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sociedad - SÁBADO, 26 DE MARZO DE 2011


paso elevado fuera de norma. reduan.

circulación
 

La mayoría de pasos de peatones elevados no cumplen la normativa

Los municipios tenían hasta el 2 de
noviembre de 2010 para adecuarlos a las normas técnicas del Ministerio de Fomento
 

CEUTA
Antonio Gómez

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La mayoría de pasos de peatones elevados que se han dispuesto en la ciudad no cumplen lo estipulado en la normativa que rige para estas ‘barreras’ contra la velocidad emanadas desde el Ministerio de Fomento. Los Ayuntamientos tuvieron hasta el 2 de noviembre para adecuarlas.

Subir y bajar de los numerosos pasos elevados de peatones que se han construidos en calles y avenidas de la ciudad se convierte en un problema para el vehículo, que sufre las malas condiciones constructivas en sus bajos, suspensiones y ruedas.

La nueva normativa aclara que “el artículo 5 del Reglamento General de Circulación convierte en obstáculos prohibidos los resaltos en pasos de peatones y las bandas transversales que no cumplan con la normativa básica del ministerio de Fomento”.

La nueva normativa establece que el modelo de los reductores de velocidad será “una plataforma trapezoidal de 10 centímetros de altura como máximo, construida en hormigón o material asfáltico, con un máximo de 4 metros de largo y unas rampas de subida y bajada de entre 1 y 2,5 metros, dependiendo del límite de velocidad existente: 1 metro para límites de 30 Km.; 1,5 mts. para 40 Km. y 2,5 mts. para velocidades de 50 Km”. En Ceuta, la mayoría no cumplen la normativa.

Fomento ha definido sus dimensiones máximas en la normativa FOM/3053/2008 que tenía una moratoria de dos años y que expiró el pasado 2 de noviembre de 2010, con el objetivo de que los municipios se adecuaran a la norma.

Reclamaciones de daños


En el caso de deterioro del vehículo, el propietario puede realizar reclamación por vía jurídica al ayuntamiento responsable de su colocación.

Todos los usuarios que tengan que pasar por estos pasos actualmente fuera de norma, pueden realizar la reclamación por vía jurídica correspondiente al ayuntamiento responsable de su colocación. En concreto, ya existen sentencias firmes en las que se le ha tenido que abonar íntegro daños al propietario de coches y motos que ha sufrido problemas en las defensas, ruedas y amortiguadores por estos pasos elevados.
 

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