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					La mayoría de pasos de peatones elevados que se han 
					dispuesto en la ciudad no cumplen lo estipulado en la 
					normativa que rige para estas ‘barreras’ contra la velocidad 
					emanadas desde el Ministerio de Fomento. Los Ayuntamientos 
					tuvieron hasta el 2 de noviembre para adecuarlas. 
					Subir y bajar de los numerosos pasos elevados de peatones 
					que se han construidos en calles y avenidas de la ciudad se 
					convierte en un problema para el vehículo, que sufre las 
					malas condiciones constructivas en sus bajos, suspensiones y 
					ruedas.  
					 
					La nueva normativa aclara que “el artículo 5 del Reglamento 
					General de Circulación convierte en obstáculos prohibidos 
					los resaltos en pasos de peatones y las bandas transversales 
					que no cumplan con la normativa básica del ministerio de 
					Fomento”. 
					 
					La nueva normativa establece que el modelo de los reductores 
					de velocidad será “una plataforma trapezoidal de 10 
					centímetros de altura como máximo, construida en hormigón o 
					material asfáltico, con un máximo de 4 metros de largo y 
					unas rampas de subida y bajada de entre 1 y 2,5 metros, 
					dependiendo del límite de velocidad existente: 1 metro para 
					límites de 30 Km.; 1,5 mts. para 40 Km. y 2,5 mts. para 
					velocidades de 50 Km”. En Ceuta, la mayoría no cumplen la 
					normativa. 
					 
					Fomento ha definido sus dimensiones máximas en la normativa 
					FOM/3053/2008 que tenía una moratoria de dos años y que 
					expiró el pasado 2 de noviembre de 2010, con el objetivo de 
					que los municipios se adecuaran a la norma. 
					 
					Reclamaciones de daños 
					 
					En el caso de deterioro del vehículo, el propietario puede 
					realizar reclamación por vía jurídica al ayuntamiento 
					responsable de su colocación. 
					 
					Todos los usuarios que tengan que pasar por estos pasos 
					actualmente fuera de norma, pueden realizar la reclamación 
					por vía jurídica correspondiente al ayuntamiento responsable 
					de su colocación. En concreto, ya existen sentencias firmes 
					en las que se le ha tenido que abonar íntegro daños al 
					propietario de coches y motos que ha sufrido problemas en 
					las defensas, ruedas y amortiguadores por estos pasos 
					elevados. 
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