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					La Federación de Servicios Públicos de UGT ha informado a 
					través de una nota de prensa que el Juzgado de lo Social nº1 
					de Ceuta ha fallado a favor de una trabajadora Personal 
					Laboral de Educación, ayudante de Actividades Técnicas y 
					Profesionales, especialidad de cocina. 
					 
					En la nota de prensa enviada a los medios, FSP-UGT resalta 
					que el contencioso estaba motivado por atentar la Dirección 
					Provincial de Educación en Ceuta contra los derechos 
					fundamentales de la trabajadora ya que siendo miembro del 
					Comité de Empresa del Personal Laboral de Educación se le 
					aplicó una movilidad sin cambio de funciones, sin estar esta 
					motivada, en contra de lo que FSP-UGT defendía y defiende. 
					 
					Finalmente, FSP-UGT resalta que también dicho fallo es muy 
					importante porque “la sentencia recoge la definición de 
					centro de trabajo, por cada centro educativo, en contra de 
					la argumentación que mantenía la Dirección Provincial que 
					decía que solamente había un Centro de Trabajo que era la 
					Dirección Provincial, argumentación esta que también apoyaba 
					comisiones obreras que incluso llegó a considerar que dicha 
					movilidad era imparcial y se ajustaba a derecho”. 
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