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					El Partido Popular de la Ciudad de Ceuta ha confeccionado la 
					Ponencia de Estatutos de cara al próximo Congreso del día 19 
					de este mes, con una serie de declaración de principios en 
					la que se define ideológicamente como un partido de centro 
					reformista y asume como principios de gestión pública la 
					austeridad, la transparencia, la estabilidad presupuestaria, 
					y el control del déficit.  
					 
					Sus pronunciamientos también se manifiestan por el derecho a 
					la vida, la integración y el respeto a las minorías la 
					defensa y solidaridad con las víctimas de cualquier tipo de 
					violencia, asi como el respeto al medio ambiente promoviendo 
					la sostenibilidad y los hábitos ecológicos. 
					 
					Los Estatutos del PP que serán sometidos a debate en el 
					próximo Congreso muestran “la vocación europeísta del 
					partido inspirada en los valores de la libertad, la 
					democracia, la tolerancia y el humanismo cristiano de 
					tradición occidental”. 
					 
					El PP defiende la denominada en sus Estatutos “democracia 
					liberal” y también en bae a las nuevas tecnologías “la 
					vitual” con sentido participativo a través de las redes 
					sociales y con la apertura de nuevos canales de omunicación, 
					a fin de manifestar su voluntad de mantenerse “próximo al 
					pulso de la calle” con el ecrcamiento al sentir de los 
					ciudadanos. Por ello, en uno de sus párrafos y en alusión a 
					su compromiso político, recoge la siguiente frase: “Hemos de 
					tener sedes sin puertas abiertas a participación”. Y en este 
					mismo sentido, la declaración de principios recogida en la 
					ponencia de Estatutos es muy concreta y habla de “abrir 
					cauces de participaci´n que posibiliten la ósmosis entre el 
					partido y la sociedad”. 
					 
					Esta ponencia a la que hacemos referencia incorpora el 
					Código de Buenas Prácticas “para responder a comportamientos 
					indeseables de sus miembros”. 
					 
					En la Carta de Compromisos que incorpora la Ponencia de 
					Estatutos se alude a varoos aspectos de interés. Por 
					ejemplo: “Los cargos públicos han de hacer una declaración 
					de bienes y actividades al ser nombrados” y se les insta, en 
					la normativa redactada al efecto, separar claramente lo 
					público de lo privado. Además, se considera falta falta muy 
					grave aprovecharse de tránsfugas de otrs partidos para 
					obtener o cambiar mayorías de gobierno. 
					 
					Los trabajos han sido realizados por el abogado José Angel 
					Guerrero Miralles, la senadora, Luz Elena Sanín Naranjo y el 
					secretario general de Nuevas Generaciones Jesús Perea 
					Pacheco. Hasta el día 10 se ha abierto un plazo para 
					presentar enmiendas y, una vez concluído, se cerrará el 
					proceso de aportaciones, quedando la Ponencia de Estatutos 
					lista para ser debatida. 
					 
					A continuación resumimos una serie de epígrafes de la 
					Ponencia de Estatutos del Partido Popular de Ceuta que por 
					su interés hacemos públicos 
					 
					Preámbulo 
					 
					En los sistemas que en Ciencia Política se definen como de 
					“Democracia Liberal”, los partidos políticos juegan un papel 
					esencial. En torno a los mismos se articula la participación 
					ciudadana y sobre ellos se fundamenta toda la arquitectura 
					institucional de representación política. Podemos pues 
					afirmar que, aunque no los únicos, sí son los principales 
					pilares sobre los que descansan las sociedades democráticas 
					avanzadas. A tenor de lo dicho, del buen funcionamiento de 
					los partidos políticos, de su sintonía con la sociedad, de 
					su resistencia democrática a la corrupción y los 
					comportamientos éticamente reprobables, de su capacidad de 
					adaptación a las mudables circunstancias sociales, 
					económicas y políticas, de su apertura a la interlocución 
					social, de su aptitud para defender lo esencial de un 
					pensamiento político estable y, a la vez, introducir en su 
					ideario y praxis aquellos elementos deseables para el buen 
					gobierno de la cosa pública. En suma: de su permanente 
					renovación depende la salud de la democracia. En este 
					sentido, los estatutos de un partido político son algo más 
					que un código de funcionamiento interno, y ello es así 
					porque a través de las reglas autoimpuestas se transparenta 
					hacia la sociedad la genuina voluntad de la organización 
					partidaria de hacer realidad su ideario. Si pretendemos 
					trasladar a los ciudadanos una determinada forma de entender 
					la convivencia, deberemos ineludiblemente reflejar en 
					nuestra propia organización esas ideas. Es el clásico 
					“predicar con el ejemplo”. 
					 
