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					Una joven, cuyas iniciales son M.J.A.L aceptó ayer una 
					condena a seis meses de prisión sustituible por una multa a 
					pagar 6 euros diarios durante doce meses por un delito de 
					estafa tipificado en los artículos 248 y 249 del Código 
					Penal. La sanción asciende a un total de 2.160 euros. 
					 
					Los hechos se produjeron los días 17 y 19 de marzo de 2010, 
					cuando usó la tarjeta de su compañera de piso para sacar de 
					la cuenta bancaria de esta 250 y 350 euros. 
					 
					La joven no tiene antecedentes penales, devolvió el dinero a 
					su compañera y ayer aceptó la sentencia de conformidad, esto 
					es, se mostró conforme a aceptar la pena rebajada de la que 
					inicialmente había solicitado la Fiscalía. Concretamente, el 
					Ministerio Fiscal retiró la acusación delictiva de 
					allanamiento de morada. También le culpaba de ese delito 
					antes de celebrar el juicio el abogado de la acusación 
					particular, que actuó en nombre de la perjudicada. Esta 
					acudió al Juzgado de lo Penal 2, que fue el que convocó la 
					vista, pero no tuvo que entrar a declarar al producirse la 
					conformidad. 
					 
					La sentencia tuvo en cuenta el agravante de abuso de 
					confianza y la atenuante de reparación del daño causado. 
					 
					Por otro lado, la jueza ordenó el pago de 500 euros a la 
					víctima por los daños morales sufridos por esta, además del 
					pago de la mitad de las costas judiciales. 
					 
					Al finalizar la corta vista que se celebró ayer, la jueza 
					concedió a la joven el pago aplazado de los 2.160 euros de 
					la multa en doce mensualidades de 180 euros e indicó los 
					procedimientos para abonar esas cantidades y las que pagará 
					por los daños morales a su compañera. 
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