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OPINIÓN - JUEVES, 12 DE MAYO DE 2011

 
REPLICA A UGT

¿Acoso a una trabajadora por parte de la Dirección Provincial del Ministerio de Educación?

Por Antonio Ramírez Fernández*


El día 10 de mayo se recibe en esta Dirección el escrito de una trabajadora de la Dirección Provincial del Ministerio de Educación, en el cual nos dice que desde su sindicato (UGT) se van a interponer acciones legales contra esta Dirección Provincial por entender que se está cometiendo contra ella una clara persecución personal y sindical por ser miembro de UGT en el Comité de Empresa del Personal Laboral de Educación.

Al día siguiente, 11 de mayo, se publica una noticia cuyo titular es: “UGT ve “acoso” en una decisión del Ministerio de Educación.

Ante estas mentiras vertidas tanto por UGT como por la trabajadora, como máximo responsable de los trabajadores quiero hacer las siguientes puntualizaciones:

El motivo de esta falsa acusación es el traslado temporal de esta trabajadora a otro centro docente por necesidades del servicio y ante el acuerdo a que se llegó a principio del curso entre los trabajadores y la Dirección Provincial. Hecho que bajo ningún concepto puede estar catalogado como persecución laboral o acoso, ya que si nos atenemos a las definiciones que sobre estos conceptos dan los especialistas en el tema nos encontramos:

La persecución laboral se caracteriza por ser producida por numerosos pequeños ataques de apariencia inofensiva a lo largo del tiempo.

Se define la Persecución laboral como toda conducta cuyas características de reiteración o evidente arbitrariedad permitan inferir el propósito de inducir la renuncia del empleado o trabajador, mediante la descalificación, la carga excesiva de trabajo y cambios permanentes de horario que puedan producir desmotivación laboral.

Asimismo, el acoso laboral o “mobbing “, define una situación de hostigamiento que sufre un trabajador sobre el que se ejercen conductas de violencia psicológica de forma prolongada y que le conducen al extrañamiento social en el marco laboral , le causan enfermedades psicosomáticas y estados de ansiedad y, en ocasiones, provocan que abandone el empleo al no poder soportar el estrés al que se encuentra sometido.

Quedando claro con estas definiciones que ni ha habido ahora, ni en ningún otro momento, acoso ni persecución laboral por parte de la Dirección Provincial, exijo a UGT y a la trabajadora que demuestren si desde esta Dirección Provincial se ha ejercido conductas de violencia psicológica de forma prolongada, si ha habido reiteración en actitudes contra esta trabajadora, cuantas bajas médicas ha tenido por enfermedades psicosomáticas y estados de ansiedad, cuántas veces ha abandonado el trabajo al no poder soportar el estrés al que supuestamente se encuentra sometida...

No hay constancia en esta Dirección Provincial de nada de esto. Lo único que hay son acusaciones falsas, ante el hecho aislado antes mencionado.

Por ello, exijo a UGT y a la trabajadora que rectifiquen públicamente las acusaciones vertidas contra esta Dirección Provincial ya que en caso contrario será esta Dirección Provincial quien adopte las medidas legales contra quien injurian y calumnian a esta Institución y por consiguiente a mi persona como responsable de las decisiones que se adoptan contra los trabajadores. No descarto, a nivel personal, el adoptar medidas legales contra ambos.

*Antonio Ramírez Fernández es secretario general de la Dirección Provincial del Ministerio de Educación en Ceuta
 

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