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OPINIÓN - DOMINGO, 12 DE FEBRERO DE 2012

 
OPINIÓN / COLABORACIÓN

Una reforma profunda frente al inmovilismo

Por Francisco Márquez de la Rubia (*)


La tan esperada reforma laboral vio la luz ayer por fin al término del Consejo de Ministros. Y la espera mereció la pena porque el Gobierno aprobó la reforma más profunda de la historia de nuestra democracia. No es retórico decir que marca un antes y un después en el proceso de modernización de las relaciones laborales en España. Se trata de la reforma más seria desde 1994 y supone un cambio de sentido muy importante a lo que hasta ahora venía siendo la tendencia general en los cambios de la legislación laboral ya que, por primera vez, lo que se tiene en cuenta es lo que debería ocupar el centro de todo este asunto: la empresa como verdadero órgano generador de empleo.

La reforma es muy amplia en su contenido y verdaderamente compleja. Creo que aborda con valentía aspectos fundamentales. Entre ellos el que ha merecido más la atención de los medios de comunicación en el debut del proyecto de ley es el asunto de los días de indemnización en caso de despido. Creo que centrarse únicamente en esto distorsiona el juicio conjunto sobre el documento y denota que, hasta ahora, la legislación y el concepto del conjunto de los analistas estaba en el “blindaje” de los que ya tenían trabajo, más que en garantizar una legislación laboral que permitiera al tejido empresarial adaptarse a la coyuntura económica, sobrevivir y encontrar estímulos para atreverse a contratar y por tanto crear empleo.

En efecto, todos los contratos indefinidos pasan a tener una indemnización por despido improcedente de 33 días por año. Incluso los vigentes en la actualidad: consolidan los 45 días por año en el tiempo transcurrido hasta ahora, pero desde este momento sólo tendrán derecho a 33 días por año. Además, la indemnización máxima pasa de 42 a 24 meses. Por cierto, merece la pena recordar que el ex presidente Zapatero en su reforma fallida de 2010 ya potenció esta figura de indemnización sin éxito. En la anterior reforma las causas económicas que justificaban el despido con indemnización de 33 días ya estaban, pero no funcionaban porque los jueces podían actuar en función de un criterio muy amplio e inconcreto.

Un despido será procedente y justificado y, por lo tanto, con indemnización de 20 días, cuando la empresa registre una caída de los ingresos durante nueve meses consecutivos y un juez así lo considere. Es una novedad fundamental que incorpora la reforma laboral sobre lo ya conocido. Esto puede suponer que en tiempos de crisis, nacional, sectorial o en su empresa, al empresario se le abarate la reducción de personal (y puede que no tenga que cerrar…). Pero, cuando la economía empiece a mejorar, va a tener también muchos más alicientes para hacer nuevos contratos. Al menos, la legislación laboral no le supondrá un obstáculo para aumentar su plantilla y, por lo tanto, será más fácil que lo haga.

Sin empresas no hay puestos de trabajo. Si se siguen destruyendo empresas, seguirán perdiéndose empleos sin posibilidad alguna de recuperarlos a corto plazo. Si fuera tan sencillo ser empresario aunque sea autónomo, o crear y hacer viable una empresa, en este país no habría 5,4 millones de parados. Pero lo evidente es que eso no es tan sencillo. Pues bien, esto que parece de sentido común, hasta ahora no lo era. En las sucesivas regulaciones existentes habíamos asimilado el principio de que había que “atar”, “blindar” al trabajador a la empresa para hacer casi imposible su despido, pensando ingenuamente que así se reducía la posibilidad de incremento del desempleo. Ninguna posibilidad se concedía a la empresa para que pudiera contar con la flexibilidad suficiente para poder sobrevivir en tiempos de crisis aunque fuera reduciendo tamaño y que esa supervivencia garantizara que destruiría menos empleo y pudiera volver a crearlos una vez superadas las circunstancias más adversas. Cuando la ley obliga a que al empresario le cueste mucho dinero despedir a un empleado, este procura no contratar (aunque los necesite) nuevos trabajadores, pues sabe que si la empresa va mal acabará siendo muy gravoso para él.

Seamos honestos y reconozcamos que el miedo a contratar por no poder afrontar el coste de un posible despido ha frenado el crecimiento de muchas empresas y como consecuencia tenemos un tejido empresarial escaso en tamaño en comparación con los países de nuestro entorno. Este gran número de pequeñas empresas dificultan nuestra capacidad de competir y exportar.