					Vivimos en la actualidad un momento histórico complejo en el 
					que trastornos económicos de todos conocidos han impactado 
					con especial virulencia en nuestro país. En esta tesitura el 
					propio modelo de “Democracia Liberal” se ve tensionado y, 
					desde algunas franjas del espectro político y social, se 
					cuestionan su legitimidad y viabilidad. También por las 
					mismas circunstancias, a las que se suman avatares diversos, 
					los partidos políticos y la propia condición de “político” 
					están sometidos a una profunda y demoledora erosión crítica. 
					En este escenario es vital, imperativo, que el Partido 
					Popular, depositario de un caudal de confianza del pueblo 
					español de magnitud gigantesca, haga honor a este hecho y a 
					su impecable historial democrático, dando pasos decididos en 
					pos de una mayor transparencia, una defensa sin fisuras de 
					los fundamentos éticos de la actuación política y un 
					exhaustivo esfuerzo de conexión con el conjunto de la 
					sociedad española. El Partido Popular manifiesta su voluntad 
					de mantenerse próximo al pulso de la calle, a la realidad 
					individual y social en que se desenvuelve y de aumentar el 
					grado de interacción, sintonía, información y participación 
					con los ciudadanos. Los últimos resultados electorales nos 
					confirman que se está en la buena senda, pero no puede 
					servir para conformarnos. Hemos de ser ambiciosos y lograr 
					que cualquier ciudadano, afiliado o no, votante o no del 
					Partido Popular, vea con naturalidad y complicidad nuestras 
					sedes, nuestras reuniones y nuestra actividad. Hemos de 
					aspirar a que sean sus sedes, sus reuniones y su actividad. 
					El Partido Popular reitera su compromiso y adhesión al 
					modelo constitucional que articula la unidad y pluralidad de 
					España. Por eso, la bandera Nacional, la de la Unión Europea 
					y la de la Ciudad Autónoma de Ceuta , presidirán los 
					Congresos, Convenciones o cualquier otro acto de relevancia 
					organizado por nuestro partido. 
					 
					Los presentes estatutos quieren dar respuesta a esta triple 
					exigencia y, al mismo tiempo, profundizar en la articulación 
					de un modelo de partido eficaz y eficiente, sólido y ágil a 
					la vez. Para ello incorporamos a nuestra normativa los 
					principios del Código de Buenas Prácticas que, más allá de 
					la declaración de intenciones, deviene en norma de obligado 
					cumplimiento. Se refuerza y agiliza la capacidad de la 
					organización para responder ante comportamientos indeseables 
					de sus miembros y se establece una temporalidad en la 
					respuesta ante los mismos, al tiempo que se fijan con 
					precisión los supuestos en que la organización debe actuar 
					apartando a alguno de sus miembros que haya infringido 
					alguno de los principios éticos. Por otra parte, los cambios 
					sociales experimentados en los últimos años requieren de los 
					partidos políticos un ingente esfuerzo de adaptación, 
					especialmente en lo que se refiere a la participación 
					ciudadana. El permanente contacto con la gente es condición 
					“sine qua non” para que la ciudadanía no vea a los partidos 
					políticos como compartimentos estancos ocupados en sus 
					intereses de grupo y ajenos a las corrientes de opinión 
					imperantes en la sociedad. Hay que hacer un mayor esfuerzo 
					en recoger las opiniones e iniciativas de la personas. Esto 
					se ve favorecido, además, por el desarrollo imparable de las 
					tecnologías de la información y de la comunicación que 
					amplía y facilita los modos de comunicación en una magnitud 
					hasta ahora impensable. El Partido Popular, atento a la 
					evolución social y deseoso de continuar perfeccionándose 
					como instrumento de servicio a la sociedad, tiene vocación 
					de desarrollar nuevos canales de participación de la 
					personas en la configuración de la base ideológica del 
					partido y de su praxis política. En este sentido, desde el 
					Partido Popular queremos desarrollar aquellos mecanismos que 
					posibiliten la ósmosis permanente entre nuestra organización 
					y el conjunto de la sociedad española. 
					 
