| 
                     En mi colaboración de hoy 
					compartiré con los lectores de este medio de comunicación 
					algunas reflexiones en relación a la aprobación en la sesión 
					plenaria del pasado lunes de una modificación en el Acuerdo 
					Regulador del régimen de retribuciones de los miembros del 
					Gobierno, Diputados de la Asamblea, Altos Cargos y personal 
					de confianza vigente desde la anterior legislatura, que 
					permitirá a partir de estos momentos acceder al rango de 
					director general a los actuales gerentes de las sociedades 
					municipales sin que se produzca un incremento en el Capítulo 
					Primero del Presupuesto de la Ciudad puesto que, estos 
					profesionales ya ejercen sus labores profesionales en 
					algunas de las áreas encuadradas en el organigrama de la 
					Ciudad Autónoma de Ceuta y por supuesto, sin privar de dicha 
					posibilidad a los funcionarios de los grupos A y B que hasta 
					estos momentos podían desempeñarlas. 
					 
					La modificación del Reglamento mencionado tiene como 
					objetivo prioritario optimizar los recursos humanos ya 
					existentes en la Ciudad puesto que, los gerentes mencionados 
					son profesionales con experiencia consolidada y acreditada 
					competencia profesional, que desempeñan sus labores 
					directivas a plena satisfacción del Ejecutivo local. Es 
					importante puntualizar, que pese a las duras críticas 
					recibidas en los últimos días en relación a una supuesta 
					ilegalidad en dicha modificación como consecuencia directa 
					de la existencia de numerosas sentencias dictadas por el 
					Tribunal Supremo anulando otros nombramientos de 
					funcionarios a “dedo” no es menos cierto, que dichas 
					sentencias incluyen condicionantes que podrían ratificar la 
					legalidad en dichas contrataciones en el caso de que estas 
					estuviesen argumentadas en hechos objetivos y concretos. 
					 
					En definitiva, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta ha 
					actualizado y racionalizado el contenido de una 
					reglamentación obsoleta desde los actuales parámetros de 
					austeridad, con la única intención de optimizar unos 
					recursos humanos de reconocida capacitación, sin incremento 
					alguno en las retribuciones que estos ya perciben aunque, 
					comprometiéndose a cumplimentar escrupulosamente las 
					exigencias planteadas por la legislación vigente a través de 
					diferentes sentencias en relación a que cualquiera de estas 
					contrataciones deberá apoyarse en hechos objetivos y 
					concretos, por lo que no bastarán consideraciones abstractas 
					o genéricos juicios de valor. En definitiva, una 
					modificación incluida en las propuestas de austeridad y 
					racionalidad planteadas en los últimos meses. 
   |