| 
                     
					El Auditorio del Revellín despidió ayer las II Jornadas 
					Jurídicas con ilustres personalidades de la carrera 
					judicial, entre ellas, el miembro permanente del Consejo de 
					Estado y ex ministro de Justicia, Fernando Ledesma y otro de 
					los vocales del Consejo General del Poder Judicial, Pío 
					Aguirre. La cita fue clausurada destacando la “calidad 
					científica y humana” de los ponentes “así como la “excelente 
					organización del director” de las mismas. 
					 
					Una edición medible por la “calidad científica y humana” de 
					los ponentes y la “excelente organizaron de su director, 
					Fernando Tesón” fueron las palabras con las que ayer 
					quedaron clausuradas las II Jornadas Jurídícas de Ceuta, una 
					cita “joven” en el tiempo pero “consolidada en el panorama 
					formativo de la carrera judicial a nivel nacional”, tal y 
					como subrayó uno de los vocales del Consejo General del 
					Poder Judicial (CGPJ), Pío Aguirre, que estuvo acompañado al 
					cierre de telón por la decana del Colegio de Abogados, 
					Isabel Valriberas, el director académico, Federico Fernández 
					de Buján, el director del curso y presidente de la Audiencia 
					Provincial de Cádiz en Ceuta, Fernando Tesón, y el general 
					segundo jefe de la Comandancia General de Ceuta, Julio 
					Herrero.  
					 
					La tercera y última sesión de esta cita jurídica volvió a 
					deslumbrar por la intervención de otros dos ilustres 
					ponentes como fueron el miembro permanente del Consejo de 
					Estado y ex ministro de Justicia, Fernando Ledesma, y el 
					catedrático de Derecho Internacional Privado, Andrés 
					Rodríguez Benot, que explicó al auditorio la dificultad de 
					la celebración del matrimonio en las relaciones 
					hispano-marroquíes. Por su parte, el que fuera ministro de 
					Justicia desde 1982 hasta 1988, por lo que inauguró el 
					Palacio de Justicia de Ceuta en 1987, se adentró en el 
					informe de la Comisión de Expertos de la reforma de la Ley 
					de Planta y Demarcación Judicial. “Es una propuesta que se 
					hace cumpliendo un encargo del Gobierno para que se 
					modifiquen distintos puntos en los que se intenta prescindir 
					del partido judicial como unidad territorial básica de la 
					ordenación judicial española. Introducir, además, la 
					organización colegiada en todos los niveles de la pirámide 
					judicial, pensar en la instrucción penal para que sea 
					llevada a cabo por el Ministerio Fiscal siendo el juez, 
					sobre todo y ante todo, un juez de garantías, que los 
					tribunales, funcionando colegiadamente, experimenten un 
					proceso de especialización”, enumeró Ledesma, quien además 
					añadió que algunas de las recomendaciones recogidas en dicho 
					estudio “ya han sido utilizadas por el Gobierno, que ha 
					promovido determinados proyectos de ley como, por ejemplo, 
					la mediación, ese intento de desjudicializar determinados 
					conflictos y llevarlos por otros cauces”, sintetizó. 
   | 
                		
						
                  | 
                      
					El matrimonio, una encrucijada entre España y Marruecos  
					La última ponencia que ayer cerró 
					las II Jornadas Jurídicas de Ceuta estuvo a cargo del decano 
					de la Facultad de Derecho de la Universidad Pablo de Olavide 
					de Sevilla y catedrático de Derecho Internacional Privado, 
					Andrés Rodríguez Benot, recordado por el auditorio por su 
					interesante intervención, en la pasada edición, sobre la ‘Kafala’, 
					entre dos aguas en el derecho internacional para el 
					acogimiento de un menor marroquí. En esta ocasión, al 
					ponente le tocó versar sobre la celebración en las 
					relaciones hispano-marroquíes, otro extravagante debate que 
					medía los conflictos suscitados a la hora de incluir el 
					matrimonio contraído por un marroquí y una española en el 
					Registro Civil ya que “no existe convenio bilateral que 
					regule el matrimonio entre España y Marruecos”, precisó. 
					Factores como la celebración de la unión en territorio 
					español o extranjero, ante autoridad española o marroquí, 
					así como la cohesión con el orden público establecido en el 
					código de normas de un país u otro, resultaron factores 
					determinantes para regular esta relación. Aunque todo ello 
					quedó resumido por el experto en una simpática frase: “El 
					que no se casa en España es porque no quiere ya que nuestro 
					país es el paraíso de los matrimonios”. Otro de los 
					parámetros de este estudio del catedrático midió el 
					impedimento de disparidad de religión, “hecho que sólo 
					afecta ante la autoridad marroquí”.  
   |