					Por todo ello, en los presentes estatutos aseguramos una 
					configuración interna del aparato del partido que eleva la 
					participación ciudadana al máximo nivel, fijándose nuevos 
					escenarios de intercomunicación con la sociedad de carácter 
					estable y permanente en el tiempo, de modo que se facilite 
					el acceso de la personas a nuestro partido para interrogar, 
					aportar o cuestionar todos aquellos extremos de su interés. 
					Se dan importantes pasos para que el acercamiento de 
					ciudadanos al partido sea más fácil, natural y sencillo. 
					Nuestras sedes no pueden seguir viéndose meramente como el 
					local de un partido político, sino como un foro de 
					participación social, información y propuestas.  
					 
					Hemos de tener “sedes sin puertas”, en las que cualquier 
					ciudadano pueda entrar, informarse, y participar. Sedes en 
					las que se ofrezca a cualquier afiliado, sea militante o 
					simpatizante la posibilidad de que con sus ideas y 
					propuestas pueda cambiar las cosas, tenga capacidad real de 
					incidencia en la actividad de partido e institucional. Para 
					defender la “Democracia Liberal” es preciso también 
					practicar la democracia virtual utilizando todos los 
					recursos de la Red puestos al servicio de una concepción 
					participativa de la democracia que el Partido Popular 
					preconiza. En tiempos de crisis, nuestro compromiso político 
					se amplía y redefine a la vez que se potencia nuestro 
					carácter reformista. Por un lado, en la vertiente económica, 
					la generación de empleo, la financiación de las empresas, la 
					reactivación económica y la racionalización de las 
					administraciones públicas son y deben seguir siendo objeto 
					de importantes reformas para salir de esta situación y mirar 
					hacia el futuro con confianza. Por otro lado, la crisis nos 
					ofrece un panorama desolador de familias hundidas y 
					desesperadas que hace sólo unos años tenían vidas normales 
					en condiciones normales. A ellos dirigimos especialmente 
					nuestros esfuerzos reformistas, a ayudarlos a encontrar de 
					nuevo empleo, a que vuelvan de nuevo a la vía del optimismo 
					y la alegría pero, mientras tanto, daremos respuesta a sus 
					necesidades acuciantes con ayudas y protección social. Ellos 
					son nuestra máxima prioridad. 
					 
					Haciendo suyos los precedentes argumentos y manifestaciones, 
					y desde la ejemplaridad, la honradez, la transparencia y la 
					abnegación en el servicio público y desde la apertura 
					participativa más intensa, el Partido Popular de Ceuta 
					quiere seguir contribuyendo, como hasta ahora, al logro de 
					una democracia estable, fructífera, equitativa y capaz de 
					proveer a toda la ciudadanía de los instrumentos necesarios 
					para el total desarrollo de las capacidades individuales. 
					Los presentes estatutos quieren ser un paso, modesto pero 
					firme, en esa dirección, armonizándose respecto de tales 
					criterios los presentes Estatutos del Partido Popular de 
					Ceuta con los Estatutos del Partido Popular de España. 
					 
					Disposiciones Generales 
					 
					ARTÍCULO 1: Ámbito, régimen legal, denominación y domicilio. 
					 
					1.- El Partido Popular de Ceuta es un partido político de 
					ámbito regional, siendo su ámbito territorial la Ciudad 
					Autónoma de Ceuta, que, constituido al amparo del artículo 6 
					de la Constitución Española, se rige por lo establecido en 
					la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos 
					Políticos, por las demás disposiciones legales vigentes, por 
					los presentes Estatutos y por los Reglamentos que los 
					desarrollen que deberán interpretarse conforme a los 
					principios y valores constitucionales y de la Unión Europea. 
					 
