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					La Comisión Técnica de Igualdad aprueba por unanimidad un 
					protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso por 
					razón de sexo en el ámbito de la administración local. El 
					documento, “sustentado en la responsabilidad de los poderes 
					públicos de promover las condiciones para la libertad e 
					igualdad efectivas del individuo”, será ratificado por la 
					Mesa Negociadora, según informa el Gobierno local. 
					 
					La Comisión Técnica de Igualdad, encargada de velar y 
					desarrollar el I Plan de Igualdad de la Ceuta, ha elaborado 
					un protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso 
					por razón de sexo en el ámbito de la administración local, 
					según ha informado la Ciudad a través de una nota de prensa. 
					Además del pronunciamiento expreso de no tolerar ese tipo de 
					acciones, el protocolo incluye el compromiso de facilitar 
					los medios para “prevenir, evitar y, en su caso, detectar, 
					eliminar y sancionar cualquier conducta que lleve a tales 
					situaciones”.  
					 
					Garantiza, además, según explica la nota, “el sigilo, 
					respeto, profesionalidad, objetividad, imparcialidad y 
					celeridad en la asistencia y protección de las víctimas”. La 
					Comisión, en la que participan los sindicatos con 
					representación, ha aprobado por unanimidad el texto, que 
					próximamente se elevará a la Mesa Negociadora para su 
					aprobación y posterior ratificación por el órgano 
					competente. 
					 
					El ámbito de actuación del protocolo es cada uno de los 
					centros de trabajo de la administración local y de los 
					organismos públicos que de ella dependen y son cuatro los 
					principios que lo rigen: “El compromiso de prevenir y no 
					tolerar el acoso sexual y el acoso por razón de sexo; la 
					instrucción a todo el personal de su deber de respetar la 
					dignidad de las personas, su derecho a la intimidad y la 
					igualdad de trato entre mujeres y hombres; el tratamiento 
					reservado de las denuncias, y la identificación de las 
					personas responsables de atender a quienes formulen una 
					denuncia”. 
					 
					Las obligaciones que recoge el protocolo van desde informar, 
					formar y sensibilizar a los empleados en materia de acoso 
					sexual y acoso por razón de sexo sobre las pautas que 
					permiten identificar dichas situaciones, prevenirlas y 
					evitar que se produzcan; disponer de la organización 
					específica y de las medidas para atender y resolver los 
					casos detectados; y garantizar la seguridad, integridad y 
					dignidad de los afectados, así como la aplicación de las 
					medidas que procedan para proteger a las presuntas víctimas 
					y para acabar con el acoso además de lo acordado en materia 
					sancionadora. 
					 
					El procedimiento se inicia con la presentación de la 
					denuncia, que pueden presentar, de manera verbal o escrita, 
					el afectado, su representante legal, los delegados de 
					Prevención, los representantes de los empleados, los 
					delegados sindicales, cualquier trabajador y la Unidad 
					Directiva afectada, si bien cuando la información no 
					provenga del interesado, la Comisión estará obligada a 
					corroborar el caso antes de iniciar las actuaciones 
					previstas. El lugar de presentación de la solicitud de 
					intervención es la Comisión Técnica de Igualdad, 
					circunscrita en el ámbito de los Recursos Humanos. 
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