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			PORTADA DE HOY 
			 
			  
			  			
			  
			  
			   			
			  
			  
			  			
			  
			  
			
			  
			  
		   
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					sucesos - JUEVES, 14 
					DE ABRIL DE 2011  | 
                		 
						
											
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					traslado del acusado. reduan.  | 
													
							
								
									
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										tribunales 
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										La Audiencia Provincial señala para 
										junio el juicio sobre el crimen de Ikram  | 
									 
									
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							 La 
							vista, que se celebraría los días 14, 15, 16 y 17 en 
							el caso de no haber una conformidad previa entre las 
							partes, estará presidida por un Tribunal del Jurado, 
							que emitirá el veredicto  | 
                        			 
								 
							 
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					CEUTA 
                      Cristina Marzán 
                      
					ceuta@elpueblodeceuta.com  | 
                		 
						
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					Los magistrados de la Sección VI de la Audiencia Provincial 
					de Cádiz en Ceuta y un Tribunal del Jurado presidirán, los 
					próximos 14, 15, 16 y 17 de junio, el juicio sobre el crimen 
					de Ikram, la joven que falleció estrangulada a manos de su 
					pareja. Hechos que la Fiscalía califica como asesinato y por 
					los que pide 20 de prisión. 
					 
					Tras casi dos años de instrucción, el juicio por el crimen 
					de la joven ‘Ikram’, estrangulada por su pareja el 15 de 
					julio de 2009, verá la luz los próximos 14, 15, 16 y 17 de 
					junio en la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz 
					en Ceuta, siempre en el caso de que las partes no lleguen a 
					un acuerdo previo a través de la figura jurídica de la 
					conformidad. 
					 
					De momento, los magistrados de la Sala han reservado cuatro 
					días para lo que podrían ser las sesiones del juicio, en el 
					que el veredicto recaerá sobre un Tribunal del Jurado, cuyos 
					miembros serán seleccionados por sorteo el próximo mes. En 
					primera instancia, el representante del Ministerio Fiscal en 
					la ciudad ha calificado los hechos como constitutivos de un 
					delito de asesinato con el agravante de parentesco, por el 
					que pide para el acusado una pena de 20 años de prisión y 
					una indemnización de 120.000 euros para la hija menor del 
					matrimonio y otros 60.000 euros para la familia de la joven. 
					Aunque tampoco se descarta que la calificación final 
					apuntase al delito de homicidio con abuso de superioridad, 
					según fuentes cercanas al caso.  
					 
					El lamentable suceso tuvo lugar el 15 de julio de 2009 en el 
					domicilio familiar, situado en las inmediaciones de la 
					barriada La Reina, cuando la joven falleció en manos de su 
					pareja, actual acusado. De la autopsia realizada por los 
					forenses, la autoridad judicial y las partes implicadas en 
					el procedimiento pudieron saber que la joven fue 
					estrangulada, al parecer, sin posibilidad de defenderse 
					puesto que fue atacada por detrás. En sus declaraciones ante 
					el juez y la Policía, el presunto autor del crimen argumentó 
					que el día de los hechos estaba borracho y drogado, alegando 
					que todo había sucedido muy rápido y que su intención no era 
					matarla. Motivo este último por el que la calificación de la 
					Fiscalía, la defensa o la acusación particular podría 
					caminar entre los delitos de asesinato u homicidio. El 
					imputado fue detenido el mismo día de los hechos, horas más 
					tarde, en su propio domicilio, una vez que su hermano, desde 
					Barcelona, alertó a la Policía de las intenciones que él 
					mismo le confesó.   
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					El sorteo para configurar el tribunal popular, compuesto por 
					nueve ciudadanos y dos suplentes, el próximo mes 
					El Tribunal del Jurado, como 
					institución para la participación de los ciudadanos en la 
					Administración de Justicia, será competente para el 
					conocimiento y fallo de las causas por los delitos 
					tipificados en los siguientes preceptos del Código Penal: 
					homicidio, amenazas, omisión del deber de socorro, 
					allanamiento de morada, incendios forestales, infidelidad en 
					la custodia de documentos, cohecho, tráfico de influencias, 
					malversación de caudales públicos, fraudes y exacciones 
					ilegales, negociaciones prohibidas a funcionarios públicos e 
					infidelidad en la custodia de los presos. Tal y como refleja 
					la propia Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal 
					del Jurado, éste estará conformado por nueve ciudadanos y un 
					magistrado integrante de la Audiencia Provincial, que lo 
					presidirá. Al juicio del jurado asistirán, además, dos 
					jurados suplentes. La función de los jurados será la de 
					emitir el veredicto declarando probado o no probado el hecho 
					justiciable que el magistrado-presidente haya determinado 
					como tal, así como aquellos otros hechos que decidan incluir 
					en su veredicto y no impliquen variación.  
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