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					El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta condenó 
					ayer a José Antonio M.T. a una pena de 3 años y 9 meses de 
					prisión, amén de una multa de 500.000 euros, al reconocer 
					éste que había alijado un cargamento de 175 kilogramos de 
					hachís en una embarcación de recreo propiedad de una persona 
					que le acompañaba, Andrés C.V., quien fue absuelto por falta 
					de pruebas contra él. 
					 
					José Antonio M.T. fue condenado ayer en el Juzgado de lo 
					Penal número 2 de Ceuta a una pena de 3 años y 9 meses de 
					prisión y a 500.000 euros de multa al reconocerse culpable 
					de alijar en una embarcación de recreo un total de 175 kilos 
					de hachís para transportarlos a Algeciras. 
					 
					Los hechos ocurrieron el pasado día 21 de febrero, cuando el 
					Servicio Marítimo de la Guardia Civil, mediante cámaras 
					térmicas, observó movimientos sospechosos en la embarcación, 
					que en principio fue localizada frente a la playa de 
					Calamocarro en aproximación al muelle de Poniente. En ella 
					viajaban dos personas: el condenado y el dueño de la 
					embarcación, Andrés C.V., que fue exculpado por su compañero 
					de navegación, indicando que desconocía la carga. Una 
					patrullera de la Guardia Civil intentó en un principio 
					abordar la nave, pero esta se dio a la fuga, siendo 
					posteriormente interceptada a unas tres millas náuticas al 
					norte de la playa Benítez. Los agentes actuantes, pues, 
					encontraron en su interior un total de 175 kilogramos de 
					hachís distribuidos en seis fardos, que fueron decomisados. 
					El hachís debía proceder de dos alijos distintos, puesto que 
					los peritos pusieron de manifiesto que la droga presentaba 
					dos índices distintos de THC (tetrahidrocannabinol, 
					principio activo del hachís): 25,98 y 21,04%.  
					 
					Aunque estaba prevista la comparecencia en calidad de 
					testigos de agentes de la Guardia Civil que intervinieron en 
					la interceptación de la embarcación y el decomiso de la 
					droga, el hecho de que el acusado admitiera sin paliativos 
					su culpabilidad hizo que tanto el juez como el Ministerio 
					Fiscal desistieran de tomar declaración. Estaba incluso 
					previsto que el jefe de la patrullera de la Guardia Civil 
					que intervino en el operativo declarase mediante 
					videoconferencia, lo que finalmente no sucedió al no ser 
					necesario. Así las cosas, la pena fue impuesta sólo a José 
					Antonio M.T., que además cuenta con el agravante de 
					reincidencia. Su compañero de navegación declaró que 
					desconocía que había droga a bordo, lo que fue corroborado 
					por el condenado, por lo que fue absuelto. No se decomisóla 
					nave puesto que el propietario era la persona que fue 
					finalmente absuelta. 
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