| 
                     
					El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 
					continúa con la investigación del trágico suceso que acabó 
					con la vida de un trabajador indocumentado cuando manejaba 
					un dumper a falta de la declaración, como testigos, de dos 
					agentes de Policía que se encuentran en Palma de Mallorca y 
					la presentación, por parte de los imputados, de sus 
					compañías aseguradoras para la responsabilidad civil del 
					accidente laboral.  
					 
					De manera provisional, la Fiscalía acusa a los empresarios 
					de ‘Almacenes de Ceuta, S.L’ de un delito contra la 
					seguridad de los trabajadores en concurso con un delito de 
					homicidio imprudente, al tratarse de la muerte de un 
					trabajador indocumentado contratado por dicha empresa que 
					desempeñaba su trabajo en el techo de un almacén, “sin que 
					contara con permiso de trabajo ni medida de protección 
					alguna ni individual ni colectiva que evitara el riesgo de 
					caída”, según se desprende del escrito al que ha tenido 
					acceso EL PUEBLO que, además añade que “el andamio que le 
					permitía la subida al tejado donde se practicaban los 
					trabajos no contaba con las medidas ni requisitos adecuados 
					a la normativa laboral”. 
					 
					Los hechos ocurrieron sobre las 17:00 horas del 3 de mayo de 
					2008 en las inmediaciones del Polígono la Chimenea cuando el 
					operario se encontraba manejando un dumper. El trabajador, 
					además, prestaba servicios por cuenta ajena para la empresa 
					municipal Obimace, motivo por el que también ha declarado en 
					la instrucción del caso, como imputado, el administrador 
					único de la empresa municipal. 
					 
					Según los resultados de su autopsia, la muerte se produjo 
					por aplastamiento de la cabeza, la cual se encontraba entre 
					el bastidor exterior de la cabina del conductor y la tolva o 
					volquete. El trabajador, que era conductor, se bajó del 
					mismo y por causas desconocidas situó la cabeza entre el 
					bastidor exterior y la tolva que se encontraba semiabierta. 
					Por los indicios existentes, detalla la Fiscalía, “parece 
					que mientras el trabajador operaba entre el bastidor 
					exterior y el hueco dejado por la tolva semiabierta, quizás 
					porque resbalaba, porque sintiese un mareo o simplemente por 
					error, golpeó la palanca hacia abajo cayendo la tolva que 
					aplastó su cabeza”.  
					 
					Por ello, dentro de las pruebas incluidas en la causa, 
					consta el análisis de la documentación del vehículo por lo 
					que se investiga si el trabajador no llevaba casco de 
					seguridad, si el trabajador estaba contratado como peón 
					ordinario y se encontraba manejando un equipo móvil que 
					necesitaba formación específica, si el fallecido tenía 
					formación o información de los riesgos y si era apto para 
					realizar el trabajo de manipulación de un equipo móvil que 
					se define como vehículo. También se ha incluido en la 
					investigación un nuevo informe de la Inspección de Trabajo 
					en el que se determina que la empresa tenía contratada el 
					servicio de prevención de riesgos con una empresa ajena, 
					GRUPO MGO S.A, que la evaluación de riesgos por parte de 
					esta empresa no recoge los riesgos derivados de actividades 
					de limpieza y saneamiento, que es la que realizaba el 
					trabajador, ni tampoco los riesgos derivados de la 
					utilización del vehículo dumper. Además, tampoco se acredita 
					la formación del trabajador en prevención de riesgos 
					laborales para la utilización de equipos automotores, ni si 
					que el mismo portase equipo de protección individual. Este 
					es el motivo por el que declararon, en calidad de imputados, 
					los representantes de la empresa de prevención de riesgos 
					laborales, así como la del capataz de la obra en la 
					desempeñaba sus tareas el trabajador que resultó muerto. 
   |