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OPINIÓN - VIERNES, 13 DE ABRIL DE 2012

 

OPINIÓN / ANALISIS

¿Donde están las leyes y las excavadoras?
 


Nuria de Madariaga
opinion@elpueblodeceuta.com

 

Tan sólo una pregunta: ¿Por qué? ¿Por qué se ha permitido la proliferación de viviendas ilegales en Ceuta cuando es un delito previsto y penado en el Código Penal? ¿En virtud de qué privilegios pueden unos individuos construir ilegalmente donde les sale de los huevos y que su acto delictivo no tenga una respuesta penal?. En este supuesto sangrante bien vale la pena transcribir literalmente los artículos que se vienen infringiendo para exigir la inmediata intervención de la Fiscalía. Y que salga el sol por Antequera:

Artículo 319

1. “Se impondrán las penas de un año y seis meses a cuatro años, multa de doce a veinticuatro meses, salvo que el beneficio obtenido por el delito fuese superior a la cantidad resultante en cuyo caso la multa será del tanto al triple del montante de dicho beneficio e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a cuatro años, a los promotores, constructores o técnicos directores que lleven a cabo obras de urbanización, construcción o edificación no autorizables en suelos destinados a viales, zonas verdes, bienes de dominio público o lugares que tengan legal o administrativamente reconocido su valor paisajístico, ecológico, artístico, histórico o cultural, o por los mismos motivos hayan sido considerados de especial protección”.

2. “Se impondrá la pena de prisión de uno a tres años, multa de doce a veinticuatro meses, salvo que el beneficio obtenido por el delito sea superior a la cantidad resultante en cuyo caso la multa será del tanto a triple del montante de dicho beneficio e inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a cuatro años a los promotores, constructores o técnicos directores que lleven a cabo obras de urbanización, construcción o edificación no autorizables en suelo no urbanizable”.

3. “En cualquier caso los jueces o tribunales, motivadamente, podrán ordenar a cargo del autor del hecho, la demolición de la obra y la reposición a su estado originario de la realidad física alterada (sic)...”

¿Por qué en cualquier lugar de España existen los delitos urbanísticos y en ellos se ceban los fiscales y a los infractores se les cae el pelo y aquí se habla de ellos con una especie de voz gimiente? ¿Sufren nuestras Autoridades algún tipo de trauma que les pueda hacer columpiarse en el filo de la navaja del artículo 320 del Código Penal? Vamos a ver lo que dice este artículo 320:

1.”La autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, haya informado favorablemente instrumentos de planeamiento, proyectos de urbanización, parcelación, reparcelación, construcción o edificación o la concesión de licencias contrarias a las normas de ordenación territorial o urbanística vigente, o que con motivo de inspecciones haya silenciado la infracción de dichas normas o que haya omitido la realización de inspecciones de carácter obligatorio será castigado con la pena establecida en el artículo 404 de este Código (inhabilitación de 7 a 10 años) y además con la de prisión de un año y seis meses a cuatro años y la multa de doce a veinticuatro meses”.

Y ahora a la ciudadanía le gustaría conocer las razones por las que, en Ceuta, se permite que exista “una sola” construcción ilegal. A ver, argumentos, disculpas, alegaciones, explicaciones y golpes de pecho por parte de la Ciudad Autónoma, la Delegación de Gobierno y la Fiscalía. Más la exigencia expresa de que se restablezca la legalidad, porque ni estamos en Bosnia cuando la guerra de los Balcanes ni vamos a permitir que Ceuta sea una especie de “territorio Comanche” donde “siempre según quien” se permita con total impunidad transgredir e infringir las leyes y que les salga gratis total, mientras que a la mayoría imputan delitos urbanísticos a troche y moche y le buscan la ruina por ello a más de una criatura, con fiscales de por medio y unas multas horrorosas. ¿Por qué?

Y ya no me refiero a la infracción descarada de la vivienda de tres plantas que en este diario se denuncia, porque no es más que “una más”, no tiene que existir ninguna ilegalidad urbanística y la Policía está obligada a vigilar y denunciar y la Ciudad y la Fiscalía tienen que intervenir de manera inmediata. Si se ha votado mayoritariamente el “cambio” es para cambiar comportamientos, conductas, complejines y omisiones que han venido siendo calamitosas y que conculcan la legalidad y no infrinjen más artículos referentes a delitos urbanísticos porque aún no se ha reformado en condiciones el Código Penal y se han añadido más conductas ilícitas. Basta ya de “patentes de corso” y de omisiones. Que vengan el Fiscal y las excavadoras. Ya.
 

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