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sociedad - LUNES, 29 DE NOVIEMBRE DE 2010


servicio por la gripe A en 2009. ARCHIVO

sanidad
 

El TSJA da la razón a Ingesa por la reorganización de 2009 a causa de la gripe A

La Justicia ha confirmado la posibilidad de la
Gerencia en la reestructuración del sistema sanitario ceutí en aquel año
 

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dado la razón al Ingesa al confirmar la posibilidad que ostenta la Gerencia de reorganizar y reestructurar los servicios sanitarios por motivos asistenciales. En este caso se refiere a la preparación del sistema sanitario ceutí llevada a cabo en el año 2009 como consecuencia de la gripe A.

La Justicia ha confirmado la posibilidad que ostenta la Gerencia de Atención Sanitaria de reorganizar y estructurar los servicios sanitarios por motivos asistenciales dentro de la planificación de índole preventiva que se llevó a cabo en todo el país en el año 2009 como consecuencia de la gripe A. Así lo informa el Ingesa en una nota de prensa en la que la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, declara “ajustada a derecho” la resolución por la que se organiza la atención sanitaria por alta frecuentación. Y es que, para la gripe A, el sistema sanitario ceutí también “se preparó para la llegada de la entonces pandemia. Esto conllevó consigo una reorganización y reestructuración de los servicios sanitarios por motivos asistenciales y que tenía como único fin preparar dichos servicios ante esta enfermedad y sus posibles síntomas en la población ceutí”. Sin embargo, esta organización originó “ciertas críticas, cuyos protagonistas consideraban que se utilizó la pandemia para asignarles más disposición de la Administración sanitaria en situación de crisis, catástrofe o emergencia. Afortunadamente no se llegó a producir”.

Según Ingesa, se debía “velar porque todo estuviese preparado por si la pandemia hacía estragos en la población”. El TSJA ha considerado que la “distribución horaria fue estrictamente organizativa, al ser configurada dentro de la jornada laboral preestablecida y dentro del tiempo de trabajo de los facultativos”.
 

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