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					La sala de la Sección VI Audiencia Provincial en Ceuta juzgó 
					ayer a J.M.B.F por un delito de corrupción de menores. La 
					Fiscalía acusaba al imputado de poseer archivos con 
					contenidos pedófilos que a su vez había intercambiado a 
					través de la red. Los hechos fueron reconocidos por el 
					acusado, que se conformó con la pena que le impuso el 
					juzgado, un año de prisión que finalmente fue suspendido y 
					sustituido por un curso de formación sexual con carácter 
					obligatorio. 
					 
					La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz acogió 
					ayer el juicio por corrupción de menores, en el que el 
					acusado, J.M.B.F., se enfrentaba a un delito penado con 
					hasta cinco años de cárcel. No obstante, la Fiscalía pidió 
					la condena mínima por este delito contemplado en el artículo 
					189 del Código Penal, un año de prisión con el que el 
					imputado se conformó.  
					 
					El acusado reconoció ante el juez los hechos que se le 
					imputaban. Así, J.M.B.F. confirmó que los casi 600 archivos 
					de contenido pornográfico que los agentes de las Fuerzas y 
					Cuerpos de Seguridad del Estado encontraron en su ordenador 
					le pertenecían. De estos ficheros, la mayoría presentaban 
					contenido pedófilo según constaba en el informe de hechos 
					que el juez leyó ante la mirada impertérrita del acusado, de 
					cuyo cuerpo sólo salió la voz para reconocer los hechos con 
					un “si”.  
					 
					Los archivos se encontraban distribuidos en distintas 
					carpetas en las que se hacía clara alusión a su contenido 
					con nombres como ‘lolitas’. Además, según recogía el 
					informe, la mayoría de ficheros eran videos en los que 
					aparecían menores, algunos de ellos de muy corta edad en 
					posiciones obscenas, en posturas vejatorias o incluso con 
					contenido pornográfico infantil en el que adultos mantenían 
					relaciones con menores.  
					 
					Además de la descarga de archivos, los agentes que 
					intervinieron el material informático del domicilio de 
					J.M.B.F. encontraron un registro histórico con referencias a 
					descarga e intercambio de contenidos pedófilos desde el 7 de 
					septiembre de 2006, fecha en la que el imputado se había 
					registrado en el programa ‘Emule’, desde donde accedió a los 
					archivos. En el momento del registro domiciliario, que se 
					produjo en 2007, el ordenador del acusado se encontraron 185 
					archivos compartidos en descarga.  
					 
					Después de que el acusado reconociera los hechos, la 
					Audiencia dictó sentencia firme y condenó a J.M.B.F. a un 
					año de prisión por el delito de corrupción de menores. Pero, 
					ante la falta de antecedentes penales la defensa solicitó la 
					suspensión de la pena, ante la que no se opuso el Ministerio 
					Fiscal que si pidió que se conmutara la cárcel por un 
					programa de formación sexual que tendrá carácter de 
					obligatorio. El juzgado aceptó esta sustitución, que se 
					mantendrá en vigor durante dos años. Si durante este tiempo 
					el condenado comete cualquier tipo de delito ingresará 
					inmediatamente en prisión.  
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