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sucesos - MARTES, 13 DE SEPTIEMBRE DE 2011


audiencia provincial. archivo.

tribunales
 

Piden cárcel para un abogado
al que acusan de apropiarse de
6.000 euros de su clienta

La Fiscalía solicita dos años de prisión y 900 euros de multa para el letrado, que abonó dicha cuantía a través de un acto de conciliación
 

CEUTA
Cristina Marzán

ceuta
@elpueblodeceuta.com

El representante del Ministerio Fiscal en la ciudad solicitó ayer la pena de dos años de prisión y una multa de 900 euros para un abogado al que acusó de un delito de apropiación indebida, supuestamente, por dejar bajo su custodia alrededor de 6.000 euros que eran de su clienta y que debía ir pagando a una entidad bancaria por un préstamo solicitado en 1987 cuando ésta estaba casada.

Un abogado de la ciudad ocupó ayer el banquillo de los acusados de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta por el delito de apropiación indebida que le imputaba el representante del Ministerio Fiscal en la ciudad y por el que pedía una condena de dos años de prisión y una multa de 900 euros. El acusado, por su parte y en su propia defensa, alegó que el dinero que debía haber abonado a su clienta fue íntegramente repuesto a través de un acto de conciliación.

Los hechos se remontan al año 1987, cuando la denunciante y su ex-marido solicitaron a Caja Madrid una póliza matrimonial como préstamo y que nunca devolvieron tras divorciarse. Motivo por el que la entidad bancaria comenzó a cobrarse la deuda a través de las nóminas del matrimonio. Ella, no conforme, le reclamó a su ex marido parte del dinero en septiembre de 2004 pero el caso se complicó, por que la mujer solicitó los servicios del acusado como abogado, además, hermano de una amiga suya.

Según se desprende del relato de acusación del Ministerio Fiscal, el acusado recibió primero la cantidad de 2.000 euros como fianza de sus servicios y, posteriormente, otros 6.000 euros para un embargo preventivo de la cuenta del esposo.

El acusado se puso en contacto con la procuradora que llevaba el caso cuya respuesta fue negativa para el abogado al ver que “no pintaba bien”. Aún así, con el dinero recibido, el abogado comenzó a gestionar el pago del préstamo en septiembre de 2004 pero en febrero de 2006 lo dejó de abonar, por lo que su cliente, ahora denunciante, le reclamó el dinero que él no le había dado. El 11 de septiembre de 2007, la denunciante contrata a un nuevo letrado para reclamarle al anterior el montante económico adeudado, un total de 6.500 euros. Pero, todo ello, a través de un acto de conciliación entre ambas partes en el que medió el Colegio de Abogados de la ciudad. Pero, ante la negativa del procesado, el 9 de diciembre de 2008, la denunciante interpuso una querella para iniciar el procedimiento judicial. Por lo que, acto seguido, el imputado abonó toda la cuantía.

De manera inicial, la Fiscalía dictó el sobreseimiento de la causa al comprobar que la devolución del dinero se había efectuado pero la denunciante, no conforme con la resolución judicial, presentó un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que reabrió la causa al entender que los hechos eran constitutivos de un delito de apropiación indebida, recogido en el artículo 252 del Código Penal, según el cual serán castigados los que, en perjuicio de otro, se apropiaren o distrajeren dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble o activo patrimonial que hayan recibido en depósito, comisión o administración, o por otro título que produzca obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido, cuando la cuantía de lo apropiado exceda de cuatrocientos euros.

Una vez finalizados los interrogatorios y los informes, los magistrados de la Sala dejaron el juicio visto para sentencia.
 

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