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			PORTADA DE HOY 
			 
			  
			  			
			  
			  
			   			
			  
			  
			  			
			  
			  
			
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					ACTUALIDAD - LUNES, 13 
					DE JUNIO DE 2011  | 
                		 
						
											
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					el presunto asesino. archivo.  | 
													
							
								
									
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										tribunales 
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										El presunto asesino de Ikram, juzgado 
										mañana en la Sección VI de la Audiencia  | 
									 
									
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							 Fiscalía 
							y defensa podrían llegar a un acuerdo previo al acto 
							del juicio por lo que, en ese caso, se disolvería el 
							Tribunal del Jurado y el magistrado dictaría 
							sentencia al instante 
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					CEUTA 
                      Cristina Marzán 
                      
					ceuta@elpueblodeceuta.com  | 
                		 
						
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					La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta 
					acogerá desde mañana el juicio por el que el presunto 
					asesino de la joven Ikram, supuestamente estrangulada a 
					manos de su pareja, deberá esclarecer los hechos por los que 
					la Fiscalía le imputa un delito de asesinato y por el que 
					pide 20 años de prisión. Para la cita está prevista la 
					constitución de un Tribunal del Jurado para que emita su 
					veredicto sobre la causa aunque en el caso de que el 
					representante del Ministerio Fiscal y la defensa llegasen a 
					un acuerdo, este comité de ciudadanos se disolvería así como 
					los cuatro días de señalamiento previstos para el juicio.
					 
					 
					El presunto asesino de la joven Ikram ocupará mañana el 
					banquillo de los acusados de la Sección VI de la Audiencia 
					Provincial de Cádiz en Ceuta para ser juzgado por un 
					Tribunal del Jurado, que será quien decida, en última 
					instancia, la culpabilidad o inocencia del salvadoreño, 
					esposo de la fallecida supuestamente estrangulada por este.
					 
					 
					Sobre el imputado recae la acusación del Ministerio Fiscal y 
					la acusación particular ejercida por la familia de la ceutí, 
					y las peticiones a las que se enfrentaría Marvin Juárez 
					suman los 20 años por el delito de asesinato con el 
					agravante de parentesco, y una indemnización de 120.000 
					euros para la hija menor del matrimonio y otros 60.000 euros 
					para la familia de la joven.  
					 
					Pese a que el juicio está previsto hasta el próximo día 16, 
					es decir, cuatro sesiones, tanto las acusaciones como la 
					defensa podría llegar a un acuerdo previo al acto del juicio 
					a través de la figura jurídica de la conformidad en cuyo 
					caso sería antes de iniciar la vista, por lo que se 
					disolvería el comité de ciudadanos convocados, según dispone 
					la propia Ley orgánica 5/1995, de 22 de mayo del Tribunal 
					del Jurado, en su artículo 50. 
					 
					El lamentable suceso tuvo lugar el 15 de julio de 2009 en el 
					domicilio familiar, situado en las inmediaciones de la 
					barriada La Reina, cuando la joven falleció en manos de su 
					pareja, actual acusado. De la autopsia realizada por los 
					forenses, la autoridad judicial y las partes implicadas en 
					el procedimiento pudieron saber que la joven fue 
					estrangulada, al parecer, sin posibilidad de defenderse 
					puesto que fue atacada por detrás. En sus declaraciones ante 
					el juez y la Policía, el presunto autor del crimen argumentó 
					que el día de los hechos estaba borracho y drogado, alegando 
					que todo había sucedido muy rápido y que su intención no era 
					matarla.  
					 
					Motivo este último por el que la calificación de la 
					Fiscalía, la defensa o la acusación particular podría 
					caminar entre los delitos de asesinato u homicidio. El 
					imputado fue detenido el mismo día de los hechos, horas más 
					tarde, en su propio domicilio, una vez que su hermano, desde 
					Barcelona, alertó a la Policía de las intenciones que él 
					mismo le confesó. Los testimonios de los vecinos del bloque, 
					de los que informó el padre de la víctima a este periódico 
					en la fecha de los hechos refirieron que habían “escuchado 
					entrar y salir a ese sujeto dos veces hasta que lo 
					detuvieron, pero ahora dicen que no escucharon gritos ni 
					nada cuando los tabiques de la casa son muy finos y se 
					escucha hasta el sonido de la televisión”.  
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					El jurado popular podría disolverse, tal y como contempla la 
					ley 
					La propia Ley Orgánica 5/1995, de 
					22 de mayo del Tribunal del Jurado contempla que si las 
					partes interesaren que se dicte sentencia de conformidad con 
					el escrito de calificación que solicite pena de mayor 
					gravedad, o con el que presentaren en el acto, suscrito por 
					todas, sin inclusión de otros hechos que los objeto de 
					juicio, ni calificación más grave que la incluida en las 
					conclusiones provisionales, se procedería a la disolución 
					del jurado. Pero la pena conformada no podrá exceder de seis 
					años de privación de libertad, sola o conjuntamente con las 
					de multa y privación de derechos. Además, el 
					magistrado-presidente de la Sala dictará la sentencia que 
					corresponda, atendidos los hechos admitidos por las partes, 
					pero, si entendiese que existen motivos bastantes para 
					estimar que el hecho justiciable no ha sido perpetrado o que 
					no lo fue por el acusado, no disolverá el jurado y mandará 
					seguir el juicio. Asimismo, si el juez entendiese que los 
					hechos aceptados por las partes pudieran no ser 
					constitutivos de delito, o que pueda resultar la 
					concurrencia de una causa de exención o de preceptiva 
					atenuación, no disolverá el jurado, y, previa audiencia de 
					las partes, someterá a aquél por escrito el objeto del 
					veredicto. 
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