada que incluso “intentó disfrazar la realidad”.

Ávalos manifestó ante Su Señoría que la casa de la famosa ventana, fue la casa familiar y fue construida por Rafael Montero a su gusto. La habitación donde se encuentra la ventana era la mejor de la vivienda, y era donde Montero tenía el despacho con vistas al mar. Una ventana que se abrió por decisión del propio Montero. Y se hizo con intención de permanencia, de tal modo que la casa se vendió contando con ella como un bien de la propia finca.

“Absurda declaración”

Por contra, Montero “pese a los intentos por no declarar (...) y por disfrazar la realidad, reconoció que la ventana fue construida cuando era propietario de las dos fincas objeto de autos”- se señala en el auto. Pero Montero dijo a la jueza que esa ventana fue abierta por el contratista para permitir el paso de materiales para la construcción de esa finca, lo que fue considerado por la magistrada como “una declaración absurda en sí misma”.

La jueza del número 6, la magistrada Carmen Serván estima en su sentencia que “quedó probado que la ventana se abrió con carácter permanente y no de forma coyuntural”. La titular del número 6 culmina el auto “desestimando íntegramente la demanda presentada por Invesceuta S.L.”, por lo que, de construir la mercantil en el solar de El Faro, deberá tener en cuenta la ventana que queda en la medianera de las dos fincas.
 

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