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					La magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 dictó ayer 
					sentencia condenatoria contra una mujer que reconoció haber 
					cometido un delito de usurpación, por ello, tendrá que hacer 
					frente a una sanción económica de 180 euros en total y al 
					desalojo de una vivienda en un plazo máximo de un mes.  
					 
					Al parecer, la acusada accedió, de manera ilegal, a una 
					vivienda desocupada situada en la calle Canalejas el uno de 
					abril de 2008, rompiendo la cerradura de la misma.  
					 
					El delito de usurpación viene recogido en el artículo 245 
					del Código Penal que castiga al que ocupare, sin 
					autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos 
					que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra 
					la voluntad de su titular, enfrentando penas de multa de 
					entre tres y seis meses. También pena al que con violencia o 
					intimidación en las personas ocupare una cosa inmueble o 
					usurpare un derecho real inmobiliario de pertenencia ajena, 
					según los dos preceptos del citado artículo. 
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