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					El Juzgado de Instrucción número 4 de Melilla ha condenado a 
					N.H., la hija de Mustafa Aberchán, por agredir y amenazar a 
					Ikram Aanán, una de las principales testigos del caso voto 
					por correo, en el que están imputados 27 responsables de 
					PSOE y Coalición por Melilla (CPM), entre ellos la propia 
					N.H. Según la sentencia emitida ayer, a la que ha tenido 
					acceso MELILLA HOY, la hija de Aberchán ha sido condenada a 
					pagar 750 euros en multas, 150 euros de indemnización y las 
					costas procesales. Además, tampoco podrá acercarse a menos 
					de 200 metros a Aanán ni comunicarse con ella en un periodo 
					de seis meses. En esta sentencia, además, Aanán ha sido 
					absuelta de la denuncia de N.H. porque el testimonio de ésta 
					durante el juicio celebrado el pasado 31 de mayo estuvo 
					plagado de “serias contradicciones” que no lo hacían 
					“limpio”. 
					 
					Se considera como un hecho probado que el 26 de mayo, en 
					torno a las 20,15 horas, Ikram Aanán circulaba con su coche 
					por la Avenida Juan Carlos I e iba muy despacio porque había 
					una retención de tráfico. Estando parada con su coche, “se 
					acercó N.H. y dio un fuerte golpe en el capó del vehículo de 
					Ikram [...] e inmediatamente después, comenzó a dar 
					manotazos directamente sobre el rostro de Ikram hasta que 
					fue retirada” por dos testigos a los que Ikram estaba 
					saludando en ese momento.  
					 
					La jueza también considera probado que la hija de Aberchán 
					“le decía a Ikram, al tiempo que le agredía, ‘hija de puta, 
					te juro que te tengo que matar’” y que como consecuencia de 
					esta pelea, Ikram Aanán sufrió varias lesiones, 
					concretamente unos arañazos en la mejilla y el cuello, así 
					como una crisis de ansiedad. Además, la sentencia también 
					considera probado que “durante la agresión, N.H. se produjo 
					lesiones”, al parecer porque en la pelea “llegó a introducir 
					parte del cuerpo” por la ventanilla del coche de Ikram Aanán. 
					Como consecuencia de estos hechos probados, la jueza titular 
					del Juzgado de Instrucción número 4 de Melilla ha condenado 
					a N.H. por una falta de lesiones, por la que tendrá que 
					pagar una indemnización de 150 euros a Ikram Aanán y una 
					multa de 600 euros, a razón de 10 euros durante 60 días, que 
					en caso de impago conllevará privación de libertad un día 
					por cada dos cuotas no satisfechas. 
					 
					Asimismo, la sentencia considera a N.H. autora una una falta 
					de amenazas, por la que la condena a una multa de 150 euros, 
					a razón de 10 euros durante 15 días, y a la prohibición de 
					acercarse a Ikram Aanán a menos de 200 metros o comunicarse 
					con ella durante seis meses, ya que ésta manifestó que tenía 
					“mucho miedo y se le nota en su versión”.  
					 
					La hija de Aberchán también tendrá que pagar las costas 
					procesales según la sentencia, contra la que cabe recurso 
					ante la Audiencia Provincial en un plazo de cinco días. 
					 
					Por su parte, la sentencia absuelve a Ikram Aanán de la 
					denuncia que contra ella había interpuesto N.H. Según la 
					jueza, la versión de la hija de Aberchán es “claramente 
					contradictoria” con la expuesta por la principal testigo del 
					caso voto por correo. Sin embargo, tras escuchar los 
					testimonios de ambas, la jueza resolvió que Ikram Aanán fue 
					“coherente en todo momento con la versión dada en la 
					Comandancia de la Guardia Civil”, y que además fue 
					corroborada por los dos testigos a los que estaba saludando 
					en el momento de los hechos.  
					 
					En cambio, “N.H. incurre en serias contradicciones con la 
					versión de los hechos que dio en la Comisaría de Policía 
					Nacional” y, además, en su declaración durante el juicio, 
					protagonizó “varios titubeos” que se unieron al hecho de que 
					su testigo hizo una declaración plagada de “contradicciones 
					básicas y burdas” debido a que “no estaba en el lugar de los 
					hechos y, por ello, no pudo ver la agresión ni nada”. 
					 
					Según la jueza, todo ello “hace indicar que la versión de 
					los hechos dada por N.H. obedece a una denuncia para evitar 
					ser denunciada y a la utilización incorrecta del 
					ordenamiento jurídico”. 
					 
					La sentencia cree que la agresión de N.H. no está 
					relacionada con el caso del voto por correo, sino porque 
					“hay muchos motivos de enemistad, políticos sobre todo, 
					[...] que pudieran obedecer al resultado del último proceso 
					electoral o a las manifestaciones de una u otra en los 
					medios de comunicación”. Por esta razón, la jueza desestimó 
					la petición de Ikram Aanán para que se calificaran estos 
					hechos como un delito de obstrucción a la Justicia, dada su 
					condición como testigo protegido del caso voto por correo.  
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