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economía - LUNES, 30 DE ABRIL DE 2012


calle comercial de ceuta. archivo.

iniciativas
 

Procesa propone 24 motivos fiscales para fomentar la inversión en Ceuta

La Sociedad de Fomento pone de relieve las
especificidades de la ciudad que le confieren un carácter único y atractivo para atraer a los inversores
 

CEUTA
El Pueblo

ceuta
@elpueblodeceuta.com

Hasta 24 motivos propone Procesa (Sociedad de Fomento de Ceuta) en base a criterios positivos en materia de fiscalidad para incentivar la inversión en Ceuta. Revisada a final de 2011, la denominada ‘Guía fiscal para invertir en Ceuta’ coloca a disposición de los operadores económicos, tanto españoles como extranjeros, un Manual en el que se encontraran resumidas las oportunidades que brinda el régimen económico-fiscal del territorio. Se trata así de romper barreras informativas para que todos aquellos posibles inversores tengan información de primera mano que les facilite tomar una decisión.

Procesa, la Sociedad de Fomento de Ceuta, mantiene a disposición de posibles inversores españoles y extranjeros todo un cúmulo de motivos de carácter económico-fiscal que suponen un incentivo para la inversión en la ciudad.

Veinticuatro hechos incontestables esgrime Procesa a modo de conclusión en su ‘Guía fiscal para invertir en Ceuta’, actualizada a final del ejercicio 2011. Esta guía es la apropiada para facilitar la comprensión de las especialidades que presenta la Ciudad Autónoma de Ceuta en relación con el resto del territorio español por lo que respecta al ámbito tributario, poniendo de manifiesto las notas esenciales de su régimen fiscal.

Ceuta, señalan desde la Sociedad de Fomento, “no es un territorio con un sistema fiscal especial, sino que en esta ciudad se aplica el mismo régimen que en el resto de España con un sistema de bonificaciones contemplado en la legislación general de cada impuesto. El territorio dispone de un marco muy favorable dentro de la Unión Europea, compensado por un sistema de Reglas de Origen que sirve de engarce con los mercados comunitarios y, además, está potenciado, de una parte por la frontera con un país en desarrollo como Marruecos y de otra por un magnífico puerto en la entrada o salida del Mediterráneo”.

Algunas de las claves para incentivar fiscalmente son muy claras: por un lado, en Ceuta rige el sistema general de impuestos vigente en España, con determinadas bonificaciones al objeto de compensar determinados desequilibrios territoriales.

Por ejemplo, se destaca que no se aplica el IVA, sino que existe un impuesto municipal propio denominado Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI) que grava la producción o elaboración con carácter habitual de bienes corporales, las prestaciones de servicio, las entregas de bienes inmuebles que radiquen en Ceuta y Melilla, consumo de energía eléctrica, así como la importación de bienes en estos dos territorios. No obstante, las remisiones a la Ley del IVA son constantes en la regulación del impuesto, ya que el funcionamiento es similar pero más beneficioso en la mayoría de los casos para el IPSI.

En materia de IRPF, se establece una deducción del 50% sobre la parte de cuota que corresponda a la base imponible por las rentas obtenidas en Ceuta. Esta deducción afecta de diferente manera en función del criterio de la residencia habitual. Así, los residentes habituales en Ceuta por un período superior a tres años podrán aplicar la deducción sobre la totalidad de las rentas obtenidas tanto dentro como fuera de la Ciudad; los residentes habituales por un período inferior a tres años sólo podrán aplicarla respecto de las rentas obtenidas en Ceuta y los no residentes sólo sobre determinadas rentas obtenidas en la Ciudad.

En el impuesto sobre sociedades, se prevé una bonificación en la cuota de 50% por la parte que corresponda a las rentas obtenidas en Ceuta por entidades que operen efectiva y materialmente en la Ciudad Autónoma o sus dependencias. Asimismo, se establece la posibilidad de aplicar un régimen objetivo de determinación de la base imponible en este impuesto para las empresas pesqueras. La deducción y la bonificación previstas en el IRPF y el impuesto sobre sociedades será aplicable a los sujetos no residentes que tributen por el Impuesto sobre la renta de no residentes.

En el impuesto sobre sucesiones y donaciones, se introdujo con efectos a partir de enero de 2003, una bonificación en cuota del 50% para la mayoría de adquisiciones de carácter gratuito ‘inter-vivos’, y ‘mortis causa’.
 


Bonificación genérica de los impuestos locales

Los impuestos locales gozan de una bonificación genérica sobre las cuotas devengadas por los diferentes tributos del 50%, según lo previsto en la Ley de Haciendas Locales, al margen de otras bonificaciones específicas para cada tributo. El devengo de Impuestos Especiales en la Ciudad Autónoma está limitado a dos: el impuesto sobre la electricidad y el impuesto sobre determinados

medios de transporte, que se rigen por la normativa estatal de aplicación común. Además, la Ciudad de Ceuta tiene en marcha un proceso de incentivación de la pequeña y mediana industria con vocación exportadora, al amparo de la normativa de las reglas de origen. Éstas son sólo algunas de las ventajas que, en materia de fiscalidad, tiene invertir en Ceuta.
 

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