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ACTUALIDAD - DOMINGO, 20 DE MARZO DE 2011


aula escolar. archivo.

  absentismo escolar en ceuta
 

Fiscalía sigue adelante con la denuncia por absentismo escolar

El representante del Ministerio Público
en la ciudad toma declaración al menor
y su madre, advirtiéndoles de las consecuencias legales de la falta al
colegio y dándoles un plazo de tres meses para el regreso del joven o, de lo contrario,
se imputará un delito a los progenitores

CEUTA
Cristina Marzán

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Tras tomar declaración, el pasado jueves, a una ceutí y su hijo por un caso de absentismo escolar denunciado por un centro educativo de la ciudad, el representante del Ministerio Fiscal ha decidido no archivar la causa en base al seguimiento de la misma ya que, si en el plazo máximo de 3 meses el joven no regresa a las clases, la propia Fiscalía imputará un delito penal a sus progenitores.

Un voto de confianza, por así decirlo, es lo que ha dado el representante del Ministerio Fiscal en la ciudad a los implicados en un caso de absentismo escolar cuya investigación fue iniciada el pasado mes de febrero tras la denuncia interpuesta por el director y el trabajador social de un centro educativo ceutí al constatar que un menor faltaba constantemente a sus clases.

El portavoz del Ministerio Público tomó declaración este mismo jueves tanto a la madre como al joven, a los que lanzó la advertencia legal de sus obligaciones; a la ceutí, de exigir al adolescente que asistiera al colegio, y a este, su deber de obedecer a la progenitora. Todo ello ante la amenaza de la imputación de un delito penal ya que, si en el plazo de tres meses como máximo, el joven no regresa a las aulas, sus progenitores serán acusados de un delito de incumplimiento de los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar, o de prestar la asistencia necesaria legalmente establecida para el sustento de sus descendientes, ascendientes o cónyuge, que se hallen necesitado, recogido en el artículo 226 del Código Penal y castigado con penas de prisión de entre tres y seis meses de cárcel, o multa de seis a 12 meses. Además, en este caso el juez o tribunal podría imponer, motivadamente, la pena de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar por tiempo de cuatro a diez años.

Es por estos motivos por los que el fiscal ha decidido no archivar la denuncia del centro, de momento, a expensas de comprobar que existe colaboración, por parte de los padres, para que el menor acuda al centro, tal y como informó este medio de comunicación en su edición del 20 de febrero, sobre esta misma causa. Este es el único caso de absentismo escolar investigado en el presente ejercicio aunque este periódico ha podido averiguar que, desde 2007, se han llevado a cabo investigaciones similares que, en algunos casos, han concluido con imputaciones a los padres y sentencias condenatorias. Concretamente, en 2007 fue la propia Fiscalía la que denunció y acusó de incumplimiento a los padres de un menor, hecho que se volvió a producir en 2008 con una nueva causa.

Sin embargo, en 2009 fueron tres los procedimientos que se abrieron por las mismas situaciones y en solo una, los progenitores colaboraron con la Justicia atendiendo al requerimiento legal mientras que las otras dos continuaron a través de la denuncia. Como contrapartida, durante el pasado ejercicio no fue denunciado ningún caso de absentismo mientras que en apenas dos meses de 2011, ya hay un procedimiento abierto que podría saldarse con el archivo o la imputación delictiva de los progenitores.
 


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