					2.- El Partido Popular llevará registros contables 
					detallados que permitan en todo momento conocer su situación 
					financiera y patrimonial, así como el cumplimiento de las 
					obligaciones previstas en la legislación reguladora de la 
					financiación de partidos políticos. 
					 
					3.- Las siglas del Partido Popular de Ceuta son PP Ceuta, y 
					su logotipo está integrado por las palabras “Partido Popular 
					Ceuta” cobijadas bajo un símbolo que representa una gaviota 
					con las alas desplegadas. Este logotipo podrá ser modificado 
					por acuerdo de la Junta Directiva Nacional, sin necesidad de 
					alterar los presentes Estatutos, debiendo ser ratificada 
					dicha modificación, en el siguiente Congreso Nacional. Si 
					tal modificación se produjere, inmediatamente será asumida 
					por el Partido Popular de Ceuta previa ratificación del 
					Comité Ejecutivo Regional de Ceuta. 
					 
					Las restantes especificaciones técnicas, así como su forma 
					abreviada, se determinarán en el manual de identidad 
					corporativa que será aprobado por el Comité Ejecutivo 
					Nacional y ratificado en la siguiente Junta Directiva 
					Nacional. Posteriormente, serán trasladadas tales 
					modificaciones al Partido Popular de Ceuta previa aprobación 
					del Comité Ejecutivo Regional. 
					 
					ARTÍCULO 2: Ideología. 
					 
					1.- El Partido Popular de Ceuta se define como una formación 
					política de centro reformista al servicio de los intereses 
					generales de Ceuta y, en su medida, de España que: 
					 
					Defiende la dignidad del ser humano y los derechos y 
					libertades que le son inherentes. 
					 
					Tiene a la persona como eje de su acción política y el 
					progreso social como uno de sus objetivos. 
					 
					En contacto con la sociedad, se ocupa de atender las 
					preocupaciones de las personas y las familias y propone 
					soluciones a sus problemas reales. 
					 
					Propugna la democracia y el Estado de Derecho como base de 
					una convivencia pluralista, en libertad e igualdad de todos 
					los españoles amparada por la Constitución. 
					 
					Asume como principios de la gestión pública la eficiencia, 
					eficacia y calidad en la prestación de servicios, la 
					austeridad y la transparencia, la estabilidad 
					presupuestaria, el control del déficit y el no solapamiento 
					de competencias entre administraciones. 
					 
					Promueve, dentro de una economía de mercado sostenible, la 
					solidaridad de las demás regiones y comunidades con Ceuta y 
					viceversa, la modernización y la cohesión social, así como 
					la igualdad de oportunidades y el protagonismo de la 
					sociedad a través de la participación de los ciudadanos en 
					la vida política. 
					 
					Se compromete, en el marco de las competencias estatales y 
					nacionales al respecto, con una clara vocación europeísta 
					inspirada en los valores de la libertad, la democracia, la 
					tolerancia y el humanismo cristiano de tradición occidental. 
					 
					Aboga por una comunidad mundial fundamentada en la paz, en 
					la democracia y en el universal respeto de los derechos 
					humanos, fomentando el protagonismo internacional de España, 
					especialmente en el seno de la Unión Europea y en las 
					relaciones con los países Iberoamericanos, siempre dentro de 
					las actuaciones que el Partido Popular nacional realice en 
					orden a tales fines. 
					 
					Favorece el respeto al medio ambiente dentro de su ámbito 
					territorial a través de actuaciones que promuevan la 
					sostenibilidad y los hábitos ecológicos. 
					 
					2.- Mediante las ponencias políticas, los Congresos 
					Regionales: 
					 
					Afirman, actualizan y contextualizan los principios, 
					valores, ideario y prioridades del Partido que inspiran sus 
					programas electorales y de gobierno. 
					 
