Un joven al que robaron unas gafas y una radio de su
vehículo ha nombrado abogado para reforzar con su acusación
particular a la del Ministerio Fiscal. El Tribunal
Constitucional ha creado doctrina recientemente al permitir
en un caso que una persona designara acusación particular en
el juicio. Esa posibilidad sirve para grandes y pequeños
casos.
Un joven al que robaron en su vehículo el pasado mes de
diciembre, se personó ayer como acusación particular con
abogado al inicio de la vista en el Juzgado de lo Penal
número 1.
Aunque no es nada habitual que los ciudadanos nombren un
abogado para representarles en un juicio como víctimas de un
robo, I.N.M.C. lo hizo ayer para reforzar la acusación del
Ministerio Fiscal. Así, al inicio del proceso, el letrado se
presentó como acusación. Hasta hace unos años, eso no era
posible a partir de la fase de juicio oral, lo que obligaba
a la parte interesada a promover su acción legal desde que
ocurrían los hechos o durante la instrucción.
El Tribunal Constitucional creó doctrina recientemente al
aceptar en un recurso de amparo esa posibilidad, si bien
estableció el límite de que esa acusación “sobrevenida”
quedaba constreñida a la acción del Ministerio Público. Es
decir, no se puede exigir una responsabilidad mayor al
acusado que la que ya proponga el fiscal.
En el caso de ayer, la fiscal pedía 3 años de prisión por
reincidencia para J.L.S.G, pero la vista oral se suspendió a
la espera de un exhorto de un juzgado de lo penal de Almería
que tenía que comunicar una sentencia por un hecho similar
contra él.
J.L.S.G. se declaró inocente durante la instrucción de la
causa. Su abogada, explicó ayer que es toxicómano y está
siguiendo un plan de deshabituación con metadona. Además,
tiene posibilidades de trabajar en alguno de los planes de
empleo de las administraciones.
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