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					Seguro que a todos, en alguna ocasión, nos han recetado un 
					medicamento genérico. Muchas personas aún piensan que se 
					trata de medicamentos de menor calidad que los que tiene una 
					marca concreta, porque son más baratos. Sin embargo debemos 
					confiar plenamente en ellos como en cualquier otro 
					medicamento comercializado. En este artículo se explica qué 
					son y se detallan sus características, para ayudar a 
					aumentar nuestra confianza en ellos. 
					 
					QUÉ SON Y COMO SE IDENTIFICAN: 
					 
					Los medicamentos genéricos son medicamentos con las mismas 
					características técnicas que los correspondientes 
					medicamentos originales de marca. Son intercambiables con 
					ellos y se comercializan una vez ha caducado la patente del 
					medicamento original. 
					 
					La definición legal de medicamento genérico la proporciona 
					la Ley 29/2006, de Garantías y Uso Racional de los 
					Medicamentos y Productos Sanitarios, que los define como 
					“todo medicamento que tenga la misma composición cualitativa 
					y cuantitativa en principios activos y la misma forma 
					farmacéutica, y cuya bioequivalencia con el medicamento de 
					referencia haya sido demostrada por estudios adecuados de 
					biodisponibilidad”. 
					 
					Hay que explicar que la biodisponibilidad será la cantidad y 
					velocidad en que se absorbe el principio activo de un 
					medicamento y se hace disponible en el sitio de acción. Por 
					su parte el principio activo es toda materia, 
					independientemente de su origen, a la que se atribuye una 
					actividad apropiada para constituir un medicamento. 
					 
					Los medicamentos genéricos se identifican por las siglas EFG 
					(Equivalente Farmacéutico Genérico), que aparecen siempre a 
					continuación del nombre del medicamento. Se designan con la 
					denominación del principio activo, acompañada del nombre o 
					marca del fabricante, seguido de las siglas EFG. El nombre 
					del medicamento debe aparecer en su embalaje exterior, y la 
					existencia de estas siglas permite diferenciar claramente a 
					los medicamentos genéricos. 
					 
					DIFERENCIAS CON SUS ORIGINALES DE MARCA: 
					 
					La diferencia más relevante entre un medicamento genérico 
					con su original de marca, además de su denominación, es su 
					menor precio. Esto es debido a que no se repercuten en él, 
					los gastos de investigación de la molécula, es decir, los 
					gastos referidos a los estudios preclínicos y clínicos del 
					medicamento.  
					 
					Otra diferencia, en esta ocasión sin la relevancia de las 
					anteriores, es que en ocasiones, los medicamentos genéricos 
					pueden tener diferente apariencia (color, tamaño, etc.) a la 
					del medicamento original de marca, y diferentes excipientes. 
					No olvidemos que los excipientes no tienen actividad 
					farmacológica y que se añaden al medicamento para facilitar 
					su preparación y estabilidad, modificar sus propiedades 
					organolépticas o determinar las propiedades del medicamento 
					y su biodisponibilidad. En cualquier caso, siempre han de 
					tener la misma composición cualitativa y cuantitativa en 
					principios activos, demostrar su bioequivalencia con el 
					medicamento original y presentar la misma forma farmacéutica 
					(comprimidos, cápsulas, grageas, etc.). 
					 
					VENTAJAS Y CARACTERÍSTICAS DE LOS GENÉRICOS: 
					 
					Las principales ventajas de los medicamentos genéricos son 
					la experiencia de uso en la práctica clínica, porque su 
					principio activo lleva al menos 10 años en el mercado, y el 
					ahorro que suponen, porque su menor precio se traduce en un 
					beneficio directo para el ciudadano al pagar menos por el 
					medicamento, y porque contribuyen a racionalizar el gasto 
					público en medicamentos, sin verse afectada la calidad y la 
					eficacia de la prestación farmacéutica.  
					 
					Los medicamentos genéricos tienen la misma calidad, eficacia 
					y seguridad que todos los medicamentos de uso humano 
					fabricados industrialmente. Todos los medicamentos para ser 
					autorizados por la Agencia Española de Medicamentos y 
					Productos Sanitarios, deben cumplir con los requisitos 
					establecidos de calidad, seguridad y eficacia y con los 
					controles posteriores a su comercialización. La Agencia 
					exige a un medicamento genérico los mismos requisitos que 
					para un medicamento original, excepto los estudios 
					preclínicos y clínicos del principio activo (que están ya 
					realizados para el medicamento original de marca), siendo 
					sólo exigible la realización de estudios de 
					biodisponibilidad. 
					 
					Los medicamentos genéricos son intercambiables por sus 
					originales de marca porque ya han demostrado su 
					bioequivalencia terapéutica con el medicamento original de 
					marca que le sirve de referencia, y porque garantiza de los 
					mismos efectos, y en el mismo periodo de tiempo, que el 
					medicamento original de marca.  
					 
					El farmacéutico, con carácter general, siempre dispensará el 
					medicamento prescrito por el médico. De forma excepcional 
					(desabastecimiento o razones de urgente necesidad), el 
					farmacéutico podrá sustituirlo por el de menor precio. En 
					todo caso, deberá tener igual composición, forma 
					farmacéutica, vía de administración y dosificación. El 
					farmacéutico informará siempre al paciente sobre la 
					sustitución y se asegurará de que conoce el tratamiento 
					prescrito por el médico. En los casos en que se indique en 
					la receta simplemente el principio activo, el farmacéutico 
					dispensará el medicamento que tenga menor precio y, en caso 
					de igualdad de precio, el genérico, si lo hubiere. 
					 
					No todos los medicamentos de marca comercializados en España 
					tienen su correspondiente versión genérica. El motivo es que 
					la autorización de comercialización de los medicamentos 
					genéricos, se realiza en base a la petición de un 
					laboratorio farmacéutico, una vez haya caducado su patente. 
					Si no existe tal petición, no existirá el genérico. 
					 
					Farmacéutico de la Consejería de Sanidad y Consumo y 
					Coordinador del Grupo de Trabajo de Uso Racional de los 
					Medicamentos 
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