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					Trece años después de que casi 40 personas perdieran la 
					señal que habían dado para adquirir viviendas que nunca se 
					construyeron, los responsables de aquella promoción se han 
					sentando en el banquillo imputados por un delito de 
					apropiación indebida. La sección VI de la Audiencia 
					Provincial será la encargada de dictar sentencia. 
					 
					Trece años son los que han hecho falta para que los 
					afectados por el caso ‘Llano de las Damas’ hayan visto en el 
					banquillo a aquellos que llevaron a cabo la promoción de 
					unas viviendas que nunca se construyeron y por las que casi 
					40 personas pagaron cantidades de hasta un millón y medio de 
					pesetas en concepto de señal.  
					 
					La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta 
					acogió ayer la vista en la que Agustín Malia, Antonio 
					Martín, Carlos Sánchez, José Ramón Carabante y Carlos 
					Bárcena, fueron juzgados por un presunto delito de 
					apropación indebida, tras la retirada del Ministerio Fiscal 
					de la acusación de estafa, por la que también se les 
					imputaba.  
					 
					El juicio, que comenzó en torno a las 11 de la mañana, se 
					inició con la absolución de uno de los acusados, Carlos 
					Sánchez, que solamente participó en la vista como testigo. 
					De los otros cuatro procesados, tanto Carabante como Bárcena, 
					llegaron a un acuerdo con la Fiscalía por el cual ambos 
					admitían el uso del dinero depositado por los compradores de 
					las viviendas para otros fines ajenos a la construcción de 
					las mismas y asumían la indeminzación que se les fijará 
					cuando se dicte sentencia. Ambos contestaron a las preguntas 
					del Ministerio Fiscal y de sus abogados, sin embargo, se 
					acogieron a su derecho a no declarar ante las preguntas de 
					los letrados de los otros dos imputados. Tras la 
					declaración, los dos se marcharon de la sala.  
					 
					Por su parte, tanto Malia como Martín defendieron su 
					inocencia durante un proceso en el que se retomó el caso 
					desde la creación de la sociedad que iba a construir las 
					viviendas en Llano de las Damas, la empresa ‘Orsino 
					Innovaciones’. En ella participaban Carlos Bárcenas (60%), 
					Antonio Martín (30%) y Agustín Malia (10%), mientras que su 
					administrador, desde octubre de 1997 hasta el 27 de febrero 
					de 1998, fue Carabante. Durante este período se realizaron 
					todas las operaciones de compraventa de las viviendas, a 
					través de la comercializadora ‘Multiservicios Financieros’ 
					cuyos propietarios eran Malia y Sánchez.  
					 
					Sin administrador ni dinero 
					 
					En febrero, en junta extraordinaria de ‘Orsino’ se decidió 
					el cese de Carabante, una operación que Malia afirma que 
					desconocía en aquel momento, ya que creía estar firmando la 
					venta de las acciones que tenía en la sociedad. Tras este 
					cambio de administración desapareció todo el dinero que 
					había en las cuentas de ‘Orsino’, donde los propietarios de 
					las viviendas habían depositado la señal y letras de los 
					inmuebles adquiridos.  
					 
					La construcción nunca se llegó a iniciar, ya que faltaba 
					escriturar el terreno, del que ‘Orsino’ sólo había 
					conseguido los derechos de superficie. Sin embargo, los 
					propietarios no recibieron el dinero que ya habían entregado 
					como adelanto. Durante más de una década, los afectados han 
					intentando recuperar un abono del que nadie se hizo 
					responsable ya que el dinero ‘desapareció’ del banco después 
					de que Carabante lo transfiriera a otra cuenta, según contó 
					en su declaración Malia, quien aseguró que el administrador 
					era el “único que podía disponer de dinero” y el que daba 
					las órdenes, a pesar de no contar con ninguna participación 
					en la empresa. Sin embargo, los damnificados no dudaron en 
					increpar a Malia a las puertas de la Audiencia, reclamándole 
					el dinero de sus viviendas.  
					 
					Los tres perjudicados del caso ‘Llano de las Damas’ que 
					declararon en la vista de ayer señalaron a Malia como la 
					persona que tramitó los contratos de compraventa. Estos 
					venían firmados por Carabante o Malia, que en ausencia del 
					primero se ocupaba de formalizar este trámite. 
					 
					Por su parte, Martín, que entró en ‘Orsino’ con el objetivo 
					de ser el arquitecto técnico de la obra en Llano de las 
					Damas afirmó que Carabante le había “estafado 12 millones”, 
					los que entregó para formar parte de la sociedad. “Bárcenas 
					(el socio mayoritario de Orsino) era el hombre de paja de 
					Carabante que dominaba toda la sociedad”, manifestó Martín. 
					Sin embargo, Carabante aseguró que después de su marcha 
					“quedaba dinero en las cuentas” y que no conocía el paradero 
					de los fondos. No obstante, el empresario asumió hace unos 
					meses el pago de la deuda que se contrajo con las personas 
					que adquirieron los inmuebles que nunca se llegaron a 
					construir.  
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					Entre el delito de apropiación indebida y la absolución 
					Después de casi cuatro horas de 
					juicio, y un descanso para la comida, tanto la Fiscalía como 
					los abogados de Malia y Martin procedieron a exponer sus 
					conclusiones. No se encontraban en la sala los letrados de 
					los otros dos acusados que se marcharon durante la mañana 
					tras la declaración de sus representados, ya que ambos 
					habían llegado a un acuerdo con la Fiscalía.  
					 
					Aunque en un principio, el Ministerio Fiscal contempló en la 
					acusación el delito de estafa, finalmente se retiró al 
					entender el fiscal que los responsables de ‘Orsino’ tuvieron 
					la intención de construir las viviendas en un principio y 
					por tanto la promoción urbanística no se hizo con la 
					intención de provocar un perjuicio patrimonial mediante 
					engaño y con ánimo de lucro. No obstante, la Fiscalía 
					mantuvo la acusación por apropación indebida, un delito por 
					el que se pueden dictar penas prisión de seis meses a cuatro 
					años. Ambos acusados negaron este delito, por el que sus 
					abogados pidieron la absolución, al entender que ambos 
					fueron la ‘cara visible’ de unas acciones que no 
					controlaban, ya que la defensa argumentó que la mano 
					ejecutora fue Bárcena, quien “compró el terreno”. El juicio 
					ha quedado visto para sentencia. 
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