Pero como decía, la reforma es mucho más compleja y contempla aspectos realmente novedosos y que contribuirán sin duda, una vez superado su procedimiento de aprobación, a hacer de ella un elemento generador de empleo. Quiero destacar algunos de ellos:

Límite a la temporalidad: El Gobierno ha vuelto a aprobar el límite para los encadenamientos de contratos temporales en 24 meses a partir del 31 de diciembre de 2012 con el objetivo de acabar con la temporalidad. Fue el ejecutivo socialista anterior el que aprobó que esos encadenamientos pudieran superar los 24 meses.

Más flexibilidad en los convenios: Los convenios de empresa tendrán prioridad sobre los acuerdos sectoriales, como los provinciales y los estatales. Las materias objeto del descuelgue se amplían e incluyen lo referente a jornada de trabajo, horario y distribución del tiempo de trabajo, régimen de trabajo a turnos, sistema de remuneración y cuantía salarial... Claramente se impulsa la adaptación de las relaciones laborales en el seno de la empresa a la realidad que le esté afectando y esto puede contribuir a que la única solución ante la crisis no sea el despido sino que se analicen otras alternativas negociadas entre el empresario y el trabajador. Ahora bien: esto hace perder poder a las centrales sindicales…

Contrato para emprendedores: La reforma Báñez trae un nuevo contrato indefinido para pymes de hasta 50 trabajadores que tendrá una deducción fiscal de 3.000 euros por la contratación de menores de 30 años. A esta cifra se podrán sumar otros 3.600 euros si el menor de 30 años está en el paro. Si se trata de un parado de larga duración, la bonificación será de 4.500 euros. Además, el trabajador podrá compatibilizar el 25% de la prestación por desempleo con el nuevo sueldo, mientras que a la empresa se le podrá deducir el 50% durante un año.

Formación al estilo alemán: Se crea un fondo de formación “similar al fondo de la Seguridad Social” que acompañará toda la vida al trabajador. Además, el empleado tendrá derecho a 20 horas de formación pagadas por el empresario dentro de la empresa.

ETT,s: Las agencias de trabajo temporal colaborarán con los servicios públicos de empleo en la colocación de trabajadores. Hasta ahora, el antiguo INEM apenas colocaba solamente al 3% de los parados. Parece sensato que se piense en que también colaboren por tanto este tipo de agencias a la hora de buscar oportunidades `para los desempleados.

Bonificaciones para jóvenes y mayores: Me parece una herramienta de profundo calado que quiere incidir directamente en la tragedia del paro juvenil y el de los mayores de 45 y que no ha sido aun suficientemente valorada en cuanto a su potencial. En Ceuta creo que puede tener un amplio recorrido si la unimos a las bonificaciones ya existentes. Las empresas tendrán una bonificación en la cuota de la Seguridad Social de hasta 3.600 euros cuando contraten indefinidamente a jóvenes de entre 16 y 30 años durante tres años. A esta cifra se sumarán 1.000, 1.100 y 1.200 euros más por año de antigüedad, más 100 si es mujer en un sector con poca presencia femenina. El periodo de prueba durará un año. En el caso de los parados de larga duración, la bonificación será de 4.500 euros si se contrata a mayores de 45 años que lleven 12 de los últimos 18 meses en paro. A ello se sumarán 1.300 euros anuales hasta tres años, 1.500 si es mujer en sectores sin presencia femenina.

Colectivos protegidos: La reforma acaba con la exclusividad que hasta ahora tenían los sindicalistas ante un proceso de despido colectivo y que impedía que fueran echados los primeros. Con la entrada en vigor del real decreto-ley de reforma, los trabajadores con cargas familiares, los mayores de determinada edad o las personas con discapacidad también tendrán prioridades de permanencia en la empresa si así se pacta en el convenio.

Como se ve, una reforma verdaderamente muy profunda que debe ser analizada al detalle y que sin duda será objeto de negociación y mejora en las negociaciones que se inician el lunes y que proseguirán en su trámite parlamentario.

La sociedad y los agentes sociales deben ser realistas y responsables. Si lo que teníamos ha generado más de cinco millones de parados era imprescindible un cambio. Como dijo la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, la reforma “fomenta la contratación”, “potencia los contratos indefinidos”, busca “flexibilizar” las condiciones laborales de las empresas para evitar el despido y “lucha” contra la economía sumergida pensando en los ciudadanos que están en el paro y sobre todo en los jóvenes, que ahora no tienen oportunidades”.

Lo que importa realmente, es que funcione...

(*) Diputado en el Congreso por Ceuta.
 

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