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					El pasado 23 de junio el matrimonio compuesto por T.Y. y O.H. 
					fue sorprendido en el puerto cuando el hombre intentaba 
					embarcar junto a su esposa, que carecía de un permiso que le 
					permitiera viajar a la península. El acusado intentaba 
					introducir ilegalmente en el territorio nacional a su mujer 
					valiéndose del documento de un familiar, incurriendo así en 
					dos delitos uno contra el derecho a los extranjeros y otro 
					de falsedad documental. Por el primero la Fiscalía solicitó 
					un año y seis meses de prisión, mientras que por el segundo 
					pidió tres meses de cárcel y tres de multa a razón de tres 
					euros diarios. En total un año y nueve meses, que el juzgado 
					consideró oportuno suspender ante la falta de antecedentes 
					del acusado.  
					 
					En el caso de la segunda imputada, la mujer fue condenada 
					seis meses de prisión y tres de multa a razón de tres euros 
					diarios. Una pena que finalmente fue sustituida por 
					expulsión del territorio nacional durante un periodo de 
					cinco años. 
					 
					No pisar Ceuta 
					 
					Otro de los juicios que se celebraron ayer en la Sección VI 
					de la Audiencia Provincial tenía como imputado a A.M.S. por 
					un delito contra los derechos de los extranjeros. El acusado 
					fue sorprendido el pasado 13 de agosto en el control 
					portuario, cuando se disponía a embarcar con rumbo a 
					Algeciras, con una persona indocumentada. Cuando los agentes 
					se dispusieron a registrar el vehículo en el que viajaba, un 
					Fiat Marea de su propiedad, descubrieron a un inmigrante que 
					A.M.S. pretendía introducir en la península de forma ilegal. 
					Así lo entendió la Fiscalía y lo reconoció el acusado, que 
					en ningún momento negó los hechos.  
					 
					Finalmente, el Ministerio Fiscal solicitó una pena de dos 
					años de prisión, así como el comiso del vehículo donde el 
					imputado pretendía introducir al inmigrante en el territorio 
					nacional. Pena con la que se confirmó el acusado que 
					finalmente no tendrá que ir a la cárcel, al poder suspender 
					la condena por la falta de antecedentes y no exceder esta de 
					dos años. Eso sí, el titular de la Audiencia le prohibió 
					expresamente pasar por Ceuta durante los próximos dos años.  
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