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					El Ministerio de Educación ha modificado finalmente la orden 
					que regula la formación de listas de interinos en Ceuta y 
					Melilla, lo que supone la aceptación de algunos cambios 
					largamente reivindicados y negociados, aunque no todos los 
					que pedían los sindicatos.  
					 
					El sector de enseñanza del sindicato CSI.F ve el cambio 
					positivo, aunque matiza que “no entiende” que no se haya 
					modificado el apartado sobre maternidad. 
					 
					El Ministerio de Educación ha modificado la orden que regula 
					la formación de listas de interinos en Ceuta y Melilla, una 
					reivindicación que los sindicatos ceutíes han defendido 
					durante largo tiempo y que se lleva negociando, al menos 
					desde el pasado mes de abril, y cuyo resultado, aunque 
					positivo en su mayoría, no ha cumplido con todas las 
					expectativas generadas. 
					 
					Entre los cambios, se ha modificado el artículo 3.4, 
					suprimiéndose los párrafos que implicaban la aportación 
					anual de documentación y subsecuente reordenación de los 
					integrantes de las listas. Según explican desde CSI.F esto 
					supone que, “en tanto no se convoquen oposiciones de esa 
					especialidad concreta, los integrantes de las listas 
					mantendrán su lugar en ellas (siempre y cuando cumplan con 
					todas las condiciones para mantenerse)”. 
					 
					Los que se presenten a convocatorias uniprovinciales no se 
					incorporarán a la lista de interinos en tanto no comiencen a 
					trabajar y adquieran la condición de interino. Según ha 
					informado la Dirección Provincial, los participantes de 
					uniprovinciales entrarán en una bolsa de trabajo a la que se 
					acudirá cuando la lista se agote. Además, se añade un 
					apartado nuevo al artículo 5 por el que se regula la 
					documentación que se debe presentar los aspirantes, así como 
					un artículo en el que se otorga al Ministerio la competencia 
					para decidir sobre la validez de los títulos presentados por 
					los aspirantes.  
					 
					El baremo de puntos del Anexo I se modifica en su apartado 
					I, por lo que la experiencia docente pasa a contar de 0,5 a 
					0,6 por año, aunque el máximo de puntos desciende de 7 a 6 
					puntos. 
					 
					Experiencia docente 
					 
					En este punto se ha incluido la experiencia docente en otros 
					cuerpos, mérito que no estaba contemplado hasta ahora. En el 
					apartado II, la puntuación obtenida en la fase de oposición 
					pasa de multiplicarse por 0,4 a multiplicarse por 0,6. Por 
					último se ha modificado el Anexo II sobre titulaciones para 
					adecuarlo a las nuevas enseñanzas de Grado. 
					 
					Si bien ha mostrado su satisfacción por estos cambios, CSI.F 
					ha recordado que no se han incluido entre los cambios otras 
					importantes reivindicaciones como la desvinculación de la 
					interinidad en los centros del exterior de las listas de 
					Ceuta y Melilla o asegurar el mismo puesto de trabajo a las 
					docentes que no puedan incorporarse a la fecha de 
					llamamiento por estar disfrutando de permiso maternal. 
					 
					Por último, volver a establecer el cobro del verano para 
					todos aquellos que hayan trabajado más de cinco meses y 
					medio independientemente de que estén o no trabajando a 30 
					de junio. 
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