					Vinculan la actuación de su estructura de partido e 
					implantación territorial a la participación ciudadana y a 
					una mejor conexión con la sociedad a la que sirven. 
					 
					Ofrecen un código político y ético a los órganos de gobierno 
					en las instituciones y a los grupos institucionales del 
					Partido con la finalidad de prestar unos servicios públicos 
					eficientes y de calidad, mejorar el bienestar de los 
					ciudadanos y su calidad de vida, así como ejercer una 
					gestión austera, eficaz y transparente. 
					 
					ARTÍCULO 3: Compromiso político. El Partido Popular de Ceuta 
					quiere distinguir su actuación general por un compromiso 
					renovado con el derecho a la vida, la integración y el 
					respeto a las minorías, y la defensa y solidaridad con las 
					víctimas de la violencia en todas sus manifestaciones, así 
					como la protección del medio ambiente. Un compromiso con 
					personas, familias y empresas que en la actualidad se centra 
					en la creación de empleo, la protección de la sociedad del 
					bienestar y la gestión austera, honesta, eficiente y 
					transparente de las administraciones públicas dentro de 
					ámbito territorial. El Partido Popular de Ceuta, a través de 
					su integración en el Partido Popular nacional proyecta su 
					actividad a través de las organizaciones políticas europeas, 
					iberoamericanas e internacionales de las que forma parte y 
					en especial del Partido Popular Europeo y de la 
					Internacional Demócrata de Centro. El compromiso político 
					del Partido Popular se expresa así con la vocación abierta y 
					global que exigen los grandes desafíos de nuestra sociedad 
					en el siglo XXI. 
					 
					Régimen Disciplinario 
					 
					Sección Primera DE LAS INFRACCIONES DISCIPLINARIAS 
					 
					ARTÍCULO 12: Definición y clases. 
					 
					1.- El Régimen disciplinario del Partido Popular tiene como 
					finalidad conocer de cuantas infracciones de carácter 
					disciplinario se produzcan, tramitando y resolviendo los 
					procedimientos correspondientes con sujeción a lo 
					establecido en este Título y a lo que reglamentariamente se 
					establezca. 
					 
					ARTÍCULO 13: Infracciones muy graves. 
					 
					1.- Cometen infracción muy grave quienes incurran en alguno 
					de los siguientes supuestos: 
					 
					a) Atentar contra cualesquiera de los derechos o deberes 
					fundamentales de los afiliados reconocidos en la 
					Constitución. 
					 
					b) Incurrir en cualquier forma de corrupción en el ejercicio 
					de cargos públicos. 
					 
					c) La condena por un delito doloso que por su naturaleza o 
					por las circunstancias en las que se haya cometido se 
					considere incompatible con las obligaciones y deberes éticos 
					establecidos en los presentes estatutos, según valoración 
					motivada del Comité de Derechos y Garantías competente. 
					 
					d) Por manifiesta deslealtad al Partido, a sus órganos de 
					Gobierno y representación, entendida ésta como toda acción u 
					omisión voluntaria encaminada a perjudicar el interés 
					general del Partido. 
					 
					e) La desobediencia a las instrucciones o directrices que 
					emanen de los órganos de gobierno y representación del 
					Partido, así como de los Grupos Institucionales del mismo. 
					 
					f) Toda manifestación o declaración hecha con publicidad, 
					que incite al incumplimiento o descalificación de las 
					decisiones válidas y democráticamente adoptadas por los 
					órganos de gobierno y representación del Partido, o de los 
					Grupos Institucionales del mismo. 
					 
					g) Manipular o atentar de cualquier modo contra la libre 
					decisión de los órganos inferiores. 
					 
					h) Crear o inducir a la creación de corrientes de opinión, 
					contrarias a los intereses del Partido, organizadas en su 
					seno, así como participar en ellas. 
					 
					i) Actuar en el ejercicio de los cargos públicos en forma 
					contraria a los principios y programas del Partido o 
					incumplir el régimen de incompatibilidades establecido en el 
					artículo 7.2 de los presentes Estatutos. 
					 
					j) Revelar a terceros cualquier acuerdo, resolución o 
					decisión del Partido o de sus Grupos Institucionales cuando 
					se haya acordado guardar secreto o reserva sobre los mismos. 
					 
					k) La utilización o uso indebido de la documentación y/o 
					información a que se tenga, o se haya tenido acceso, por 
					razón del cargo o función desempeñada en los diferentes 
					órganos del Partido. 
					 
