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melilla - DOMINGO, 5 DE JUNIO DE 2011

 

juicio

La Justicia condena a la hija de Aberchán por agresión

MELILLA
Paqui Sánchez T.

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El Juzgado de Instrucción número 4 de Melilla ha condenado a N.H., la hija de Mustafa Aberchán, por agredir y amenazar a Ikram Aanán, una de las principales testigos del caso voto por correo, en el que están imputados 27 responsables de PSOE y Coalición por Melilla (CPM), entre ellos la propia N.H. Según la sentencia emitida ayer, a la que ha tenido acceso MELILLA HOY, la hija de Aberchán ha sido condenada a pagar 750 euros en multas, 150 euros de indemnización y las costas procesales. Además, tampoco podrá acercarse a menos de 200 metros a Aanán ni comunicarse con ella en un periodo de seis meses. En esta sentencia, además, Aanán ha sido absuelta de la denuncia de N.H. porque el testimonio de ésta durante el juicio celebrado el pasado 31 de mayo estuvo plagado de “serias contradicciones” que no lo hacían “limpio”.

Se considera como un hecho probado que el 26 de mayo, en torno a las 20,15 horas, Ikram Aanán circulaba con su coche por la Avenida Juan Carlos I e iba muy despacio porque había una retención de tráfico. Estando parada con su coche, “se acercó N.H. y dio un fuerte golpe en el capó del vehículo de Ikram [...] e inmediatamente después, comenzó a dar manotazos directamente sobre el rostro de Ikram hasta que fue retirada” por dos testigos a los que Ikram estaba saludando en ese momento.

La jueza también considera probado que la hija de Aberchán “le decía a Ikram, al tiempo que le agredía, ‘hija de puta, te juro que te tengo que matar’” y que como consecuencia de esta pelea, Ikram Aanán sufrió varias lesiones, concretamente unos arañazos en la mejilla y el cuello, así como una crisis de ansiedad. Además, la sentencia también considera probado que “durante la agresión, N.H. se produjo lesiones”, al parecer porque en la pelea “llegó a introducir parte del cuerpo” por la ventanilla del coche de Ikram Aanán. Como consecuencia de estos hechos probados, la jueza titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Melilla ha condenado a N.H. por una falta de lesiones, por la que tendrá que pagar una indemnización de 150 euros a Ikram Aanán y una multa de 600 euros, a razón de 10 euros durante 60 días, que en caso de impago conllevará privación de libertad un día por cada dos cuotas no satisfechas.

Asimismo, la sentencia considera a N.H. autora una una falta de amenazas, por la que la condena a una multa de 150 euros, a razón de 10 euros durante 15 días, y a la prohibición de acercarse a Ikram Aanán a menos de 200 metros o comunicarse con ella durante seis meses, ya que ésta manifestó que tenía “mucho miedo y se le nota en su versión”.

La hija de Aberchán también tendrá que pagar las costas procesales según la sentencia, contra la que cabe recurso ante la Audiencia Provincial en un plazo de cinco días.

Por su parte, la sentencia absuelve a Ikram Aanán de la denuncia que contra ella había interpuesto N.H. Según la jueza, la versión de la hija de Aberchán es “claramente contradictoria” con la expuesta por la principal testigo del caso voto por correo. Sin embargo, tras escuchar los testimonios de ambas, la jueza resolvió que Ikram Aanán fue “coherente en todo momento con la versión dada en la Comandancia de la Guardia Civil”, y que además fue corroborada por los dos testigos a los que estaba saludando en el momento de los hechos.

En cambio, “N.H. incurre en serias contradicciones con la versión de los hechos que dio en la Comisaría de Policía Nacional” y, además, en su declaración durante el juicio, protagonizó “varios titubeos” que se unieron al hecho de que su testigo hizo una declaración plagada de “contradicciones básicas y burdas” debido a que “no estaba en el lugar de los hechos y, por ello, no pudo ver la agresión ni nada”.

Según la jueza, todo ello “hace indicar que la versión de los hechos dada por N.H. obedece a una denuncia para evitar ser denunciada y a la utilización incorrecta del ordenamiento jurídico”.

La sentencia cree que la agresión de N.H. no está relacionada con el caso del voto por correo, sino porque “hay muchos motivos de enemistad, políticos sobre todo, [...] que pudieran obedecer al resultado del último proceso electoral o a las manifestaciones de una u otra en los medios de comunicación”. Por esta razón, la jueza desestimó la petición de Ikram Aanán para que se calificaran estos hechos como un delito de obstrucción a la Justicia, dada su condición como testigo protegido del caso voto por correo.
 

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