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sucesos - MARTES, 19 DE JULIO DE 2011


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Piden prisión para dos empresarios por supuesto fraude a Hacienda

Fiscalía los acusa de cerrar el negocio y no devolver el dinero que recibieron a través de una subvención de 585.314 euros, concedida entre PROCESA y el INEM, sin cumplir con las condiciones
 

CEUTA
Cristina Marzán

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La magistrada del Juzgado de lo Penal número uno tuvo que suspender ayer el juicio por el que dos empresarios estaban imputados por un delito contra la Hacienda Pública. La Fiscalía pide prisión para los acusados al entender que recibieron una subvención por parte de PROCESA y el INEM y que no utilizaron ni devolvieron tras cerrar el negocio.

Dos años y seis meses de prisión y una sanción económica de 585.314 euros son las penas que solicita la representante del Ministerio Fiscal en la ciudad para dos ceutíes por el delito contra la Hacienda Pública que les imputa.

El juicio, que se iba a celebrar ayer en el Juzgado de lo Penal número uno, tuvo que ser suspendido por la magistrada ante la incomparecencia de algunos testigos propuestos por la Fiscalía además de uno de los procesados, que no pudo acudir a la vista por cuestiones personales. Por ello, la sesión quedó aplazada hasta el próximo 25 de octubre, sobre las diez y cuarto de la mañana, en dicho órgano judicial.

Los hechos que iban a ser juzgados datan del año 2003, cuando los acusados F.R.A. y J.B.C. solicitaron una subvención a PROCESA y el INEM, al parecer, para una empresa de catering, según el relato que mantiene la Fiscalía. Una vez les fue concedida la prestación por valor de 585.314 euros, los empresarios supuestamente cerraron el negocio sin cumplir las condiciones requeridas para la subvención además de no devolver nada de la misma. Estos hechos fueron calificados por la Fiscalía, entre 2008 y 2009, como constitutivos de un delito contra la Hacienda Pública, recogido en el artículo 305 del Código Penal y que castiga al que, por acción u omisión, defraude a la Hacienda Pública estatal, autonómica, foral o local, eludiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hubieran debido retener, o ingresos a cuenta de retribuciones en especie obteniendo indebidamente devoluciones, o disfrutando beneficios fiscales de la misma forma, siempre que la cuantía de la cuota defraudada, el importe no ingresado de las retenciones o ingresos a cuenta o de las devoluciones o beneficios fiscales indebidamente obtenidos o disfrutados, exceda de ciento veinte mil euros. En este caso, 585.314 euros. Cabe destacar que la Fiscalía ofrecía un acuerdo de condena consistente en 6 meses de prisión y más de 292.000 euros de multa. Posible conformidad que los letrados de la defensa rechazaron como representantes de los imputados.
 


El delito contra la Hacienda Pública, poco usual en la agenda de los Juzgados de lo Penal

El delito contra la Hacienda Pública viene recogido en el artículo 305 del Código Penal aunque en la agenda diaria de los Juzgados de lo Penal de Ceuta no es usual ver este tipo de hechos delictivos y que castiga al que, por acción u omisión, defraude a la Hacienda Pública estatal, autonómica, foral o local, eludiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hubieran debido retener o ingresos a cuenta de retribuciones en especie obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando beneficios fiscales de la misma forma, siempre que la cuantía de la cuota defraudada, el importe no ingresado de las retenciones o ingresos a cuenta o de las devoluciones o beneficios fiscales indebidamente obtenidos o disfrutados exceda de ciento veinte mil euros.
 

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