					2.- También cometen infracción muy grave: 
					 
					a) Quienes perteneciendo a un Grupo Institucional del 
					Partido utilicen o se valgan de tránsfugas de otros partidos 
					para constituir, mantener o cambiar mayorías de gobierno en 
					las instituciones públicas. 
					 
					b) Quienes sean sancionados en un solo expediente 
					disciplinario por dos o más faltas graves. 
					 
					c) Quienes cometan falta grave habiendo sido sancionados por 
					resolución firme en los dos años anteriores por otra falta 
					grave. 
					 
					d) Quienes anticipándose a los procesos electorales internos 
					establezcan o participen en grupos organizados que 
					perjudiquen los intereses o la imagen del Partido, con la 
					publicidad o notoriedad de sus acciones. 
					 
					3.- Las infracciones muy graves serán sancionadas en los 
					siguientes términos: 
					 
					a) Suspensión de militancia por un periodo de tiempo entre 
					cuatro y seis años. 
					 
					b) Inhabilitación para desempeñar cargos en el seno del 
					Partido o en representación de éste por igual periodo de 
					tiempo. 
					 
					c) Expulsión del partido. Esta sanción se impondrá, en todo 
					caso, cuando exista sentencia firme que condene al afiliado 
					a penas de prisión o inhabilitación, cualquiera que fuese su 
					duración, y cuando pasase a formar parte de otro grupo 
					institucional o de carácter representativo distinto a los 
					del Partido Popular. 
					 
					Las sanciones previstas en los apartados a) y b) anteriores 
					no son excluyentes entre sí.  
					 
					ARTÍCULO 14: Infracciones graves. 
					 
					1.- Cometen infracción grave quienes incurran en alguno de 
					los siguientes supuestos: 
					 
					a) Propagar, por cualquier medio, noticias que desprestigien 
					al Partido, sean descalificatorias del mismo o de cualquiera 
					de sus Órganos de Gobierno, representación o de los Grupos 
					Institucionales. 
					 
					b) Realizar declaraciones y manifestaciones públicas en 
					nombre del Partido que comprometan políticamente al mismo 
					sin contar con la autorización expresa del Presidente del 
					Comité Ejecutivo que corresponda en sus diferentes ámbitos. 
					 
					c) Hacer dejación de las funciones que el Partido le hubiera 
					encomendado, o abandonar de forma notoria las mismas en 
					períodos electorales. 
					 
					d) Suplantar o atribuirse cargos o funciones de cualquier 
					clase o naturaleza que no le corresponda. 
					 
					e) Cualquier manifestación pública oral o escrita en los 
					medios de comunicación que suponga descrédito, menosprecio o 
					descalificación de cualquier afiliado al Partido. 
					 
					f) No asistir a las reuniones convocadas por los Órganos del 
					Partido durante seis meses, salvo causa debidamente 
					acreditada, cuando previamente haya sido citado al efecto y 
					apercibido de cometer una posible infracción. 
					 
					g) Asumir compromisos o acuerdos de carácter político con 
					otras formaciones políticas o personas físicas o jurídicas 
					sin contar con la previa autorización expresa de los Órganos 
					jerárquicamente superiores del Partido o de los Grupos 
					Institucionales, en los ámbitos respectivos de cada uno de 
					estos. 
					 
					h) Haber sido sancionado por resolución firme en los dos 
					años anteriores por la comisión de dos o más faltas leves. 
					 
					i) Desobedecer las instrucciones o directrices de los 
					Órganos de Gobierno y representación del Partido, o de los 
					Grupos Institucionales del mismo, cuando no constituya una 
					infracción muy grave. 
					 
					j) Vulnerar las normas reglamentariamente establecidas sobre 
					la elección de compromisarios. 
					 
					k) La negativa reiterada, sin causa justificada, a 
					participar como interventor o apoderado, o a colaborar 
					activamente en las campañas electorales, cuando sea 
					requerido para ello. 
					 
