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melilla - MARTES, 10 DE ABRIL DE 2012


Hospital Comarcal. MELILLA.

TRIBUNALES
 

Condenado a un año de
prisión por agredir a un celador
del Hospital Comarcal

El Juzgado de lo Penal nº 1 falla en su sentencia que hubo un delito de atentado y una falta de lesiones, por la que le impone el pago de una multa de 180 euros y una indemnización de 3.000
 

MELILLA
Redacción

ceuta
@elpueblodeceuta.com

La magistrada juez del Juzgado de lo Penal nº 1, a través de sentencia firme, ha condenado a la pena de un año de prisión a A.M.M. como autor de un delito de atentado por agredir a un celador del Hospital Comarcal el 24 de diciembre del año 2009. También lo ha condenado a una falta de lesiones, por la que le ha impuesto una multa de 180 euros, y al pago de una indemnización de 3.000 euros y las costas procesales.

Según informó ayer el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa) en una nota de prensa, los hechos sucedieron a las 06,20 horas de la madrugada, cuando el condenado A.M.M. se encontraba en el Hospital Comarcal, esperando a ser atendido por el personal sanitario. En un momento dado, sin motivo alguno que lo justificase, se dirigió a un celador, y comenzó a amedrentarle con frases tales como “te voy a matar hijo de puta, eres un cabrón”.

Según señala la sentencia, el condenado “acto seguido y con la intención de atentar contra el principio de autoridad, cogió un extintor que se hallaba en el Hospital y esgrimiendo el mismo se abalanzó sobre el celador e intento agredirle. Oponiéndose a ello el celador, llegando a impactar su cabeza contra la pared, ocasionándole lesiones”.

Como consecuencia de la agresión sufrida, el celador tardó en curar 45 días y estuvo 15 de ellos impedido para realizar sus ocupaciones habituales.

En los fundamentos de derecho de la sentencia se señala que “los hechos declarados probados son constitutivos de un delito de atentado previsto y penado en los artículos 550 y 551.1 y una falta de lesiones previsto y penado en el artículo 617 del Código Penal”.

El autor de la agresión, durante el juicio oral, con asistencia de su letrado, aceptó tanto los hechos como sus consecuencias jurídicas, de acuerdo con lo solicitado por el Ministerio Fiscal.

En el fallo de la sentencia se refleja que A.M.M. es condenado como autor de un delito de atentado y una falta de lesiones ya definido, sin la concurrencia de circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal. Por el delito de atentado se le condena a una pena de un año de prisión con inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
 

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