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					La sentencia del Juzgado de lo Penal nº 2 por la que 
					delimitaba la condena al ex presidente Ignacio Velázquez ha 
					sido recurrida ante la Audiencia Provincial de Melilla 
					dentro del plazo que marcaba la misma. Según ha podido saber 
					MELILLA HOY, ahora la parte que representa a Velázquez podrá 
					presentar a su vez un recurso a esta decisión si hubiere 
					lugar y será por tanto esta instancia judicial superior la 
					que tendrá la última palabra sobre el futuro político del 
					actual líder del Populares en Libertad. Según expertos en 
					Derecho, “es imposible” que Velázquez pueda concurrir a los 
					comicios del 22 de mayo ni siquiera como aspirante a 
					concejal porque aún no ha cumplido las dos condenas que 
					pesan sobre él, en dos procesas penales distintos. 
					 
					El auto que se ha recurrido del tribunal que dirige el juez 
					Álvaro Salvador Prieto se refiere a la condena a nueve años 
					de inhabilitación que pesa sobre Velázquez por un delito de 
					prevaricación en el que se limitaba al cargo público de 
					presidente de la Ciudad Autónoma, que a su vez es el 
					Presidente de la Asamblea y Alcalde de ciudad (o de 
					cualquier otra). Sin embargo, a la entonces vicepresidenta 
					primera de la Asamblea, Beatriz Caro, se la inhabilitaba 
					también para su condición de diputaba local, después de que 
					en un Pleno de moción de censura de febrero de 1997 se 
					impidiera votar al tránsfuga del PP Enrique Palacios. 
					 
					Según estos expertos en Derecho, se trata de una sentencia 
					“extraña” pues ambos cargos políticos están condenados a 
					nueve años de inhabilitación desde septiembre de 2005 para 
					“cargo público” y no para “el” cargo público, por lo que no 
					entienden que se haya optado en el Juzgado de lo Penal 
					número 2 a hacer una condena “restrictiva” de la 
					inhabilitación de Velázquez únicamente al cargo de 
					presidente y alcalde de la Ciudad, lo que podría entenderse 
					que tendía en sus posibilidades de optar al cargo de 
					diputado local. 
					 
					Entre los fundamentos en que se basa el recurso está además 
					lo que indica la Ley Electoral General, en su artículo 6, 
					apartado B, que señala textualmente que son inelegibles “los 
					condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos 
					de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública 
					o contra las Instituciones del Estado cuando la misma haya 
					establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del 
					derecho de sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o 
					especial o de suspensión para empleo o cargo público en los 
					términos previstos en la legislación penal”. En el caso del 
					actual líder de la nueva formación Partido Populares en 
					Libertad (PPL) está condenado a inhabilitación por 
					prevaricación, que consiste en que una autoridad pública 
					dicte una resolución arbitraria en un asunto administrativo 
					a sabiendas de que dicha resolución es injusta. Ignacio 
					Velázquez ha sido penado en dos ocasiones por estos mismos 
					motivos, una primera en el año 2000 a seis años de 
					inhabilitación por convocar un Pleno de moción urgente y de 
					noche en 1992 aprovechando que una concejal socialista, Elsa 
					Moralejo, se encontraba en Andorra, y le era imposible 
					llegar a tiempo (el aeropuerto ya había sido cerrado) y otra 
					en 2005 a nueve años junto con Beatriz Caro, que ocupaba la 
					presidencia del Pleno, por impedir con un decreto el voto 
					Enrique Palacios en 1997 alegando que tenía interés 
					personal, ya que éste era el que iba a ocupar el cargo de 
					presidente. 
					 
					Una vez que MELILLA Ayer destapó estas condenas, con las que 
					al menos hasta 2014 estaría inhabilitado Velázquez, el ex 
					presidente presentó un recurso de nulidad contra la segunda 
					sentencia. El Ministerio Fiscal, si bien se opuso a esta 
					solicitud de nulidad, pidió que la condena al actual 
					responsable del PPL se realizara “de forma restrictiva”. La 
					representación “del penado” alegó que en todo caso sólo 
					alcanzaría al cargo de presidente de la Asamblea que no a 
					ser miembro de la misma. Las restantes partes (la acusación 
					particular que ejerce el socialista José Luis Estrada -en la 
					actualidad director provincial del MEC-) y la penada Beatriz 
					Caro Nieto manifestaron su deseo de no efectuar alegaciones.
					 
					 
					a través de burofax. El juez Álvaro Salvador Prieto, en su 
					parte dispositiva, resolvió que “no ha lugar decretar la 
					nulidad de actuaciones interesadas por la Procuradora Doña 
					Concepción García Carriazo, en nombre y representación de D. 
					Ignacio Velázquez Rivera”. Esta parte del auto es firme y 
					contra la misma no cabe recurso. Asimismo acordó clarificar 
					el alcance de la pena impuesta en la sentencia de fecha 2 de 
					junio de 2003, que fue ratificada por la Audiencia el 10 de 
					mayo de 2005 en el sentido de considerar que “el reo D. 
					Ignacio Velázquez Rivera está inhabilitado para el cargo 
					público de presidente de la Ciudad Autónoma, que a su vez es 
					el Presidente de la Asamblea y Alcalde de ciudad (o de 
					cualquier otra)”. Mientras tanto a Beatriz Caro se le 
					inhabilitaba para el cargo de miembro de la Asamblea y 
					concejal de la misma. 
					 
					Contra esta decisión cabía recurso, un recurso que ya se ha 
					presentado ante la Audiencia Provincial porque no se explica 
					que mientras a Velázquez se le inhabilita únicamente a ser 
					presidente de la Ciudad, con lo que se le dejaría ser 
					diputado, a Beatriz Caro se le inhabilita para ser diputada. 
					Las citadas fuentes apuntaron que es prácticamente imposible 
					que el líder del PPL pueda presentase siquiera a las 
					elecciones y en caso de hacerlo, la Junta Electoral 
					rechazaría su candidatura porque aún está condenado por 
					prevaricación, como demuestra el hecho de que la propia 
					sentencia del Juzgado del Penal número 2 siga denominando 
					“reo” a Ignacio Velázquez. 
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