					2.- Las infracciones graves serán sancionadas en los 
					siguientes términos: 
					 
					a) Suspensión de militancia por un periodo de tiempo entre 
					uno y cuatro años. 
					 
					b) Inhabilitación para desempeñar cargos en el seno del 
					Partido o en representación de éste por igual periodo de 
					tiempo. 
					 
					Ambas sanciones no son excluyentes entre sí. 
					 
					ARTÍCULO 11: De la Carta de Compromisos. 
					 
					1.- Con carácter previo a la aceptación de un cargo público 
					u orgánico se deberá suscribir la Carta de Compromisos, 
					documento que contendrá un conjunto de obligaciones de 
					contenido ético y deontológico. 
					 
					Asimismo, todos los integrantes de listas electorales del 
					Partido Popular, sea cual sea su ámbito, habrán de suscribir 
					la Carta de Compromisos. La negativa a firmar esta Carta 
					impedirá ser candidato cargo público u orgánico. 
					 
					2.- Los cargos públicos y orgánicos del Partido Popular, se 
					comprometen a actualizar cada dos años su Carta de 
					Compromisos, y, en todo caso, a poner inmediatamente de 
					manifiesto al Partido cualquier variación de las 
					circunstancias que se tuvieron en cuenta en su declaración 
					inicial. 
					 
					3.- La Carta de Compromisos se compondrá de los siguientes 
					extremos: 
					 
					a) La declaración jurada de que, en el momento de suscribir 
					el compromiso, no existe ninguna causa jurídica que le 
					inhabilite para ser designado, ni concurre situación alguna 
					de conflicto de intereses con el ejercicio de su función. En 
					la Carta se recordará la sujeción al régimen de 
					incompatibilidades previsto en la legislación vigente y las 
					consecuencias de su incumplimiento, tanto las de carácter 
					administrativo, como las que se deriven del Reglamento de 
					Régimen Disciplinario del Partido Popular. 
					 
					b) El compromiso de actuar públicamente de acuerdo con los 
					principios de integridad, responsabilidad, transparencia, 
					ejemplaridad y honradez. 
					 
					c) El compromiso de poner a disposición del Comité Nacional 
					de Derechos y Garantías, cuando este se lo requiera, la 
					declaración de bienes y actividades que por razón del cargo 
					público están obligados legalmente a depositar en la 
					institución correspondiente. En el caso de no tener esa 
					obligación, el compromiso de hacer, al ser nombrado o 
					elegido, una declaración formal de bienes y actividades, que 
					hará llegar al Comité cuando le sea requerida y que 
					comprenderá, al menos, los siguientes extremos: 
					 
					-Los bienes, derechos y obligaciones patrimoniales que 
					posea. 
					 
					-Los valores o activos financieros negociables. 
					 
					-Las participaciones societarias. 
					 
					El objeto social de las sociedades de cualquier clase en las 
					que tenga intereses personalmente. 
					 
					Las sociedades participadas por aquellas otras que sean 
					objeto de declaración según el apartado c) con señalamiento 
					de sus respectivos objetos sociales. 
					 
					d) El compromiso de separar claramente en su actuación lo 
					público de lo privado, y de distinguir decididamente las 
					actividades públicas de las privadas y las de Partido. 
					 
					e) El compromiso de comunicar a la Dirección Nacional del 
					Partido Popular la apertura de cualquier procedimiento 
					jurisdiccional del que puedan derivarse indicios racionales 
					de comisión de un delito, y de poner a disposición del 
					Partido el cargo público u orgánico que desempeñe cuando el 
					Comité Nacional de Derechos y Garantías considere que su 
					permanencia en el mismo daña a la propia organización o a la 
					institución pública. 
					 
					Ponentes: 
					 
					José Ángel Guerrero Miralles 
					 
					Luz Elena Sanín Naranjo 
					 
					Jesús Perea Pacheco 
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